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Documento BOE-A-2015-6763

Resolución de 15 de junio de 2015, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se convocan ayudas para participar en el Aula de Verano "Ortega y Gasset" de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2015, páginas 50671 a 50676 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-6763

TEXTO ORIGINAL

La incorporación de los estudiantes a la Universidad supone para ellos un cambio importante, tanto en el ámbito humano y social, como en el sistema de estudios. Para facilitar el tránsito a la Universidad es de suma importancia proporcionar a los estudiantes, como complemento de otras informaciones y orientaciones recibidas, una visión global de la Universidad, así como una aproximación a las grandes corrientes del saber en ámbitos del conocimiento muy diversos y en las cuestiones capitales de nuestro tiempo. Así pues, la iniciativa está concebida para dar orientación y estímulo a los jóvenes que van a incorporarse a la Universidad y fomentar en ellos una actitud responsable con respecto a su nueva forma de vida.

Con este propósito, la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (en adelante UIMP) en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, convoca y organiza el Aula de Verano «Ortega y Gasset», que se desarrollará en el Palacio de la Magdalena de Santander. La convocatoria está dirigida a los jóvenes estudiantes con mejores expedientes en el bachillerato o en el ciclo formativo de grado superior de formación profesional que hayan concluido sus estudios en 2015 y que vayan a comenzar sus estudios universitarios en el curso académico 2015-2016.

El Aula de Verano «Ortega y Gasset» cuenta con la colaboración y la experiencia docente y científica de profesores universitarios y de investigadores de reconocido prestigio, así como de personalidades del mundo de la cultura y del arte, a los que se les pide un esfuerzo de «síntesis del conocimiento» para mostrar cómo se genera éste en el ámbito de su disciplina, al tiempo que se les invita a intercambiar con sus colegas de las más diversas especialidades su experiencia como productores y transmisores de conocimiento. Todo ello en un clima de convivencia y comunicación intelectual entre maestros y discípulos, como fue desde sus inicios característico de la institución universitaria.

En su virtud, e informado favorablemente el 12 de mayo de 2015 por el Servicio Jurídico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, este Rectorado en uso de las atribuciones que tiene conferidas ha resuelto:

Apartado 1. Objeto y destinatarios de las ayudas.

El objeto de esta resolución es la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de 100 ayudas para participar en el Aula de Verano «Ortega y Gasset» (en adelante, el Aula), organizada en colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Tiene como finalidad introducir a los estudios universitarios. Para lograr el objetivo de este programa, con un enfoque multidisciplinar, se han previsto diversas actividades académicas dirigidas por profesores universitarios, investigadores y personalidades de la cultura y el arte. Las sesiones se desarrollarán de acuerdo con un programa estructurado para cada día lectivo, que incluirá actividades y propuestas culturales fuera del horario académico (en el Anexo se recogen las principales actividades programadas).

A efectos organizativos, los beneficiarios de las ayudas serán distribuidos en dos grupos de 50 alumnos.

Apartado 2. Lugar y fecha de celebración.

El Aula se organizará en la sede de Santander de la UIMP del 16 al 22 de agosto de 2015 (con la finalidad de que los alumnos participen en las actividades culturales previstas para el día 16 de agosto, su llegada al recinto de La Magdalena podrá efectuarse a lo largo de la tarde del día 15 de agosto; las actividades académicas programadas finalizan con el almuerzo del día 21 de agosto).

Apartado 3. Requisitos de los solicitantes.

1. Podrán solicitar las ayudas objeto de esta convocatoria los estudiantes que:

a) hayan finalizado el último curso del bachillerato o del ciclo formativo de grado superior de formación profesional en el año 2015, y

b) acrediten una nota media igual o superior a 9,60 puntos sobre 10 en los dos cursos del bachillerato o del correspondiente ciclo formativo de grado superior de formación profesional.

2. También podrán ser beneficiarios de estas ayudas los estudiantes nacionales o extranjeros que –cumpliendo los requisitos de las letras a) y b) de este apartado– hayan cursado sus estudios de bachillerato en cualquiera de los centros docentes de titularidad pública española en el extranjero (los centros a los que se refiere esta convocatoria son los inscritos en el Registro Estatal de Centros Docentes no universitarios –RCD– en el exterior). Puede consultarse en http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/actividad-internacional/oficinas-centros-exterior/centros-docentes.html

Apartado 4. Contenido de las ayudas.

A los estudiantes seleccionados la UIMP les cubrirá los siguientes gastos:

a) Alojamiento y manutención, en régimen de pensión completa y habitación doble durante las fechas de celebración del Aula.

b) Desplazamiento de los asistentes desde su punto de origen hasta Santander y regreso, con un máximo de 200 euros para los desplazamientos dentro de la Península; de 300 euros para los alumnos procedentes de las Comunidades Autónomas de las Illes Balears y de Canarias y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, y de 600 euros para los alumnos procedentes de los centros docentes de titularidad pública española en el extranjero. En los tres meses siguientes a la finalización del Aula de Verano, la UIMP abonará los gastos de desplazamiento a los alumnos beneficiarios mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente abierta a su nombre y que cada alumno facilitará en el momento de su incorporación al Aula en Santander. A tales efectos, y como condición indispensable, el beneficiario deberá aportar los justificantes originales de los gastos de desplazamiento para que la UIMP pueda tramitar el correspondiente expediente para su abono.

c) Traslados, entradas a monumentos, museos, etcétera, derivados de las actividades culturales previstas en el programa.

