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Documento BOE-A-2015-12508

Resolución de 12 de noviembre de 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 17 de julio de 2015, por la que se establece la valoración y liquidación de los saldos de diferencias de medición en las redes de distribución de gas natural durante los años 2008 a 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2015, páginas 109516 a 109520 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2015-12508

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 17 de julio de 2015, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece la valoración y liquidación de los saldos de diferencias de medición en las redes de distribución de gas natural durante los años 2008 a 2012, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 176, de 24 de julio de 2015, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones en los términos que se expresan:

Primero.

Se sustituyen los siguientes párrafos del apartado cuarto de la página 62608:

Primer párrafo, donde dice:

«El resumen de los saldos anuales referidos en el apartado segundo se incluye en el apartado c.1 del anexo de la presente resolución.»

debe decir:

«El resumen de los saldos anuales referidos en el apartado tercero se incluye en el apartado c.1 del anexo de la presente resolución.»

Segundo párrafo, donde dice:

«Los cobros y pagos correspondientes a Iberdrola Distribución, S.A. han sido adicionados a los de Madrileña Red de Gas, S.A y Grupo Gas Natural Distribución en los porcentajes correspondientes al reparto de su retribución como consecuencia de su escisión y adquisición en el año 2012 por parte de estas compañías, estos porcentajes son del 2% y 98% respectivamente.»

debe decir:

«Los cobros y pagos correspondientes a Iberdrola Distribución, S.A. han sido adicionados a los de Madrileña Red de Gas, S.A y Grupo Gas Natural Distribución en los porcentajes correspondientes al reparto de su retribución como consecuencia de su escisión y adquisición en el año 2012 por parte de estas compañías, estos porcentajes son del 98% y 2% respectivamente.»

Segundo.

Se sustituyen las siguientes tablas del anexo de la resolución, incluidas en las páginas 62616 a 62619:

«b.3 Valoración del saldo de diferencias de medición (€). De 1 de junio 2010 a 31 de mayo 2011»

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

b.4 «Valoración saldo de diferencias de medición (€). De 1 de junio 2011 a 31 de mayo 2012»

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

c.1 Resumen de los saldos económicos (en €) 2008-2012.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

c.2 Resumen de cobros y pagos (€) 2008-2012.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Madrid, 12 de noviembre de 2015.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/11/2015
  • Fecha de publicación: 19/11/2015
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 17 de julio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-8309).

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