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Documento BOE-A-2015-8258

Resolución de 15 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que, en ejecución de sentencia, se anula la de 9 de marzo de 2015, por la que se convocan subvenciones a entidades del tercer sector de ámbito estatal colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2015, páginas 62191 a 62191 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-8258

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 9 de marzo de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, se convocaban subvenciones a entidades del tercer sector de ámbito estatal colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

Esta convocatoria se realizaba de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 del Real Decreto 535/2013, de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector de ámbito estatal colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

El Tribunal Supremo, en sentencia núm. 499/2013, de 21 de mayo de 2015, declaró la nulidad, por considerarlo no conforme a derecho, del mencionado Real Decreto 535/2013, de 12 de julio, al estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el mismo por parte de la Generalidad de Cataluña. De esta manera, la Resolución de 9 de marzo de 2015 carece, tras la firmeza de dicha sentencia, de unas bases previas reguladoras ajustadas al ordenamiento jurídico.

En consecuencia, y dado que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece en su artículo 9.2 que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión, procede dictar la siguiente resolución:

En aplicación y ejecución de la STS núm. 499/2013, de 21 de mayo de 2015, que declara nulo el Real Decreto 535/2013, de 12 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector de ámbito estatal colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, queda sin efecto y se anula el procedimiento de convocatoria de subvenciones iniciado por la Resolución de 9 de marzo de 2015, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

Madrid, 15 de julio de 2015.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

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