Apartado 5. Derechos y obligaciones de los beneficiarios.

La asistencia a las actividades académicas y a las actividades culturales incluidas en el programa será obligatoria. La inscripción en el Aula se considerará como aceptación por parte de los beneficiarios de esta obligación.

En lo relativo a las normas de conducta de los participantes a lo largo del período de duración del Aula, así como a las cuestiones de régimen interior, se aplicará la normativa de ámbito general propia de la UIMP como institución que acoge el Aula.

Además del pago de los gastos a los que alude el apartado 4 de esta convocatoria, a los participantes que cursen con aprovechamiento el Aula se les entregará un diploma acreditativo.

Apartado 6. Formalización de solicitudes, plazo y lugar de presentación.

1. Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado, que estará disponible en la Secretaría de Alumnos y en la dirección web de la UIMP. Las solicitudes podrán presentarse en el Registro de la Universidad (Isaac Peral, 23, 28040 Madrid, y Palacio de la Magdalena, 39005 Santander), así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A la instancia firmada deberá adjuntarse la siguiente documentación:

a) Certificado académico emitido por el centro en el que haya realizado sus estudios de bachillerato o ciclo formativo de grado superior de formación profesional, en el que consten expresamente las notas de todas las asignaturas de los dos cursos, así como la nota media final de ambos. El centro que expida el certificado deberá calcular la nota media final con dos decimales y evitar su redondeo. Para calcular la nota media, no deberá computarse la asignatura de Religión, tal y como establece la normativa vigente.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad, o su equivalente en el caso de ciudadanos de la Unión Europea, o tarjeta de residente en vigor para los ciudadanos de países no comunitarios. Los estudiantes extranjeros no comunitarios que no estén en posesión del NIE deberán aportar copia del pasaporte y acreditación de domicilio en España mediante inscripción en el padrón municipal.

c) Autorización de los padres o tutores de los alumnos que sean menores de edad en la fecha de inicio del Aula para que éstos puedan participar en ella, tanto en las actividades académicas, como en las de ocio y tiempo libre previstas en el programa. El formulario de autorización estará disponible en la Secretaría de Alumnos de la Universidad. Asimismo, podrá obtenerse a través de la dirección web de la Universidad (www.uimp.es).

2. Además de formalizar la solicitud del modo descrito en el número anterior, también será admisible su presentación telemática a través de la página web de la Universidad, donde estará alojado el formulario de inscripción. Junto con el formulario de solicitud, deberán cargarse en soporte electrónico los mismos documentos exigidos en el número anterior.

Para la presentación de los originales de estos documentos y del formulario de solicitud, se estará a lo dispuesto en el apartado 11.2 de esta convocatoria.

3. El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 6 de julio de 2015.

Apartado 7. Órgano instructor y subsanación de las solicitudes.

1. La Secretaría de Alumnos de la UIMP actuará como órgano instructor.

2. En el caso de que la solicitud esté incompleta o no se ajuste a lo previsto en la presente convocatoria, se requerirá al interesado para que la complete o subsane en el plazo de diez días. Transcurrido el plazo sin haberse producido la subsanación, se le considerará desistido de su petición, en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Apartado 8. Selección de los candidatos. Órgano colegiado de evaluación de las solicitudes.

1. La Secretaría de Alumnos de la UIMP, una vez admitidas las solicitudes, elaborará una relación nominal de candidatos que se remitirá a la Junta de Selección, que será la encargada de valorar las diferentes solicitudes de acuerdo con los criterios que se establecen en el apartado 9 de esta convocatoria.

2. La Junta de Selección estará compuesta por: el Vicerrector de Internacionalización y del Campus de Las Llamas de la UIMP o persona en quien delegue, que actuará como Presidente; el Vicerrector de Innovación y desarrollo de Proyectos de la UIMP o persona en quien delegue, y el Secretario General de la UIMP o persona en quien delegue, que actuará como Secretario.

Apartado 9. Criterios de selección. Candidatos seleccionados y suplentes.

Las solicitudes presentadas serán priorizadas por la Junta de Selección de acuerdo con los siguientes criterios:

1. El criterio de selección será la nota media del expediente académico, de acuerdo con los datos que figuren en el certificado académico al que se refiere el apartado 6.1 a) de la convocatoria.

2. A igualdad de nota media del expediente académico, se utilizarán como criterios de ordenación de las solicitudes los siguientes:

a) Que exista una correspondencia equitativa de alumnos de las diversas especialidades previstas en el currículo de enseñanza secundaria o del ciclo formativo de grado superior de formación profesional.

b) Que existan participantes procedentes del mayor número posible de Comunidades Autónomas y de centros escolares diversos.

