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Documento BOE-A-2016-2302

Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se otorga el reconocimiento a las actividades de formación deportiva de piragüismo de nivel I, II y III, autorizadas por la Dirección General de Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid e impartidas por la Federación Madrileña de Piragüismo y por la Real Federación Española de Piragüismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2016, páginas 18282 a 18289 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-2302

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, establece los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y fija su currículo básico y los requisitos de acceso. En su disposición transitoria segunda establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones a las que se refieren la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, y la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, en las especialidades deportivas de aguas bravas, aguas tranquilas y piragüismo recreativo. El reconocimiento se iniciará a instancia del órgano competente en materia de deporte o, en su caso, competente en materia de formación deportiva de la comunidad autónoma.

Las formaciones de entrenadores deportivos llevadas a cabo por las federaciones deportivas y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, pueden obtener el reconocimiento a efectos de correspondencia con las enseñanzas deportivas de la misma modalidad o especialidad, según se establece en la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, por la que se regulan los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

La solicitud de reconocimiento se podrá formular por las Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla cuando se haya producido la publicación del Real Decreto que establece el título de Técnico Deportivo o Técnico Deportivo Superior en la modalidad y cuenten con la autorización de la Administración deportiva competente en este ámbito.

El procedimiento para el reconocimiento de las actividades de formación deportiva realizadas conforme a la Orden ECD/3310/2002, de 16 de diciembre, sigue vigente tal y como se establece en el artículo 36 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero.

La Dirección General de Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid ha solicitado del Consejo Superior de Deportes el correspondiente reconocimiento de las formaciones deportivas de piragüismo, que previamente autorizó en la citada modalidad mediante Resolución, con el objeto de que puedan obtener los efectos académicos ya señalados.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el apartado Decimoquinto de la Orden de 30 de julio de 1999, y en virtud de las competencias que se atribuyen al Consejo Superior de Deportes en dicha Orden, resuelvo:

Primero.

Se otorga el reconocimiento al que se refiere el artículo 37.4 de la Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, a las actividades de formación deportiva de Monitor de piragüismo de nivel I, Entrenador básico de aguas tranquilas de nivel II y Entrenador nacional de piragüismo en aguas tranquilas de nivel III, llevadas a cabo conforme a lo previsto en la Disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre y autorizadas por la Dirección General de Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid e impartidas por la federación madrileña de piragüismo y por la real federación española de piragüismo que se detallan en el Anexo de la presente Resolución, con el fin de obtener los efectos académicos y profesionales respecto de las enseñanzas deportivas de piragüismo reguladas por el Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre.

Segundo.

La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Monitor de piragüismo de nivel I, dará a la equivalencia profesional, y, en su caso, a los mismos efectos académicos que el certificado académico oficial de superación del ciclo inicial de grado medio en piragüismo.

Tercero.

La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Entrenador básico de aguas tranquilas de nivel II, dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas.

Cuarto.

La superación de la totalidad de la actividad de formación deportiva de Entrenador nacional de piragüismo en aguas tranquilas de nivel III, dará lugar a la equivalencia profesional y, en su caso, a la homologación con el título de Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de Aguas Tranquilas.

Quinto.

La superación de la totalidad de las actividades formativas de Entrenador básico de aguas tranquilas de nivel II, dará lugar a la correspondencia formativa siguiente de módulos del ciclo inicial y del ciclo final de grado medio en piragüismo de las otras especialidades, siempre que se matricule en un centro que imparta las enseñanzas de grado medio de piragüismo:

Módulos del ciclo inicial:

RAE-PIPI101.

MED-C101 Bases del comportamiento deportivo.

MED-C102 Primeros auxilios.

MED-C103 Actividad física adaptada y discapacidad.

MED-C104 Organización deportiva.

MED-PIPI102 Técnica de aguas bravas.

MED-PIPI103 Técnica de aguas tranquilas.

MED-PIPI104 Técnica de kayak de mar.

