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Documento BOE-A-2015-11012

Resolución de 29 de septiembre de 2015, de la Dirección General de Empleo, por la que se corrigen errores en la de 7 de agosto de 2015, por la que se registra y publica el Convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 2015, páginas 95157 a 95159 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2015-11012
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/09/29/(1)

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Convenio colectivo de la industria textil y de la confección, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Empleo de 7 de agosto de 2015, en el BOE número 200, de 21 de agosto.

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores.

En la página 75731, artículo 9. Comisión paritaria, apartado B), punto 3, cuarta línea, donde dice: «…de las actas que se levantes…»; debe decir: «…de las actas que se levanten…».

En la página 75741, artículo 28. Distribución irregular de la jornada, procedimiento A), punto 4, donde dice: «según el artículo 61 del Convenio»; debe decir: «según el artículo 52 del Convenio».

En la página 75751, artículo 52. Tablas salariales, punto 1, primera línea, donde dice: «Las retribuciones son las que constan en el Convenio anexo de cada subsector»; debe decir: «Las retribuciones son las que constan en el anexo de cada subsector».

En la página 75752, artículo 52. Tablas salariales, punto 3, tercera línea, donde dice: «antes del 30 de 30 de septiembre»; debe decir: «antes del 30 de septiembre».

En la página 75756, artículo 71, primer párrafo, segunda línea, donde dice: «… en los centros de trabajo cuya plantilla sea superior a 2 trabajadores-trabajadoras»; debe decir: «… en los centros de trabajo cuya plantilla sea superior a 250 trabajadores-trabajadoras».

En la página 75759, artículo 76. Empresas de más de 80 trabajadores o trabajadoras, punto 1, tercera línea, donde dice: «definidos en el artículo 89 del convenio»; debe decir: «definidos en el artículo 79 del convenio».

En los Anexos II (art. 4.º), III (art. 5.º), IV (art. 3 y art. 7.º), IX (art. 3.º), donde dice: «... Convenio General…», se ha de eliminar la palabra «General».

En la página 75774, anexo I, Fibras de recuperación 2015, Administración e informática, deben sustituirse los salarios del primer y segundo semestre de las siguientes categorías:

«Categoría

1.er semestre

2.º semestre

Salario día

Inc. euro

Salario día

Inc. euro

Of. 2.ª Adminis.

28,78

6,48

28,84

6,50

Of. Adminis. 1.ª

31,68

7,02

31,74

7,04

Jefe Sección Adminis.

34,11

7,51

34,18

7,52»

En las páginas 75790 a 75792, se han de publicar las tablas correspondientes al anexo IV. Industrias Auxiliares de la Textil (Ramo de Agua). Por omisión de la columna correspondiente al segundo semestre de 2015.

Ramo de Agua 2015

Área Producción

Grupo

Categorías

Primer semestre

Segundo semestre

Salario Día

Salario Mes

Salario Día

Salario Mes

A

Auxiliar.

29,85

907,64

29,91

909,44

B

Especialista.

34,48

1.048,79

34,55

1.050,87

C

Oficial.

 

1.143,26

 

1.145,53

D

Ayudantes técnicos.

 

1.238,55

 

1.241,02

Espampador.

 

1.238,55

 

1.241,02

Estampador maq. automática.

 

1.357,17

 

1.359,87

Contramaestre.

 

1.357,17

 

1.359,87

E

Tintorero-colorista.

 

1.499,70

 

1.502,69

Encargado.

 

1.499,70

 

1.502,69

F

Jefe de producción.

 

1.711,97

 

1.715,37

G

Director técnico.

 

1.947,28

 

1.951,15

Titulado superior.

 

1.947,28

 

1.951,15

Mantenimiento y Servicios Generales

Grupo Pro.

Categorías

Primer semestre

Segundo semestre

Día

Mes

Día

Mes

A

Auxiliar servicios generales.

29,85

907,64

29,91

909,44

B

Vigilante/portero.

34,48

1.048,79

34,55

1.050,87

Especialistas de oficios auxs.

36,03

1.096,28

36,10

1.098,47

Especialista de transporte.

36,03

1.096,28

36,10

1.098,47

C

Conductor segunda.

 

1.166,31

 

1.168,63

Oficial segunda servs. grales.

 

1.190,74

 

1.193,11

D

Conductor primera.

 

1.282,99

 

1.285,55

Oficial primera servs. grales.

 

1.332,17

 

1.334,82

E

Encargado secc.mantenimiento.

 

1.474,43

 

1.477,36

F

Jefe mantenimiento.

 

1.711,97

 

1.715,37

G

Titulado superior.

 

1.947,28

 

1.951,15

Administración e Informática

Grupo Pro.

Categorías

Primer semestre

Segundo semestre

Día

Mes

Día

Mes

B

Auxiliar administrativo.

34,48

1.048,79

34,55

1.050,87

C

Oficial 2.ª administrativo.

 

1.166,31

 

1.168,63

Operador de informatica.

 

1.166,31

 

1.168,63

D

Oficial 1.ª administrativo.

 

1.402,74

 

1.405,53

Programador informatico.

 

1.402,74

 

1.405,53

E

Jefe de sección administrativa.

 

1.544,15

 

1.547,23

Responsable de formación.

 

1.544,15

 

1.547,23

Programador-analista informat.

 

1.544,15

 

1.547,23

F

Jefe informatica.

 

1.758,08

 

1.761,58

Jefe de personal.

 

1.758,08

 

1.761,58

Jefe administración.

 

1.758,08

 

1.761,58

G

Director financiero.

 

1.947,28

 

1.951,15

Director de RR.HH.

 

1.947,28

 

1.951,15

Titulado superior.

 

1.947,28

 

1.951,15

Comercial

Grupo Pro.

Categorías

Primer semestre

Segundo semestre

Día

Mes

Día

Mes

C

Oficial ventas.

 

1.190,74

 

1.193,11

D

Tecnico ventas.

 

1.282,99

 

1.285,55

E

Jefe secc., delegacion o zona.

 

1.499,70

 

1.502,69

Modelo.

 

1.499,70

 

1.502,69

F

Jefe de ventas.

 

1.711,97

 

1.715,37

Tecnico comercial.

 

1.711,97

 

1.715,37

G

Director comercial.

 

1.947,28

 

1.951,15

Titulado superior.

 

1.947,28

 

1.951,15

I+D

Grupo Pro.

Categorías

Primer semestre

Segundo semestre

Día

Mes

Día

Mes

A

Auxiliar.

29,85

907,64

29,91

909,44

B

Especialista.

34,48

1.048,79

34,55

1.050,87

C

Oficial ayudante.

 

1.143,26

 

1.145,53

Oficial laboratorio.

 

1.143,26

 

1.145,53

Oficial control de calidad.

 

1.143,26

 

1.145,53

D

Tecnico desarrollo productos.

 

1.282,99

 

1.285,55

E

Tecnico tintorero.

 

1.499,70

 

1.502,69

F

Jefe desarrollo productos.

 

1.711,97

 

1.715,37

Jefe laboratorio.

 

1.711,97

 

1.715,37

Jefe control de calidad.

 

1.711,97

 

1.715,37

G

Titulado superior.

 

1.947,28

 

1.951,15

Madrid, 29 de septiembre de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/09/2015
  • Fecha de publicación: 13/10/2015
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en el Convenio publicado por Resolución de 7 de agosto de 2015 (Ref. BOE-A-2015-9372).
Materias
  • Confecciones
  • Convenios colectivos
  • Industria textil

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