De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, y en la Orden JUS/820/2015, de 10 de abril (BOE de 6 de mayo), por la que se convocaban a concurso de traslado puestos genéricos vacantes en los Institutos de Medicina Legal y Agrupaciones de Forensías del ámbito de competencia del Ministerio de Justicia, entre los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses, este Ministerio acuerda:
Resolver el concurso de traslado adjudicando los puestos convocados a los Médicos Forenses que se relacionan en el anexo I. Se declaran desiertos los puestos relacionados en el anexo II.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días naturales si no implica cambio de localidad del funcionario, ocho días si implica cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días si implica cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla en que el plazo será de un mes tanto si el puesto de trabajo es de origen como de destino. Cuando el adjudicatario de la plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo será de veinte días.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto de la plaza obtenida en el concurso.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo desde las situaciones de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 16 de septiembre de 2015.–El Ministro de Justicia, P. D. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), la Secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés Martín.
Adjudicatario |
DNI |
N.º orden |
Puesto adjudicado |
Puesto de origen |
---|---|---|---|---|
Rodríguez González, Lucía Amparo. |
7047157A |
1 |
Instituto de Medicina Legal de Badajoz. |
Instituto de Medicina Legal de Sevilla. |
Romero de la Cruz, Cristina. |
50863678Y |
80 |
Instituto de Medicina Legal de Órganos con Jurisdicción Estatal. Madrid. |
Instituto de Medicina Legal de Sevilla. |
Salas Bauza, Emilia. |
42972596V |
65 |
Instituto de Medicina Legal de Illes Balears. Dirección de Palma de Mallorca. |
Instituto de Medicina Legal de Illes Balears. Dirección de Palma de Mallorca. Adscripción Provisional. |
N.º orden |
Centro de destino |
Vacantes |
Denominación |
---|---|---|---|
2 |
Instituto de Medicina Legal de Albacete, Cuenca y Guadalajara. Dirección de Albacete. |
2 |
Médico Forense (Generalista). |
6 |
Nstituto de Medicina Legal de Albacete, Cuenca y Guadalajara. Subdirección de Cuenca. |
3 |
Médico Forense (Generalista). |
7 |
Nstituto de Medicina Legal de Albacete, Cuenca y Guadalajara. Subdirección de Guadalajara. |
4 |
Médico Forense (Generalista). |
17 |
Instituto de Medicina Legal de Ciudad Real y Toledo. Dirección de Toledo. |
5 |
Médico Forense (Generalista). |
4 |
Instituto de Medicina Legal de Ávila, Burgos, Segovia y Soria. Dirección de Burgos. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
15 |
Instituto de Medicina Legal de Ávila, Burgos, Segovia y Soria. Subdirección de Segovia. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
18 |
Instituto de Medicina Legal de Palencia, Salamanca y Valladolid. Dirección de Valladolid. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
19 |
Instituto de Medicina Legal de León y Zamora. Subdirección de Zamora. |
2 |
Médico Forense (Generalista). |
65 |
Instituto de Medicina Legal de Illes Balears. Dirección de Palma de Mallorca. |
3 |
Médico Forense (Generalista). |
66 |
Instituto de Medicina Legal de Illes Balears. Subdirección de Eivissa. |
2 |
Médico Forense (Generalista). |
67 |
Instituto de Medicina Legal de Illes Balears. Subdirección de Menorca. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
23 |
Agr. For. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 1 y 3 de Melilla. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
24 |
Agr. For. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 2 y 4 de Melilla. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
25 |
Agr. For. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción número 5 y Menores de Melilla. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
10 |
Instituto de Medicina Legal de Murcia. Dirección de Murcia. |
1 |
Médico Forense (Generalista). |
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