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Documento BOE-A-2015-9520

Resolución de 30 de julio de 2015, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 1 de septiembre de 2015, páginas 77663 a 77679 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2015-9520

TEXTO ORIGINAL

A tenor de lo establecido en el artículo 141 del Estatuto de la Universidad de Alicante y en la base 3 de la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios.

Este Rectorado, de conformidad con la disposición adicional nonagésima sexta (autorización para la provisión de plazas docentes vacantes en las universidades públicas) de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 («BOE» del 30), ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, dotadas en el estado de gastos de los presupuestos de la Universidad de Alicante, de acuerdo con las siguientes bases:

1.ª Régimen Jurídico

Este concurso de acceso se regirá por las bases de esta convocatoria, por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; el Estatuto de la Universidad de Alicante, aprobado por Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell («DOCV» del 9); el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2009, por el que se aprueba la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; y demás normativa de general aplicación.

De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 17 de diciembre de 2013 por el que se aprueba el II Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que:

Existe infrarrepresentación de las mujeres en la categoría de Catedrático de Universidad en el área de Fundamentos del Análisis Económico y de los hombres en la categoría de Profesor Titular de Universidad en el área de Didáctica de la Matemática.

2.ª Requisitos de las candidatas o candidatos

Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión:

2.1 Requisitos generales:

2.1.1 Los recogidos en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

a) Nacionalidad. Tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de un estado incluido en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.

2.1.2 Las o los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones.

2.1.3 Abonar las tasas correspondientes en concepto de derechos de examen.

2.2 Requisito específico:

2.2.a) Para puestos de Catedrático de Universidad: Pertenecer al Cuerpo de Catedrático de Universidad de las distintas Universidades del territorio nacional o a la Escala de Profesores de Investigación de Organismos Públicos de Investigación del área de conocimiento al que corresponda la vacante, que dispongan de acreditación para Catedráticos de Universidad. En ambos casos con una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el puesto.

2.2.b) Para puestos de Profesor Titular de Universidad: Pertenecer al Cuerpo de Profesor Titular de Universidad de las distintas Universidades del territorio nacional o a la Escala de Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación y de Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación, del área de conocimiento a la que corresponda la vacante, que dispongan de acreditación para Profesores Titulares de Universidad. En ambos casos con una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en el puesto.

2.2.c) No podrán participar en el presente concurso de acceso quienes se hallen incursos en la prohibición contenida en el artículo 9.4 del Real Decreto 1313/2007, es decir, aquellos que no hayan desempeñado durante, al menos, dos años una plaza anteriormente obtenida por concurso de acceso en otra universidad

3.ª Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos presentarán, por cada plaza solicitada, la correspondiente instancia sellada en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Oficina Principal del Registro General de la Universidad o en las Oficinas Auxiliares, situadas en las Secretarías de Centro y en la Sede de Alicante, o bien, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el personal de Correos pueda estampar en cada una de ellas el sello de fechas antes de su certificación y dirigirse al Campus de San Vicente del Raspeig, apartado 99, 03080 Alicante. Esta solicitud, que se ajustará al modelo que se acompaña en el anexo II de esta convocatoria, debidamente cumplimentada, irá acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o en caso de personas extranjeras, del documento que acredite su identidad, nacionalidad y fecha de nacimiento.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos que señala la base 2.2 para participar en el concurso de acceso.

c) Para la acreditación del requisito recogido en la base 2.1.2, deberá aportar fotocopia del documento que acredite un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones. En su defecto, la acreditación de dicho conocimiento se determinará por la comisión en el desarrollo de la prueba contemplada en la base 8.3.

d) Resguardo que justifique el pago de 24,82 euros en concepto de derechos de examen, que se ingresarán, en efectivo o mediante transferencia bancaria, en el Banco SabadellCAM en la cuenta número ES89 0081-3191-42-0001027605, referenciando, además del nombre y los apellidos, el número del Concurso y de la plaza.

4.ª Protección de datos personales

Los datos de carácter personal aportados por las personas aspirantes quedarán incluidos en el fichero automatizado de personal de esta Universidad, que se compromete a no hacer un uso distinto de aquél para el cual han sido solicitados, según la resolución de la Universidad de Alicante, de 17 de diciembre de 2002, por la que se regula los ficheros automatizados de datos de carácter personal («DOGV» de 15 de enero de 2003).

La Universidad de Alicante informa asimismo sobre la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, de oposición, que prevé el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal; que deben ser ejercidos, por escrito, ante el Gerente de esta Universidad.

5.ª Información y notificaciones del procedimiento

5.1 De acuerdo con lo previsto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, modificada por la Ley 4/1999, las publicaciones detalladas en las bases siguientes así como la información de otros actos que de ella se deriven que requieran publicación, incluidos los recursos en vía administrativa, sustituirán la notificación personal a las personas interesadas y producirán los mismos efectos.

5.2 En el caso de tener que realizar alguna notificación personal a la interesada o interesado a su dirección postal, se considerará como válida la indicada en su instancia, con lo que si en el desarrollo del procedimiento se produjera algún cambio en la misma, será su responsabilidad comunicarlo.

