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Documento BOE-A-2016-4589

Resolución de 6 de mayo de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se publica la resolución provisional de la convocatoria de becas para la participación en un programa intensivo de inmersión lingüística en inglés en España, destinadas a estudiantes de Bachillerato, de Grado Medio de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño, de Enseñanzas Deportivas, de Enseñanzas Profesionales de Música y Danza y de Idiomas de nivel intermedio y avanzado.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 13 de mayo de 2016, páginas 31827 a 31827 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-4589

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Resolución de 17 de febrero de 2016, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades (BOE de 3 de marzo), por la que se convocan becas para la participación en un programa intensivo de inmersión lingüística en inglés en España destinadas a estudiantes de Bachillerato, de Grado Medio de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño, de Enseñanzas Deportivas, de Enseñanzas Profesionales de Música y Danza y de Idiomas de nivel intermedio y avanzado, y el artículo 60.1, en relación con el 84, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, he resuelto:

Primero.

Ordenar la publicación de los listados provisionales de ayudas concedidas, solicitudes denegadas y solicitudes en lista de espera en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, opción de trámites y servicios.

Segundo.

Los interesados disponen de un plazo de diez días a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar alegaciones en la Subdirección General de Becas y de Atención al Estudiante, Orientación e Inserción Profesional (calle Torrelaguna, número 58, 28027 Madrid).

Tercero.

Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, producida una renuncia o, en su caso, la estimación de alegaciones presentadas, la adjudicación de las ayudas a suplentes se hará siguiendo rigurosamente el orden establecido en la lista de espera, notificándose a los interesados.

Madrid, 6 de mayo de 2016.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Jorge Sainz González.

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