Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-535

Resolución de 12 de enero de 2016, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de adhesión de la Comunidad Autónoma de Aragón al Convenio marco de colaboración en la gestión de emergencias con las Comunidades Autónomas del País Vasco, Andalucía, Principado de Asturias, Illes Balears, Madrid, Castilla y León y Cantabria y las ciudades de Ceuta y Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2016, páginas 5224 a 5226 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2016-535

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 16 de diciembre de 2015 la Adenda de Adhesión de la Comunidad Autónoma de Aragón al Convenio Marco de Colaboración en la Gestión de Emergencias entre el Ministerio del Interior (Dirección General de Protección Civil y Emergencias) y las Comunidades Autónomas del País Vasco, Andalucía, Principado de Asturias, Islas Baleares, Madrid, Castilla y León y Cantabria y las Ciudades de Ceuta y Melilla, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de enero de 2016.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

ADENDA DE ADHESIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN EN LA GESTIÓN DE EMERGENCIAS, ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR (DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS) Y LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS DE PAÍS VASCO, ANDALUCÍA, PRINCIPADO DE ASTURIAS, ISLAS BALEARES, COMUNIDAD DE MADRID, CASTILLA Y LEÓN, LAS CIUDADES DE CEUTA Y MELILLA Y CANTABRIA

En Zaragoza, a 16 de diciembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, D. Jorge Fernández Díaz, Ministro del Interior, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, D. Vicente Guillén Izquierdo, Consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, nombrado mediante Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón (BOA núm. 128 de 6 de julio de 2015), actuando en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, facultado para este acto por acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 4 de noviembre de 2014.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente para la celebración de esta Adenda de Adhesión con arreglo a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.

La Ley 2/1985, de 21 de enero ,de Protección Civil, con su normativa de desarrollo y los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas, han configurado la Protección Civil, como un sistema integrado, inspirado en los principios de solidaridad, responsabilidad pública del mantenimiento del sistema, autoprotección, proximidad e inmediatez de la acción pública.

Segundo.

En concreto, en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma, el Estatuto de Autonomía de Aragón, recoge en su artículo 71.57.ª, como competencia exclusiva la protección civil, que incluye, en todo caso, la regulación, la planificación, la coordinación y la ejecución de medidas relativas a emergencias y seguridad civil ante incendios, catástrofes naturales, accidentes y otras situaciones de necesidad, dictándose en desarrollo de esta competencia asumida la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón. En este mismo sentido, el Decreto 307/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Estructura Orgánica del Departamento de Presidencia del Gobierno de Aragón, establece en su artículo 17.2 e) como una de las competencias de la Dirección General de Justicia e Interior la planificación, organización y gestión de los servicios de emergencia y de protección civil.

Tercero.

El Ministerio del Interior ha suscrito un Convenio Marco de colaboración en la gestión de emergencias con varias Comunidades Autónomas, publicando en el BOE número 135 con fecha 4 de junio de 2014, que tiene por objeto establecer líneas de colaboración para actuar conjuntamente en todas aquellas emergencias que así lo requieran, de conformidad con la normativa vigente en el ámbito de protección civil, teniendo en cuenta que la gestión de emergencias comporta la disposición, en el momento adecuado, de medios y recursos de intervención para el socorro de la población afectada, la seguridad de los bienes y la integridad del medio ambiente.

Cuarto.

La Comunidad Autónoma de Aragón ha manifestado su interés en incorporarse al indicado Convenio, pues constituye materia de máximo interés para la Comunidad Autónoma participar en el sistema de cooperación que en él se prevé con el fin de mejorar la efectividad global del sistema de protección civil, mediante la cooperación entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas, en la aportación de medios útiles para la gestión de situaciones de grave riesgo y emergencia.

Que, en base a lo anterior, las partes proceden a formalizar esta Adenda al Convenio Marco con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera.

La Comunidad Autónoma de Aragón se adhiere en su totalidad al Convenio Marco de colaboración en la gestión de emergencias entre el Ministerio del Interior y las Comunidades Autónomas firmantes, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE núm. 135, de 4 de junio de 2014), todo ello en virtud de la Estipulación Duodécima del Convenio citado.

Segunda.

A partir de la suscripción de esta Adenda, en la constitución de la Comisión de Seguimiento y en las Comisiones Técnicas de desarrollo y puesta en práctica reguladas por la estipulación décima del Convenio deberá tenerse en cuenta esta incorporación.

Tercera.

La presente Adenda al Convenio tendrá efectos desde el momento de su firma y por el tiempo que reste hasta la finalización del Convenio.

No obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá desistir unilateralmente de la continuidad de este acuerdo, bastando para ello la notificación a las otras con una antelación de tres meses a la fecha en que se pretenda sea efectiva la resolución. Será causa inmediata de resolución el incumplimiento de algunas de las estipulaciones del Convenio Marco y de su Adenda.

Y, en prueba de su conformidad, las partes que intervienen firman el presente documento por triplicado ejemplar; en el lugar y fecha al comienzo indicados.–Por el Ministerio de Interior, Jorge Fernández Díaz, Ministro del Interior.–Por el Gobierno de Aragón, Vicente Guillén Izquierdo, Consejero de Presidencia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid