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Documento BOE-A-2015-2095

Orden SSI/320/2015, de 17 de febrero, por la que se convoca a la realización de una prueba de aptitud para el reconocimiento de la cualificación profesional para ejercer en España la profesión de farmacéutico y se nombra el Tribunal.

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2015, páginas 18978 a 18980 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-2095

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo previsto en La Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre, y en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorpora al derecho español la citada Directiva, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, se ha supeditado el reconocimiento solicitado por don Federico Ravarino y doña Krasimira Slavova Andreeva, para ejercer en España la profesión de farmacéutico, a la previa superación de una prueba de aptitud.

Con base a lo expuesto, este Ministerio, Autoridad competente en España para el reconocimiento de las cualificaciones profesionales de Farmacéutico, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre y, en virtud de lo previsto en su artículo 23, dispone:

Primero.

Convocar a don Federico Ravarino y a doña Krasimira Slavova Andreeva a la realización de la prueba de aptitud que tendrá lugar en Madrid, en la sede del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Paseo del Prado, 18-20. La fecha y hora para su celebración se publicará en la página web de este Ministerio.

Segundo.

El contenido de la prueba de aptitud versará sobre las materias en las que la formación recibida por los solicitantes presenta deficiencias en la duración respecto a la formación exigida en España en el plan de estudios establecido en la Orden CIN/2137/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de farmacéutico («Boletín Oficial del Estado» de 19 de julio). Los convocados presentan una menor carga lectiva en los siguientes módulos del plan de estudios: Don Federico Ravarino: Medicina y Farmacología; Doña Krasimira Slavova Andreeva: Medicina, Farmacología y Biología.

La prueba de aptitud consistirá en dos partes:

Primera parte. Ejercicio escrito.

Realización de un ejercicio escrito de ochenta preguntas más ocho de reserva, en las que se incluirán casos clínicos. En el ejercicio figurarán respuestas múltiples de las que sólo una será correcta.

La duración de esta prueba será de dos horas.

Las contestaciones acertadas del ejercicio de respuestas múltiples se valorarán con un punto y veinticinco centésima (1,25), las respuestas erróneas restarán cero con veinticinco centésimas de punto (0,25) y las no contestadas no se valorarán.

La puntuación máxima posible será de cien puntos.

Para poder superar la primera parte de la prueba será necesario alcanzar la puntuación mínima de cincuenta y cinco puntos.

En la página web del Ministerio se publicará la relación de respuestas que el Tribunal, que se cita en el apartado tercero de esta Orden, considera correctas y se fijará un plazo de tres días naturales para que los interesados presenten reclamaciones. Estas reclamaciones serán estimadas o desestimadas por el Tribunal que anulará o sustituirá las respuestas que, en su caso, considere necesarias y determinará las de reserva que sustituyan a las anuladas, si las hubiere. Dichas reclamaciones serán dirigidas a la Subdirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Paseo del Prado, 18-20, 28071 Madrid (Tribunal de prueba de aptitud de Farmacéuticos, Directiva 2005/36).

Una vez ratificadas las respuestas correctas, se corregirán los ejercicios y el Tribunal publicará las calificaciones provisionales en la página web del Ministerio, estableciéndose un plazo de diez días para interponer reclamaciones que podrán dirigirse, asimismo, a la dirección de la Subdirección General de Ordenación Profesional citada en el párrafo anterior.

El Tribunal resolverá las reclamaciones y elevará a la Dirección General de Ordenación Profesional las calificaciones obtenidas en el ejercicio escrito de la prueba de aptitud.

Mediante Resolución de la Dirección General de Ordenación Profesional se publicarán en la página web de este Departamento las calificaciones definitivas de los aspirantes.

Contra esta Resolución los interesados podrán interponer los correspondientes recursos administrativos y contencioso-administrativos.

Segunda parte. Prueba oral.

A esta segunda parte el aspirante sólo podrá presentarse si ha superado la primera.

Consistirá en una prueba oral en la que el aspirante deberá responder a las preguntas que le formule el Tribunal en relación con los casos clínicos planteados en la primera parte.

La puntuación máxima posible de esta parte será de cien puntos.

Para poder superar la segunda parte de la prueba será necesario alcanzar la puntuación mínima de cincuenta puntos.

La superación de la segunda parte de la prueba implica la superación de la prueba de aptitud exigida con carácter previo a la resolución de reconocimiento profesional.

Si los convocados en esta Orden ministerial no se presentan a esta prueba o no la superan, podrán participar en las dos convocatorias inmediatamente siguientes a la presente.

Agotadas las tres convocatorias sin que los solicitantes las superen, sólo podrán instar una nueva solicitud de reconocimiento transcurridos dos años desde la fecha de publicación de la tercera convocatoria a la que hayan sido convocados.

Tercero.

Nombrar a los siguientes miembros del Tribunal, titulares y suplentes, que han de elaborar el contenido de la prueba, calificar al aspirante y velar por el buen funcionamiento del proceso.

Tribunal titular:

Presidente: Don Juan Antonio López Blanco.

Vocales: Don Francisco Zaragoza García y doña Gloria Hernández Hernández.

Secretario: Don Saturnino Mezcua Navarro.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña María José Reyna Amor.

Vocal: Don Daniel Fernández Font.

Secretaria: Doña Pilar Pasarón Polo.

El Presidente y el Secretario, titulares y suplentes, han sido nombrados entre funcionarios adscritos a la Dirección General de Ordenación Profesional.

Los vocales han sido nombrados, entre expertos de la profesión, farmacéuticos en ejercicio.

Cuarto.

Los gastos derivados de la gestión de esta prueba, salvo los gastos indemnizables por razón del servicio y asistencias a las que se refiere el párrafo siguiente, se imputarán al concepto presupuestario 26.12 311 O 226.07.

Las asistencias devengadas por los miembros del Tribunal, así como por el personal de apoyo designado, en su caso, al efecto por el Director General de Ordenación Profesional, para la realización de las actividades necesarias para el desarrollo del examen serán las correspondientes a la categoría primera de las previstas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. Dichas asistencias se harán efectivas con cargo al concepto presupuestario 26.12 311 O 233, con el límite del número máximo autorizado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el citado artículo 28.

Quinto.

Contra la presente Resolución podrá presentarse recurso de reposición ante la persona titular del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente en el plazo de dos meses desde su publicación, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 17 de febrero de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Director General de Ordenación Profesional, Carlos Jesús Moreno Sánchez.

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