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Documento BOE-A-2016-3786

Resolución de 4 de abril de 2016, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acta al que se acompañan las tablas salariales definitivas para el 2015 y las provisionales para el 2016 del Convenio colectivo de World Duty Free Group, SA.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2016, páginas 26732 a 26734 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2016-3786
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2016/04/04/(15)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas para el 2015 y las provisionales para el 2016 del Convenio colectivo de la empresa Aldeasa, S.A. –actualmente denominada «World Duty Free Group, S.A.»– (código de Convenio n.º 90000252011981), publicado en el BOE de 23 de febrero de 2012, tablas que fueron suscritas con fecha 29 de febrero de 2016, por la Comisión Mixta de dicho Convenio, en la que están integrados los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y las secciones sindicales de CC.OO., USO, UGT y CGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –BOE del 24–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de abril de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE SEGUIMIENTO E INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE WDFG S.A. (29.01.16)

Por parte de la empresa:

Pablo Gómez Pineda.

Raquel Romo de Paz.

José Luna Vidal.

Juan Carlos Peláez.

Por la parte social:

Alba Mediavilla (CC.OO.).

Ana Parreño Méndez (CC.OO.).

Rolando Cano (asesor CC.OO.).

Carles Juanes Sitjar (USO).

Ana Isabel Ayuso (USO).

Jhon Jairo Rivera Bustos (asesor de USO).

Ruben Bonete Iborra (UGT).

Ana M.ª Caballero Gallardo (UGT).

Enrique Llamas Padrino (asesor de UGT).

José Antonio Aguado (CGT).

Cristina Guitart (CGT).

Julia Trigos (asesora de CGT).

En Madrid, a 29 de febrero de 2016, se reúnen las personas arriba relacionadas componentes de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de World Duty Free Group, S.A., para los años 2011-2014 prorrogado durante los años 2015 y 2016, en representación de los trabajadores y de la Empresa respectivamente, al objeto de proceder a la aplicación de la revisión salarial correspondiente a los años 2015 y 2016 y, en consecuencia, fijar las tablas salariales de dichos años.

En relación a la revisión salarial del año 2015, ambas partes proceden a regularizar un incremento del 0,5 % sobre el Salario Mínimo Garantizado y para todos los grupos profesionales; así como sobre los conceptos Ayuda Familiar, Becas, Prestación por Matrimonio, Prestación por Natalidad y Condición más Beneficiosa Básica.

En relación a la revisión salarial del año 2016, ambas partes acuerdan que el Salario Mínimo Garantizado se incrementara progresivamente a partir de la consecución de 650.000.000 euros (aplicando un incremento adicional del 0,25 % por cada 2,5 % de incremento sobre la superación de la venta mínima); los conceptos Ayuda Familiar, Becas, Prestación por Matrimonio, Prestación por Natalidad y Condición más Beneficiosa Básica se incrementaran en la misma proporción. Asimismo se establece una cláusula de actualización del IPC, siempre que éste sea superior a la subida aplicable.

Una vez aplicadas las revisiones e incrementos anteriormente señalados, resultan las tablas salariales definitivas para el año 2015 y provisionales para 2016 (adicionando un 0,50 % como entrega a cuenta), que se incorporan como anexos a la presente acta.

Ambas partes facultan a don Pablo Gómez Pineda al objeto de presentar la presente acta y sus anexos a la Dirección General de Trabajo, para su registro, depósito y posterior publicación.

Sin más temas que tratar se levanta la reunión siendo las 11:00 horas del día de la fecha, firmando los asistentes la misma en prueba de conformidad con su contenido.

WDFG España

Tablas salariales 2015. 0,50 %

Grupo profesional

Euros año

Euros mes

II

27.227,36

1.701,71

III

22.690,56

1.418,16

IV

17.732,64

1.108,29

V

15.832,16

989,51

Otros conceptos:

• Ayuda familiar: 41,78 euros.

• Becas de estudio: 331,63 euros.

• Premio natalidad: 261,14 euros.

• Premio matrimonio: 261,14 euros.

• Antigüedad: 31,85 euros.

Grupo

España

Extranjero

Dieta completa

Media dieta

Dieta completa

Media dieta

II

46,35 euros

27,80 euros

81,30 euros

49,13 euros

III, IV, V

34,76 euros

20,88 euros

71,15 euros

42,46 euros

• Kilometraje: 0,15 euros/km.

23-12-2015.

Tablas salariales 2016. 0,50 %

Grupo profesional

Euros año

Euros mes

II

27.363,52

1.710,22

III

22.804,00

1.425,25

IV

17.821,28

1.113,83

V

15.911,36

994,46

Otros conceptos:

• Ayuda familiar: 41,99 euros.

• Becas de estudio: 333,29 euros.

• Premio natalidad: 262,44 euros.

• Premio matrimonio: 262,44 euros.

• Antigüedad: 31,85 euros.

Grupo

España

Extranjero

Dieta completa

Media dieta

Dieta completa

Media dieta

II

46,58 euros

27,94 euros

81,71 euros

49,38 euros

III, IV, V

34,93 euros

20,98 euros

71,51 euros

42,67 euros

• Kilometraje: 0,15 euros/km.

01-01-2016.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/04/2016
  • Fecha de publicación: 20/04/2016
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 8 de febrero de 2012 (Ref. BOE-A-2012-2651).
Materias
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales

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