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Documento BOE-A-2016-11554

Resolución de 30 de noviembre de 2016, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se excluyen a varios aspirantes del proceso selectivo para ingreso, como personal laboral fijo con las categorías de Titulado Superior de Actividades Específicas, Titulado Medio de Actividades Específicas, Oficial de Gestión y Servicios Comunes, Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales y Ayudante de Gestión y Servicios Comunes en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus Organismos Autónomos, convocado por Resolución de 14 de diciembre de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 5 de diciembre de 2016, páginas 85031 a 85032 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2016-11554

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 14 de diciembre de 2015 («Boletín Oficial del Estado» número 302 del 18), se convocó el proceso selectivo para el ingreso, como personal laboral fijo, con las categorías de Titulado Superior de Actividades Específicas, Titulado Medio de Actividades Específicas, Oficial de Gestión y Servicios Comunes, Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales y Ayudante de Gestión y Servicios Comunes en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus Organismos Autónomos, sujeto al III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

Iniciada la fase de concurso el Tribunal calificador ha comprobado que varios aspirantes no reúnen los requisitos exigidos para participar en el proceso selectivo según se detalla a continuación.

Conforme a la base 2.1.3 de la convocatoria para participar en el proceso selectivo se exige «Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título que se indica en el anexo II».

En el citado anexo para la plaza a la que optan los aspirantes, relación número 4, categoría profesional de Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales, especialidad Acabado de Construcción, se exige estar en posesión del título de Técnico en Acabado de Construcción o equivalente.

Este requisito no lo reúnen don Jesús Cano Familiar, don Calixto Ramos Hidalgo, don Mario Sánchez Cerezo y don Luis Sanz Pérez, ya que estos aspirantes o poseen el título de Graduado Escolar o de Bachillerato o acreditan una titulación de Formación Profesional diferente a la exigida en el anexo II de la convocatoria para participar en este número de relación.

La Presidenta del órgano de selección, en virtud de lo establecido en la base 6.6 de la convocatoria, envió por burofax comunicación a los aspirantes informándoles de la causa de exclusión en la habían incurrido, y otorgándoles un plazo de diez días hábiles, a contar desde la fecha de notificación del escrito, para presentar la documentación acreditativa de la posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Transcurrido dicho plazo solamente un aspirante presentó alegaciones que no fueron compartidas por el órgano de selección y, en consecuencia, la Presidenta del Tribunal calificador, en virtud de lo dispuesto en la base 6.6 de la convocatoria, según la cual «El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.» propone la exclusión de los mencionados aspirantes del proceso selectivo.

En base a cuanto se ha expuesto, esta Dirección General acuerda:

Excluir del proceso selectivo para el ingreso, como personal laboral fijo, con las categorías de Titulado Superior de Actividades Específicas, Titulado Medio de Actividades Específicas, Oficial de Gestión y Servicios Comunes, Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales y Ayudante de Gestión y Servicios Comunes en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus Organismos Autónomos, convocado por Resolución de 14 de diciembre de 2015 («Boletín Oficial del Estado» núm. 302 del 18) a don Jesús Cano Familiar (DNI: 9028669 L), don Calixto Ramos Hidalgo (DNI: 33990515 B), don Mario Sánchez Cerezo (DNI: 50113894 E) y don Luis Sanz Pérez (DNI: 9307673 X) por no poseer el título de Técnico en Acabado de Construcción o equivalente como exige la base 2.1.3 en relación con el anexo II de la convocatoria.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General de la Función Pública en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 30 de noviembre de 2016.–El Director General de la Función Pública, Javier Pérez Medina.

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