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Documento BOE-A-2015-12084

Corrección de errores de la Resolución de 30 de octubre de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca el Concurso Nacional "Una Constitución para todos" correspondiente al año 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 7 de noviembre de 2015, páginas 106033 a 106033 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-12084

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en la Resolución de 30 de octubre de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca el Concurso Nacional «Una Constitución para todos» correspondiente al año 2015, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 264, de fecha de 4 de noviembre de 2015, procede su corrección en el siguiente sentido:

En la página 104380, donde dice:

«Octavo. Instrucción del procedimiento.

5. La concesión de los premios se realizará por Resolución del Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, quien por delegación de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, de conformidad con lo establecido en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, (BOE del 9) resolverá la convocatoria en el plazo máximo de seis meses, que se contabilizarán a partir del día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes, debiendo incluir relación de los beneficiarios, expresando la cuantía concedida a cada uno, así como, en su caso, la desestimación y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación y justificación. Transcurrido el plazo de tres meses sin haberse dictado resolución, se considerará desestimada en aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto i) de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.»

Debe decir:

«5. La concesión de los premios se realizará por Resolución del Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, quien por delegación de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, de conformidad con lo establecido en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, (BOE del 9) resolverá la convocatoria en el plazo máximo de seis meses, que se contabilizarán a partir del día siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes, debiendo incluir relación de los beneficiarios, así como, en su caso, la desestimación y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación y justificación. Transcurrido el plazo de tres meses sin haberse dictado resolución, se considerará desestimada en aplicación de lo dispuesto en el apartado cuarto i) de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/11/2015
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 30 de octubre de 2015 (Ref. BOE-A-2015-11916).

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