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Documento BOE-A-2015-12546

Resolución de 6 de noviembre de 2015, del Departamento de Justicia, por la que se modifica la de 16 de octubre de 2015, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo, como consecuencia de la implantación de la oficina judicial en Amposta.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 20 de noviembre de 2015, páginas 109670 a 109670 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2015-12546

TEXTO ORIGINAL

Considerando la necesidad de modificar la Resolución JUS/2341/2015, de 16 de octubre, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo como consecuencia de la implantación de la oficina judicial en Amposta, publicada en el DOGC núm. 6983, de 26.10.2015, y en el BOE núm. 256, de 26.10.2015;

Considerando la indisponibilidad del señor Esteve Barrios Figueres y de la señora Lídia Pino Mauri para formar parte de la Comisión de Valoración de este concurso especifico como secretario titular y secretaria suplente, respectivamente, resuelvo:

Modificar la base octava del anexo 1 de la citada Resolución, en el sentido de cambiar las personas que actuarán como secretario titular y secretaria suplente de la Comisión de Valoración, que serán las siguientes:

Titular: Joan Juan Aixà, funcionario del grupo A1 destinado en los Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Les Terres de l’Ebre.

Suplente: Immaculada Reverter Ejarque, funcionaria del grupo A2 destinada en los Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Les Terres de l’Ebre.

Información sobre los recursos que se pueden interponer.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Barcelona, o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14.1.2ª, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos a contar a partir del día siguiente de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique la resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente del día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Barcelona, 6 de noviembre de 2015.–El Consejero de Justicia, P. D. (Resolución JUS/1564/2015, de 8 de julio), el Secretario General, Enric Colet i Petit.

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