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Documento BOE-A-2015-2734

Orden SSI/424/2015, de 4 de marzo, por la que se clasifica la Fundación Changqing y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2015, páginas 23649 a 23650 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-2734

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Changqing resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Changqing.

Fines: La Fundación tiene como fin fundamental la promoción e integración de los miembros de la tercera edad de la comunidad china residente en España.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radica en la calle Olvido, número 62, Local, distrito postal 28026 del municipio de Madrid y desarrollará sus actividades en todo el territorio de España.

Fundadores: Don Songling Xu, don Changfa Nan, don Rongming Chen, doña Yan Zhang, don Jinyuan Bao, doña Liping Wang, doña Shuhua Zhan Dang, don Jianguo Chen, doña Hailing Wang, doña Hong Yang, doña Songying Qiu y don Yu Qi Li Xia.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por los fundadores.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Madrid, don Eusebio Javier González Lasso de la Vega, el día 25 de septiembre de 2014, con el número 2.550 de orden de su protocolo, subsanada mediante diligencia de fecha 9 de enero de 2015, extendida por el mismo notario, incorpora el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Songling Xu.

Vicepresidenta: Doña Yan Zhang.

Secretario: Don Jianguo Chen.

Vocales: Don Changfa Nan, don Rongming Chen, don Jinyuan Bao, doña Liping Wang, doña Shuhua Zhan Dang, doña Hailing Wang, doña Hong Yang, doña Songying Qiu, y don Yu Qi Li Xia.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar la Fundación Changqing, cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1768.

Tercero.–Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 4 de marzo de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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