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Documento BOE-A-2015-4896

Resolución de 14 de abril de 2015, de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, por la que se declara desierto puesto de trabajo del concurso específico, convocado por Resolución de 17 de noviembre de 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 2015, páginas 38508 a 38508 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2015-4896

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal de 19 de enero de 2015 («BOE» del 23 de enero) se resolvió parcialmente el concurso específico convocado por Resolución de 17 de noviembre de 2014 («Boletín Oficial del Estado» de 21 de noviembre 2014) para la provisión de cinco (5) puestos de trabajo en el referido Organismo.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20.1.a) y c) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el Capítulo II del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en relación con los artículos 25.g) y 36 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, una vez acreditada la observancia del procedimiento debido, este Organismo ha dispuesto resolver la referida convocatoria, declarando desierto el puesto que a continuación se indica:

N.º de orden 1. Código de puesto: 5322403. División de Análisis Presupuestario. Subdirección General de Estado y Seguridad Social. Analista: Nivel 28. Complemento Específico: 15.723,54 euros. Localidad: Madrid. Adscripción: A3. GR.: A1.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo Órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Madrid, 14 de abril de 2015.–El Presidente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, P.D. (Resolución de 28 de julio de 2014), el Director de la División Jurídico-Institucional, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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