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Documento BOE-A-2014-9980

Orden ECD/1785/2014, de 8 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Educativa Activa-T.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2014, páginas 78341 a 78342 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-9980

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Educativa ACTIVA-T resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Javier Pagán Castaño, en Valencia, el 25 de julio de 2014, según consta en la escritura pública número 2623, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Valencia, don Alejandro Cervera Taulet.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Valencia, avenida Baleares, 34, C.P. 46023 y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000,00 euros). Totalmente desembolsada. Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a las escrituras públicas a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

– Ayudar a los docentes a crear en las aulas y los centros educativos un marco más propicio para el aprendizaje colectivo, estimulando el desarrollo de habilidades sociales, acercando la realidad a las aulas, aplicando técnicas de innovación pedagógica, utilizando la herramienta que propone pedagogía deliberativa y el aprendizaje basado en proyectos y promoviendo actividades que requieran la puesta en práctica de los conceptos adquiridos en las distintas asignaturas.

Quinto. Patronato.

Presidenta: Doña Susana Barrés Sebastiá.

Vocal: Doña Begoña Mateo Martínez.

Secretaria: Doña María Dulce Nombre Castaño Santa.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en virtud de la cual se delegan en el Secretario General Técnico competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones y 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, procediendo un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Educativa ACTIVA-T y su Patronato.

Madrid, 8 de septiembre de 2014.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Canal Muñoz.

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