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Documento BOE-A-2016-6263

Resolución de 31 de mayo de 2016, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se conceden las ayudas del programa Hispanex para personas físicas en el ámbito universitario extranjero, para la promoción exterior de la lengua y cultura españolas, correspondientes a 2016.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 28 de junio de 2016, páginas 46348 a 46350 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-6263

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Resolución de 27 de enero de 2016, de la Secretaría de Estado de Cultura, se convocó el programa HISPANEX de ayudas para personas físicas en el ámbito universitario extranjero, para la promoción exterior de la lengua y cultura españolas, correspondientes al año 2016.

Finalizado el proceso selectivo, visto el Acta de 27 de abril de 2016, de la Comisión de Valoración, prevista en la convocatoria, y la propuesta de resolución de fecha 9 de mayo de 2016, de la titular de la Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura, resuelvo:

Primero.

Conceder las ayudas del Ministerio de Educación Cultura y Deporte del programa HISPANEX de ayudas para personas físicas en el ámbito universitario extranjero, para la promoción exterior de la lengua y cultura españolas, correspondientes al año 2016, a los solicitantes que se relacionan en anexo a la presente resolución, por un importe de 176.417,93 euros, con cargo a la aplicación 18.13.144A.49014.

Segundo.

Denegar el resto de solicitudes presentadas.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa, y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 31 de mayo de 2016.–El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política e Industrias Culturales y del Libro, José Pascual Marco Martínez.

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