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Documento BOE-A-2016-2560

Orden IET/326/2016, de 8 de marzo, por la que se autoriza a la Fundación Escuela de Organización Industrial a conceder subvenciones en el marco de los Programas Europeos del Fondo Social Europeo y del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2016, páginas 19841 a 19842 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2016-2560
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2016/03/08/iet326

TEXTO ORIGINAL

La Fundación pública Escuela de Organización Industrial (EOI), tiene como finalidad potenciar la formación, la realización y promoción de estudios e investigaciones científicas y técnicas, fundamentalmente en los ámbitos de la industria, el medio ambiente, la innovación, las nuevas tecnologías, la pequeña y mediana empresa, la propiedad industrial y la economía, realizando actividades tanto de carácter mercantil con la impartición de formación en cursos y máster, como destinadas a mejorar la competitividad de las pymes, a la realización de actuaciones para la creación de empresas y al estudio e investigación en los ámbitos de actuación de la fundación.

Asimismo, la Fundación EOI es un lugar de encuentro de agentes que participan en la economía española y un foro para la reflexión y difusión de tendencias en todos los sectores productivos españoles.

Dentro de la Programación Europea 2020 del Fondo Social Europeo para el periodo de programación 2014-2020, de acuerdo con el compromiso formal asumido por la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas adscritas al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, la Fundación EOI va a ser designada como Organismo Intermedio para la gestión de estos fondos.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (UE) nº 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y en el artículo 9 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n° 1083/2006 del Consejo, la Fundación EOI ejecutará acciones dentro de los objetivos temáticos de «Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral», «Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación», e «Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente».

Del mismo modo y, como respuesta a las recomendaciones del Consejo relativa a la implantación de la garantía juvenil, el Gobierno de España presentó a la Comisión Europea el Plan Nacional de Implantación de Garantía Juvenil, alineado con la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, que recoge un catálogo común de actuaciones que serán desarrolladas en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil y dentro del Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación.

De esta forma, en el Programa Operativo de Empleo Juvenil se encuentra previsto que la Fundación EOI ejecute acciones dentro del eje prioritario 1 de «Fomento del Empleo Sostenible y de Calidad y de la Movilidad laboral», del eje prioritario 5 de «integración sostenible en el mercado de trabajo de las personas jóvenes que no se encuentran empleadas, ni participan en actividades de educación ni formación, en concreto en el contexto de la garantía juvenil», así como en el eje prioritario 8 de «Asistencia Técnica».

Por otra parte, en el Programa Operativo de Empleo, Formación y Educación, se encuentra previsto que la Fundación EOI ejecute acciones dentro del Eje prioritario 1 para «promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral», en el eje prioritario 6 de «Innovación Social», en el eje prioritario 7 de «Cooperación Transnacional», así como en el eje prioritario 8 de «Asistencia Técnica».

A su vez, dentro de la Programación Europea 2020 del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, la Fundación EOI tiene previsto participar y ejecutar acciones en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible y del Programa Operativo Crecimiento Inteligente, conforme a lo previsto en el Reglamento (UE) Nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (sobre el FEDER).

En este contexto, entre las acciones que la Fundación EOI desarrollará en el marco de los Programas Operativos mencionados, se considera necesaria la concesión de subvenciones, como incentivo y ayuda para la consecución de los objetivos marcados en cada uno de los Programas citados.

El apartado 1 de la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por la disposición final séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que: «1. Las fundaciones del sector público únicamente podrán conceder subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación de forma expresa mediante acuerdo del Ministerio de adscripción u órgano equivalente de la Administración a la que la fundación esté adscrita y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 10.2.»

La Fundación EOI se encuentra adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través de la Subsecretaría, siendo el Presidente de su patronato el Subsecretario de Industria, Energía y Turismo.

Considerando lo anterior y en uso de la facultad que se confiere en el apartado 1 de la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por la disposición final séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Ministro de Industria, Energía y Turismo, acuerda:

Primero. Autorización a la Fundación EOI para la concesión de subvenciones.

Se autoriza a la Fundación pública Escuela de Organización Industrial (EOI), a tramitar y conceder subvenciones en el marco de los Programas Operativos de Empleo Juvenil y de Empleo, Formación y Educación, del Fondo Social Europeo, y de los Programas Operativos de Crecimiento Sostenible y Crecimiento Inteligente, del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Segundo. Eficacia.

Esta orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 8 de marzo de 2016.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria López.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 08/03/2016
  • Fecha de publicación: 14/03/2016
  • Efectos desde el 15 de marzo de 2016.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición adicional 16.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-20977).
Materias
  • Empleo
  • Escuela de Organización Industrial
  • Fondo Europeo de Desarrollo Regional
  • Fondo Social Europeo
  • Juventud
  • Subvenciones

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