5.3 La información referente a esta convocatoria puede consultarse en la página web de la Universidad de Alicante, cuya dirección es http://ssyf.ua.es/es/accesopdi/funcionarios/convocatorias-profesorado-funcionario.html.

6.ª Relación de aspirantes admitidos y excluidos

6.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Alicante dictará resolución que se publicará en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado y en la página web del Servicio de Selección y Formación, en la que constará la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicándose en este caso las causas de exclusión.

Contra esta resolución las y los interesados podrán presentar reclamación o subsanación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de su publicación.

6.2 Finalizado dicho plazo, se publicará en los mismos lugares resolución en la que, además de declarar aprobada la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del acto de presentación referido en la base 8.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada resolución, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

6.3 Las o los aspirantes que resulten excluidos en la relación definitiva podrán solicitar el reintegro de las tasas por derechos de examen, mediante instancia dirigida al Vicerrectorado de Planificación Económica de la Universidad de Alicante, en la que se hará constar, entre otros datos, los de tipo bancario en donde se hará efectiva la transferencia.

7.ª Comisiones del concurso de acceso

7.1 La composición de la Comisión juzgadora correspondiente a cada concurso, nombrada por Resolución de la Universidad de Alicante de 30 de julio de 2015, figura en el anexo IV de esta convocatoria.

7.2 Los currículos de los miembros titulares se publicarán en la página web del Servicio de Selección y Formación.

7.3 Las Comisiones juzgadoras deberán constituirse en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria del concurso de acceso y deberán ajustarse en su funcionamiento a lo establecido en la base 6 y siguientes de la normativa de desarrollo de esta Universidad.

8.ª Desarrollo del concurso

8.1 Acto de constitución. En este acto, la Comisión fijará los criterios específicos de valoración, que deberán ajustarse a los criterios básicos establecidos en el artículo 142.2 del estatuto de la Universidad de Alicante y a los criterios generales recogidos en la base 7 de la normativa de desarrollo de esta Universidad. Se publicarán en los locales donde se celebre la sesión y en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado, con antelación al acto de presentación.

8.2 Presentación. En el acto de presentación, que será público, las o los concursantes entregarán a la Presidenta o Presidente de la Comisión su historial académico, docente e investigador por quintuplicado, junto con un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de los méritos aducidos y, también por quintuplicado, el proyecto docente e investigador. El currículum habrá de ajustarse al modelo que figura en el anexo III de la presente convocatoria.

En este mismo acto, la Comisión establecerá:

a) El orden de actuación de las y los aspirantes en las pruebas mediante sorteo público;

b) El calendario de las pruebas, que tendrá lugar en el plazo máximo de 15 días naturales a contar desde el día siguiente al del acto de presentación.

c) El plazo fijado para que cualquier concursante pueda examinar la documentación entregada por el resto de concursantes.

Tras el acto de presentación, la Comisión hará pública en los locales dónde se celebre la sesión y en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado una resolución con los acuerdos adoptados en dicha sesión.

8.3 Prueba. Todas las pruebas se realizarán en sesión pública y tendrán carácter obligatorio.

a) Los concursos de acceso a plazas de Catedrático de Universidad constarán de una prueba dividida en dos partes. La primera comprenderá la exposición oral de sus méritos e historial académico, docente e investigador, así como de las directrices fundamentales de su proyecto docente. La segunda parte consistirá en la exposición oral de un proyecto de investigación. Para el desarrollo de cada una de las partes las o los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de sesenta minutos. Seguidamente, la Comisión podrá realizar preguntas, solicitar aclaraciones y debatir con la o el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes durante un tiempo máximo de dos horas.

b) Los concursos de acceso a plazas de Profesor Titular de Universidad constarán de una prueba dividida en dos partes. La primera parte comprenderá la exposición oral de sus méritos e historial académico, docente e investigador, así como de su proyecto docente e investigador. El proyecto docente deberá incluir, en todo caso, el programa de una o varias asignaturas de materias básicas u obligatorias de planes de estudio vigentes en la Universidad de Alicante, y deberá hacer referencia expresa a la planificación y los recursos docentes empleados. Para el desarrollo de esta parte las o los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de sesenta minutos. Seguidamente, la Comisión podrá realizar preguntas, solicitar aclaraciones y debatir con la o el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes durante un tiempo máximo de noventa minutos.

La segunda parte de la prueba, consistirá en la exposición oral de uno de los temas contenidos en el proyecto docente presentado, para lo que la o el concursante proporcionará previamente a la presidenta o presidente de la Comisión una relación de tres temas de los que, por sorteo, se elegirá uno para ser expuesto. Dispondrá para la realización de esta prueba de un tiempo máximo de sesenta minutos. Finalizada la exposición, la Comisión podrá realizar preguntas, solicitar aclaraciones y debatir con la o el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes durante un tiempo máximo de noventa minutos.

