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Documento BOE-A-2014-9613

Orden SSI/1696/2014, de 9 de septiembre, por la que se clasifica la Fundación Mamá Luna y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 22 de septiembre de 2014, páginas 73952 a 73953 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-9613

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Mamá Luna, resultan los siguientes:

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación Mamá Luna.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son los siguientes:

La asistencia, integración e inclusión social y laboral de colectivos desfavorecidos por encontrarse en riesgo o en situación de exclusión social por el motivo que fuere (discapacidad, género, cultura, raza, educación, etc.).

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Fortuny, n.º 47, puerta 2, 28010, Madrid, y desarrollará sus actividades en todo el territorio de España.

Fundadora: La mercantil Indop Activa, S.L.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por la mercantil fundadora.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Madrid, don Celso Méndez Ureña, el día 7 de marzo de 2014, con el número 1.124 de orden de su protocolo, complementada por otras escrituras otorgadas ante el mismo notario el día 10 de marzo de 2014, con el número 1.144 de orden de su protocolo y el día 27 de junio de 2014, con el número 3.254 de orden de su protocolo, incorporan el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta del Honor: Doña Luisa de Andrés Galindo.

Presidenta: Doña María Luisa Díaz de Andrés.

Vicepresidenta: Doña Elena Vicenta Díaz de Andrés.

Secretaria: Doña Marta García Rodulfo Díaz.

Vocales: Indop Activa, S.L., representada por don Rafael Mayor Díaz, doña Elena Mayor Díaz, doña María Belén Mayor Díaz, doña María del Pilar de Frutos Fernández, doña Marta Creus Olgado y doña María Teresa Infante Ruiz.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Mamá Luna, cuyos fines de interés general son, de asistencia e inclusión social y laboral, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1748.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 9 de septiembre de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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