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Documento BOE-A-2015-13708

Orden AEC/2724/2015, de 14 de diciembre, por la que se conceden becas de prácticas 2015-2016, para nacionales españoles con el título de Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales de la Escuela Diplomática.

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2015, páginas 118847 a 118848 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2015-13708

TEXTO ORIGINAL

En el BOE número 275, de 17 de noviembre de 2015, se publicó la Orden AEC/2426/2015, de 6 de noviembre, por la que se convoca el programa de becas de la convocatoria del programa de becas de prácticas 2015-2016, para nacionales españoles con el título de «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» de la Escuela Diplomática.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo noveno («Resolución del procedimiento de concesión y publicidad») de la citada orden, el Embajador-Director de la Escuela Diplomática, en su calidad de órgano instructor, formuló la propuesta definitiva al Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación que ha resuelto:

Primero.

Conceder con cargo a la aplicación presupuestaria, 12.01.23.141.M.483.00, cinco becas, del programa de becas de prácticas para nacionales españoles con el título de «Máster Interuniversitario en Diplomacia y Relaciones Internacionales» de la Escuela Diplomática, a don José Luis Fernández Cadavid, doña Mónica Miranzo Roy, doña Laura Lobato Escudero, doña María Fran Ruiz y don Sufyan Barhoum Najjar.

La dotación económica de estas becas, de acuerdo con las bases de la citada orden, consiste en:

1.000 € por alumno de dotación mensual.

Segundo.

De acuerdo con el artículo noveno, en su punto 5, se designa, por orden, como suplentes a doña Beatriz Sánchez Martínez, don Luis Escorihuela Pitarch, doña Verónica Martínez González, doña María Sánchez Santos y doña Sonia Gorris Dubón.

Tercero.

En cumplimiento del artículo 63.2, del Reglamento de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, se desestiman el resto de solicitudes.

Cuarto.

Contra esta resolución definitiva que pone fin a la vía administrativa, según lo establecido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Quinto.

Ordenar la publicación en el BOE de las becas reconocidas en esta resolución, en los términos previstos por la citada Orden ministerial AEC/2426/2015, de 6 de noviembre.

Madrid, 14 de diciembre de 2015.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, José Manuel García-Margallo Marfil.

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