En ambos casos, finalizada la prueba, la Comisión o cada uno de sus integrantes, emitirá una valoración razonada sobre cada concursante, ajustada a cada uno de los criterios generales y específicos de valoración previamente establecidos, en la que se valorará el historial académico, docente e investigador, el proyecto docente e investigador, así como las capacidades para la exposición y debate ante la Comisión demostradas en la prueba. A la vista de los informes, la Comisión efectuará una propuesta motivada de provisión, que deberá ser aprobada por, al menos, tres votos a favor.

9.ª Propuesta de provisión y reclamaciones

9.1 La Comisión elevará al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, la propuesta de provisión de la plaza, que deberá incluir la evaluación de cada concursante desglosada por cada uno de los aspectos evaluados. Dicha propuesta se publicará en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado y en la página web del Servicio de Selección y Formación.

9.2 El proceso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de no proveer la plaza convocada.

9.3 El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria de concurso de acceso y la resolución del mismo no podrá exceder de seis meses.

9.4 Contra las propuestas de las Comisiones de los concursos de acceso se podrá presentar reclamación ante el Rector en el plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del edificio de Rectorado.

9.5 Las o los candidatos propuestos para cada plaza, en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la propuesta de provisión, deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o documento equivalente.

b) Documentación acreditativa de reunir los requisitos específicos recogidos en el apartado 2.2 de esta convocatoria.

c) Certificación médica oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

d) Declaración jurada de no haber sido separada o separado de la Administración del Estado, institucional o local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Las y los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas o sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

e) Quienes tuvieren la condición de personal funcionario de carrera, estarán exentos de justificar los documentos y requisitos de los apartados b) y c), debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditando tal condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10.ª Nombramiento y toma de posesión

10.1 Una vez realizado el trámite anterior, el Rector efectuará el nombramiento de la persona o personas propuestas, que será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Comunitat Valenciana» y comunicado a los registros oportunos y a la Secretaría General del Consejo de Coordinación Universitaria, especificando la denominación de la plaza, cuerpo y área de conocimiento.

10.2 Toma de posesión. En el plazo máximo 20 días, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», la o el candidato propuesto deberá tomar posesión.

11.ª Norma final

Contra la convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta, que agoten la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de los de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante el Rector, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, redactado conforme a la Ley 4/1999.

Alicante, 30 de julio de 2015.–El Rector, P.D. (Resolución de 9 de junio de 2012), el Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, José Vicente Cabezuelo Pliego.

ANEXO I

Concurso número: CA201.

Número de plazas: Una.

Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de Universidad (DF00349).

Área de conocimiento: Fundamentos del Análisis Económico.

Departamento: Fundamentos del Análisis Económico.

Actividad Docente: La correspondiente al área de Fundamentos del Análisis Económico.

Perfil Investigador: Microeconomía.

Concurso número: CA202.

Número de plazas: Una.

Cuerpo al que pertenece la plaza: Profesores Titulares de Universidad (DF00686).

Área de conocimiento: Didáctica de la Matemática.

Departamento: Innovación y Formación Didáctica.

Actividad Docente: La correspondiente al área de Didáctica de la Matemática.

Perfil Investigador: Didáctica de la Matemática.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV

Número de plaza: DF00349.

Categoría de la plaza: Catedrático de Universidad.

Área de conocimiento: Fundamentos del Análisis Económico.

Comisión titular:

Presidenta/Presidente: Carmen Herrero Blanco, Catedrática de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretaria/Secretario: Juan Mora López, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: José Luis García Lapresta, Catedrático de Universidad de la Universidad de Valladolid.

Vocal: Amparo Urbano Salvador, Catedrática de Universidad de la Universidad de Valencia.

Vocal: Francisco Alcalá Agulló, Catedrático de Universidad de la Universidad de Murcia.

Comisión suplente:

Presidenta/Presidente: M.ª Dolores Collado Vindel, Catedrática de Universidad de la Universidad de Alicante

Secretaria/Secretario: Giovanni Ponti, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante

Vocal: Diego Moreno Ruiz, Catedrático de Universidad de la Universidad Carlos III de Madrid

Vocal: Elena Iñarra García, Catedrática de Universidad de la Universidad del País Vasco

Vocal: Pablo Amorós González, Catedrático de Universidad de la Universidad de Málaga

Número de plaza: DF00686

Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad.

Área de conocimiento: Didáctica de la Matemática.

Comisión titular:

Presidenta/Presidente: Salvador Llinares Ciscar, Catedrático de Universidad de la Universidad de Alicante.

Secretaria/Secretario: M.ª Luz Callejo de la Vega, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Alicante.

Vocal: José María Fortuny Aymemi, Catedrático de Universidad de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Vocal: Matías Camacho Machín, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de La Laguna.

Vocal: M.ª Teresa González Astudillo, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Salamanca.

Comisión suplente:

Presidenta/Presidente: M.ª del Carmen Batanero Bernabeu, Catedrática de Universidad de la Universidad de Granada.

Secretaria/Secretario: Germán Torregrosa Gironés, Catedrático de Escuela Universitaria de la Universidad de Alicante.

Vocal: José Luis Lupiáñez Gómez, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Granada.

Vocal: Pilar Bolea Catalán, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Zaragoza.

Vocal: José María Gavilán Izquierdo, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Sevilla.

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