3. Para garantizar que se cubren todas las plazas, la Junta de Selección de becas seleccionará a 25 suplentes. Los estudiantes incluidos en esta lista de suplentes estarán jerarquizados conforme a los criterios de selección expuestos en este mismo apartado, de forma que las vacantes se vayan cubriendo por estricto orden.

Apartado 10. Propuesta de resolución.

1. La Junta de selección será la encargada de evaluar las diferentes solicitudes y emitir el correspondiente informe en el que se concrete el resultado de la evaluación, teniendo en cuenta los requisitos y los criterios de selección establecidos en esta convocatoria. Dicho informe será remitido por la Junta de selección de becas al órgano instructor, e incluirá:

a) Una relación alfabética de los 100 candidatos seleccionados.

b) Una relación priorizada de candidatos suplentes con 25 alumnos, como reserva para el caso de que alguno de los 100 candidatos seleccionados decaiga en su derecho.

2. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Junta de selección de becas, formulará la propuesta de resolución definitiva, que se notificará a los interesados a través de su publicación en la página web de la UIMP.

3. De conformidad con lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 84.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en este procedimiento no es preceptivo el trámite de audiencia a los interesados para que formulen alegaciones, por lo que la propuesta de resolución del órgano instructor tiene el carácter de definitiva. Seguidamente, el órgano instructor elevará la propuesta definitiva al Rector para su resolución.

Apartado 11. Aceptación de las ayudas.

1. En los cinco días siguientes a la publicación de la resolución definitiva, los estudiantes seleccionados deberán confirmar su aceptación por escrito a la Universidad. La falta de aceptación expresa en plazo tendrá los mismos efectos que la renuncia a la ayuda, seleccionándose al siguiente candidato que corresponda por su posición en la lista de suplentes.

2. En el mismo plazo, los estudiantes seleccionados que hubiesen formalizado su solicitud de manera telemática, deberán presentar los documentos originales a los que se refiere el apartado 6.1 de la presente convocatoria, así como el formulario de solicitud debidamente firmado. La presentación de estos documentos podrá efectuarse en el Registro de la Universidad (sedes de Madrid o Santander), así como por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. A los estudiantes seleccionados se les facilitará el programa definitivo de actividades y la relación de profesores que lo impartirán. Tanto el programa, como la relación de docentes podrán estar sujetos a modificaciones por motivos de fuerza mayor o debidamente justificados.

Apartado 12. Finalización del procedimiento. Resolución, notificación y régimen de recursos.

1. Una vez publicada la propuesta de resolución definitiva a la que alude el apartado 10 de esta convocatoria, el Rector de la Universidad dictará resolución que ponga fin al procedimiento. La propuesta de resolución no crea derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.

2. Las resoluciones de concesión o denegación definitivas que dicte el Rector, se adoptarán en el plazo máximo de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y se notificarán individualmente dentro de dicho plazo a todos los solicitantes, de acuerdo con el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

3. La falta de resolución y notificación en el plazo señalado dará lugar a que se entiendan desestimadas las correspondientes solicitudes por silencio administrativo.

4. Conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, contra la presente resolución de convocatoria, así como contra las resoluciones de concesión o denegación, que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes desde la recepción de su notificación. Asimismo, en el plazo de dos meses cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 9 c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Apartado 13. Financiación de las ayudas.

La financiación de las ayudas previstas en la presente convocatoria se imputará al concepto 18 101 487 323 M del presupuesto de gastos de esta Universidad para el ejercicio 2015. La cuantía total máxima de las ayudas de esta convocatoria asciende ciento doce mil euros (112.000 euros).

Apartado 14. Normativa aplicable.

Para la concesión de estas ayudas será de aplicación la normativa general sobre subvenciones contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, y las demás normas vigentes que sean de aplicación.

Madrid, 15 de junio de 2015.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, César Nombela Cano.

ANEXO
Programa del curso

El Aula de verano «Ortega y Gasset» ofrece una panorámica de la situación de las enseñanzas universitarias en España en diferentes campos del conocimiento, mediante lecciones y conferencias impartidas por académicos y profesionales destacados. El programa previsto para la semana del 17 al 21 de agosto de 2015 contempla, entre otras, las siguientes conferencias:

– El arte y la utilidad de la belleza.

– Una aplicación de las ciencias sociales: análisis de los spots electorales.

– Las infraestructuras y el medio ambiente.

– El desafío del cambio climático desde una perspectiva universitaria.

– Terapia génica y su aplicación en patología humana.

– Astronomía: la ciencia más antigua en la frontera del conocimiento.

– Aplicaciones de la investigación operativa y la estadística a la mejora de la seguridad, el coste y la eficiencia de las líneas de alta velocidad.

– Biomateriales: desde un implante a un nano transportador.

– Nano medicina y nanotecnología farmacéutica.

El programa académico del curso se completa con visitas culturales dentro de la región de Cantabria: excursiones, visitas guiadas a museos y la posibilidad de asistir a la oferta cultural que ofrece la UIMP (conciertos, conferencias y teatro). Asimismo, entre las actividades lectivas se ha previsto la celebración de una mesa redonda sobre movilidad internacional en el EEES, en la que intervendrán estudiantes universitarios beneficiarios de becas y ayudas de los diversos programas públicos de movilidad.

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