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Documento BOE-A-2015-8698

Resolución de 30 de julio de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas TRAGSA, por el que se aprueban las tarifas 2015 aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA Y TRAGSATEC como medio propio instrumental de la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 1 de agosto de 2015, páginas 67090 a 67091 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2015-8698

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, Sociedad Anónima, y de sus filiales, establece en el punto 8 del artículo 3, que la resolución por la que se aprueben las tarifas se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

En consecuencia, una vez aprobadas las mediante el Acuerdo de la Comisión para la determinación de las tarifas de TRAGSA, las tarifas 2015 aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y TRAGSATEC como medio propio instrumental de la Administración General del Estado, las cuales se encuentran depositadas en la Secretaría de la citada Comisión y pueden ser consultadas en la página web de la empresa (www.tragsa.es), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 30 de julio de 2015.–La Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión para la determinación de tarifas de TRAGSA, por el que se aprueban las tarifas 2015 aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y TRAGSATEC como medio propio instrumental de la Administración General del Estado

El Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, por el que se desarrolla el régimen jurídico de la Empresa de Transformación Agraria, S. A. (TRAGSA), establece en su artículo 3 el régimen económico de actuación de TRAGSA y sus filiales, así como el mecanismo de modificación del sistema de tarifas, creando al efecto una Comisión con las funciones de elaboración de.nuevas tarifas, modificación de las existentes y determinación de los procedimientos, mecanismos y fórmulas aplicables que deban aplicarse para su revisión, así como de aprobación de las mismas.

En consecuencia y de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 3 del referido Real Decreto 1072/2010, de 20 de agosto, la Comisión para la determinación de tarifas de TRAGSA y sus filiales, en su reunión de día 7 de julio de 2015,

ACUERDA

1.° La aprobación de las Tarifas 2015, aplicables a las actuaciones a realizar por TRAGSA y TRAGSATEC como medio propio instrumental de la Administración General del Estado.

2.° La aplicación de las nuevas Tarifas 2015 se efectuará para todos aquellos expedientes cuya fecha de acuerdo de iniciación sea a partir del 1 de septiembre de 2015.

3.° El periodo de validez de las Tarifas 2015 será de cuatro años.

4.° Para las encomiendas no sujetas a impuestos, los precios simples de las Tarifas 2015, quedarán incrementados con los coeficientes aprobados por Acuerdo de la Comisión publicado mediante Resolución de la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas de 8 de abril de 2015 (BOE del 10 de abril). Sin perjuicio de ello, la Comisión procederá a la actualización de los mencionados coeficientes antes de cada 31 de marzo en base a los datos del ejercicio inmediatamente anterior.

5.° El presente Acuerdo se remitirá al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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