MED-PIPI105 Técnica de kayak polo.

MED-PIPI106 Organización de eventos de iniciación en piragüismo.

MED-PIPI107 Formación práctica.

Módulos del ciclo final:

MED-C201 Bases del aprendizaje deportivo

MED-C202 Bases del entrenamiento deportivo.

MED-C203 Deporte adaptado y discapacidad.

MED-C204 Organización y legislación deportiva.

MED-C205 Género y Deporte.

MED-PIPI202 Escuela de piragüismo.

MED-PIPI203 Piragüismo adaptado.

MED-PIPI204 Organización de eventos en piragüismo.

Sexto.

A los efectos de equiparación con las enseñanzas deportivas de régimen especial, quedará inscrita en el Consejo Superior de Deportes la formación reconocida conforme a lo establecido en el apartado Primero de la presente Resolución, que ha dado lugar a la expedición de los correspondientes certificados y diplomas de entrenadores deportivos.

La presente Resolución pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el Presidente del Consejo Superior de Deportes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente, mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso - Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, y el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 22 de febrero de 2016.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, Miguel Cardenal Carro.

ANEXO
Actividades de formación deportiva que se reconocen en la modalidad de piragüismo, autorizadas por la Dirección General de Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid e impartidas por la Federación Madrileña de Piragüismo y por la Real Federación Española de Piragüismo

Cursos que se reconocen

Diploma de: Monitor de piragüismo, nivel I

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución 26/2001 de 20/09.

Madrid.

15/10/01 al 20/12/02

PT1301PIPI0101

2

Resolución 41/2002 de 19/09.

Madrid.

20/09/02 al 11/01/03

PT1302PIPI0101

3

Resolución 03/2003 de 03/02.

Madrid.

08/02/03 al 30/03/03

PT1303PIPI0101

4

Orden 1357/2004 de 20/09.

Madrid.

01/10/04 al 12/12/04

PT1304PIPI0101

5

Resolución 2276/2005 de 04/11.

Madrid.

06/11/05 al 12/02/06

PT1305PIPI0101

6

Orden 440/2007 de 07/11.

Madrid.

16/11/07 al 22/02/08

PT1307PIPI0101

7

Orden 44/2009 de 06/02.

Madrid.

27/02/09 al 23/05/09

PT1309PIPI0101

8

Resolución 03/2011 de 18/01.

Madrid.

22/01/11 al 06/03/11

PT1311PIPI0101

Total de cursos reconocidos: 8.

Diploma de: Entrenador básico de aguas tranquilas, nivel II

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Resolución 36/2001 de 12/12.

Madrid.

11/01/02 al 20/12/02

PT1302PIAT0201

2

Resolución 69/2003 de 25/09.

Madrid.

01/10/03 al 13/12/03

PT1303PIAT0201

Total de cursos reconocidos: 2.

Diploma de: Entrenador nacional de piragüismo en aguas tranquilas, nivel III

N.º

Autorizado por

Lugar

Fechas

Código de plan

1

Orden 1356/2004 de 22/07.

Madrid.

02/10/04 al 16/01/05

PT1304PIAT0301

Total de cursos reconocidos: 1.

Planes que se reconocen

Código de plan: PT1301PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común.

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

20

 

Teoría y práctica del entrenamiento

10

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

60

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamentos

46

 

Didáctica del piragüismo

29

 

Seguridad e higiene

10

 

Desarrollo profesional

10

 

Entrenamiento específico

9

 

Total bloque específico

104

 

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 364 horas.

Código de plan: PT1302PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Iniciador de piragüismo.

 

 

Horas

Bloque común.

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

20

 

Teoría y práctica del entrenamiento

10

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

60

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamentos

46

 

Didáctica del piragüismo

38

 

Seguridad e higiene

10

 

Desarrollo profesional

5

 

Total bloque específico

99

 

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 359 horas.

Código de plan: PT1303PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común.

