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Documento BOE-A-2015-13422

Resolución de 13 de noviembre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Ética Animal, Delegación de la Fundación Animal Ethics en España.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 10 de diciembre de 2015, páginas 116789 a 116790 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-13422

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación «Ética Animal, Delegación de la Fundación Animal Ethics en España» en el Registro de Fundaciones del Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Hechos

Primero.

La Junta Directiva de la Fundación «Animal Ethics» de fecha 24 de julio de 2014, aprobó establecer una delegación de la mencionada fundación estadounidense en España.

Segundo.

Las circunstancias relativas a la Fundación matriz y a su Delegación en España que constan en el expediente son las siguientes:

Fundación matriz:

Denominación: Fundación «Animal Ethics INC».

Lugar de constitución: Nueva York (Estados Unidos).

Fines:

Proporcionar información a personas expertas y al público en general acerca de la capacidad de sentir de los animales, la consideración moral de los animales, el bienestar de animales domésticos y salvajes y otros asuntos relacionados.

Promover la discusión sobre cuál debería ser la relación de los seres humanos tanto con los animales domésticos como con los animales que viven en la naturaleza.

Proporcionar educación al público en general acerca de medios eficaces para la prevención de la crueldad hacia los animales y para ayudar a los animales en necesidad.

Delegación de la Fundación en España:

Denominación: «Ética Animal, Delegación de la Fundación Animal Ethics en España».

Escritura pública de establecimiento de delegación en España:

Consta en escritura pública número 1.542, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Segismundo Álvarez Royo-Villanova, el día 8 de mayo de 2015, en la que aparecen contenidas las circunstancias previstas en el artículo 4 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, habiendo quedado acreditado, entre otros extremos, que la fundación matriz ha sido válidamente constituida con arreglo a su ley personal y que el establecimiento de la delegación ha sido acordado por los órganos competentes de la fundación matriz.

Domicilio y ámbito de actuación:

El domicilio en España de la Delegación se establece en calle Simón Bolívar 3, 7.º F, 36203 Vigo (Pontevedra). La Fundación desarrollará principalmente sus actividades en todo el territorio del Estado.

Actividades:

La Delegación puede realizar todas aquellas actividades conducentes a la consecución de sus fines y objetivos.

Representante de la Delegación: Don Daniel Dorado Alfaro.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden AAA/838/2012, de 20 de abril, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Vicesecretaría General Técnica, la gestión de los actos y documentos correspondientes al Registro de Fundaciones relacionadas por su materia con el departamento.

Segundo.

Según el artículo 4.2 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, para la inscripción de la Delegación en España de la Fundación «Ética Animal, Delegación de la Fundación Animal Ethics en España» requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto al interés general de los fines de la fundación matriz con arreglo al ordenamiento jurídico español, procediendo en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación «Ética Animal, Delegación de la Fundación Animal Ethics en España», en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación «Ética Animal, Delegación de la Fundación Animal Ethics en España», domiciliada en calle Simón Bolívar, número 3, 7.º F, 36203 Vigo (Pontevedra), y el nombramiento del representante de dicha Delegación tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Madrid, 13 de noviembre de 2015.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), la Vicesecretaria General Técnica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, María Luz Gómez-Jover Torregrosa.

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