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Documento BOE-A-2015-5692

Orden ECD/942/2015, de 21 de abril, por la que se ejercita el derecho de tanteo, sobre los lotes n.ºs 57, 83, 137 y 138, subastados por la Sala Balclis, en Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2015, páginas 43673 a 43673 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-5692

TEXTO ORIGINAL

A propuesta de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, previo informe favorable de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, acordado en la reunión del pleno, celebrada el 14 de abril de 2015 y, en aplicación de los artículos 38 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y 41 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha ley, dispongo:

Primero.

Que se ejercite el derecho de tanteo para el Estado sobre los bienes muebles que fueron incluidos en el catálogo de la subasta pública celebrada por la Sala Balclis, en Barcelona, el 15 de abril de 2015, con los números y referencias siguientes:

Lote 57.–Charles Clifford. Valdepeñas, Catedral, c. 1858. Papel albuminado, Albumen print, 30 × 42 cm, tiraje de época.

Lote 83.–Charles Clifford. Madrid, c. 1858. Papel albuminado, Albumen print, 28 × 36 cm, tiraje de época.

Lote 137.–J. Laurent y Cía (XIX). Granada 1144. Vista panorámica de la Alhambra y de Granada desde la Silla del Moro, 1860-1870. Papel albuminado, panorámica de 5 fotografías imagen 23,5 × 163 cm, datos del estudio impresos en la imagen, tiraje de época.

Lote 138.–J. Laurent (XIX). Madrid 351 vista panorámica de Madrid, 1860-1870. Papel albuminado, panorámica de 3 fotografías, imagen 23 × 93 cm, datos del estudio impresos en la imagen, tiraje de época.

Segundo.

Que se abone a la sala subastadora el precio de remate de trece mil doscientos euros (13.200 euros) más los gastos inherentes, que debe justificar mediante certificado.

Tercero.

Que dichas obras se depositen y asignen al Instituto del Patrimonio Cultural de España, de titularidad estatal, que debe proceder a su inclusión en el inventario del patrimonio propiedad del Estado que allí se custodia.

Madrid, 21 de abril de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario de Estado de Cultura, José María Lassalle Ruiz.

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