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

20

 

Teoría y práctica del entrenamiento

10

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

60

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamentos

45

 

Didáctica del piragüismo

38

 

Seguridad e higiene

10

 

Desarrollo profesional

5

 

Total bloque específico

98

 

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total: 308 horas.

Código de plan: PT1304PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común.

Fundamentos biológicos

15

 

Comportamiento y aprendizaje

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento

15

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

45

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamentos

48

 

Didáctica del piragüismo

12

 

Seguridad e higiene

10

 

Desarrollo profesional

5

 

Total bloque específico

75

 

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total: 270 horas.

Código de plan: PT1305PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Iniciador de piragüismo.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

15

 

Comportamiento y aprendizaje

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento

15

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

45

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamentos

75

 

Didáctica del piragüismo

30

 

Seguridad e higiene

10

 

Desarrollo profesional

5

 

Total bloque específico

120

 

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total: 315 horas.

Código de plan: PT1307PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común.

Fundamentos biológicos

15

 

Comportamiento y aprendizaje

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento

15

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

45

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamentos

57

 

Didáctica del piragüismo

8

 

Seguridad e higiene

8

 

Desarrollo profesional

5

 

Total bloque específico

78

 

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total: 273 horas.

Código de plan: PT1309PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común..

Fundamentos biológicos.

15

 

Comportamiento y aprendizaje.

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento.

15

 

Organización y legislación del deporte.

5

 

Total bloque común.

45

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamentos.

54

 

Didáctica del piragüismo.

8

 

Seguridad e higiene.

8

 

Desarrollo profesional.

5

 

Total bloque específico.

75

 

Periodo de prácticas.

150

Carga lectiva total: 270 horas.

Código de plan: PT1311PIPI0101

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Prueba específica de acceso.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

15

 

Comportamiento y aprendizaje

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento

15

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

45

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamentos

45

 

Didáctica del piragüismo

15

 

Seguridad e higiene

10

 

Desarrollo profesional

5

 

Total bloque específico

75

 

Periodo de prácticas

150

Carga lectiva total: 270 horas.

Código de plan: PT1302PIAT0201

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Nivel I de piragüismo.

 

 

Horas

Bloque común.

Fundamentos biológicos

50

 

Comportamiento y aprendizaje

40

 

Teoría y práctica del entrenamiento

40

 

Organización y legislación del deporte

10

 

Total bloque común

140

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamentos

50

 

Didáctica del piragüismo

35

 

Entrenamiento específico

45

 

Desarrollo profesional

10

 

Total bloque específico

140

 

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 480 horas.

Código de plan: PT1303PIAT0201

Requisitos de acceso: Título de Graduado en ESO o equivalente a efectos académicos. 16 años. Nivel I de piragüismo.

 

 

Horas

Bloque común.

Fundamentos biológicos

25

 

Comportamiento y aprendizaje

15

 

Teoría y práctica del entrenamiento

25

 

Organización y legislación del deporte

5

 

Total bloque común

70

Bloque específico.

Formación técnica, táctica y reglamentos

120

 

Didáctica del piragüismo

70

 

Entrenamiento específico

10

 

Desarrollo profesional

10

 

Total bloque específico

210

 

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 480 horas.

Código de plan: PT1304PIAT0301

Requisitos de acceso: Título de bachiller o equivalente a efectos académicos. 18 años. Nivel II de piragüismo aguas tranquilas.

 

 

Horas

Bloque común

Fundamentos biológicos

35

 

Comportamiento y aprendizaje

10

 

Teoría y práctica del entrenamiento

30

 

Organización y legislación del deporte

25

 

Total bloque común

100

Bloque específico

Formación técnica, táctica y reglamentos

120

 

Seguridad e higiene

15

 

Entrenamiento específico

150

 

Desarrollo profesional

15

 

Total bloque específico

300

 

Periodo de prácticas

200

Carga lectiva total: 600 horas.

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