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Documento BOE-A-2015-1371

Resolución de 29 de enero de 2015, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se acepta la renuncia a la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, del Policía don Roberto Sampayo Urtiaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2015, páginas 11815 a 11815 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2015-1371

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por el Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Roberto Sampayo Urtiaga, número de Registro Personal 72703568 02QA 8347 y documento nacional de identidad número 72703568 Q, y

Resultando que, don Roberto Sampayo Urtiaga, en instancia de fecha 28 del presente mes de enero de 2015 ha solicitado la renuncia a la condición de funcionario con esta misma fecha;

Considerando:

Primero.–Que el artículo 63 del Estatuto Básico del Empleado Público contempla, como una de las causas de la perdida de la condición de funcionario, la Renuncia que será aceptada siempre que el funcionario lo manifieste por escrito y el mismo no esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado en su caso auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito, circunstancias favorables que reúne el solicitante.

Segundo.–Que el artículo 12 del Reglamento de los Procesos Selectivos y de Formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, atribuye al Secretario de Estado de Interior (hoy de Seguridad) la competencia para nombrar funcionarios de Carrera del Cuerpo Nacional de Policía, motivo por el cual puede considerarse competente para aceptar la renuncia a tal condición, con la que se extingue la relación funcionarial.

En atención a lo antedicho, esta Secretaría de Estado acuerda aceptar la renuncia formulada por don Roberto Sampayo Urtiaga, con número de Registro Personal 72703568 02QA 8347 y documento nacional de identidad 72703568 Q, a su condición de funcionario de carrera del Cuerpo Nacional de Policía, con pérdida de todos los derechos inherentes y causando baja en el citado Cuerpo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 y en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la disposición adicional 15.ª de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, podrá el interesado interponer recurso potestativo de reposición ante el Secretario de Estado de Seguridad, en el plazo de un mes, conforme a los artículo, 116 y 117 de la Ley 30/1992 (en su redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero), o bien, recurso contencioso- administrativo ante el Tribunal correspondiente en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 29 de enero de 2015.–El Secretario de Estado de Seguridad, P. D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Director General de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez.

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