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Documento BOE-A-2014-9551

Acuerdo de 30 de julio de 2014, del Gobierno de Navarra, por el que se dispone el cambio de denominación del municipio de Egüés por el de "Valle de Egüés".

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 19 de septiembre de 2014, páginas 73485 a 73486 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2014-9551

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Egüés ante la Dirección General de Administración Local de Navarra, de tramitación de la aprobación por el Gobierno de Navarra del cambio de denominación de dicho municipio por el de «Valle de Egüés».

El Ayuntamiento de Egüés ha remitido al Gobierno de Navarra el expediente administrativo que ha tramitado para el cambio de la denominación oficial de dicho municipio por la de «Valle de Egüés».

En el citado expediente obran el acuerdo municipal de fecha 12 de diciembre de 2013, por el que se aprueba inicialmente dicho cambio de denominación, el sometimiento de dicho Acuerdo al trámite de información pública durante el plazo de un mes (mediante su publicación en el Boletín Oficial de Navarra de 13 de febrero de 2014), y la aprobación definitiva del mismo por el Pleno de dicha entidad local, en sesión celebrada el día 3 de julio de 2014.

El articulo 21.1 de la Ley Foral de Administración Local de Navarra establece, en cuanto a los cambios de denominación, que «no puede realizarse cambio de denominación de un municipio si la que se pretende adoptar es idéntica a otra existente o puede producir confusión en la organización de los servicios públicos.»

En el expediente consta, por medio de certificado del Director del Servicio de Gestión y Cooperación Jurídica de la Dirección General de Administración Local, que en el Registro de Entidades Locales de Navarra no existe identidad de la denominación que se pretende adoptar con ninguna inscrita en el mismo.

La denominación propuesta («Valle de Egüés») se encuentra geográficamente fundamentada en que el municipio de Egüés es un municipio compuesto por los Concejos de Alzuza, Ardanaz, Azpa, Badostáin, Egüés, Elcano, Elía, Ibiricu, Olaz y Sagaseta.

En cuanto al procedimiento a seguir para el cambio de denominación, el artículo 22 de la Ley Foral de Administración Local señala que «los cambios de denominación de los municipios requieren el acuerdo del Ayuntamiento adoptado previa información pública por un plazo mínimo de un mes. El acuerdo deberá ser remitido a la Administración de la Comunidad Foral, para su aprobación por el Gobierno de Navarra, que se entenderá concedida si no recae resolución en el plazo de un mes.»

Es por esto que, no existiendo impedimento legal alguno para ello, procede la aprobación del cambio de denominación por el órgano competente para ello, es decir, por el Gobierno de Navarra.

Una vez aprobado por el Gobierno de Navarra, deberá darse traslado del mismo a la Administración General del Estado, a efectos de su inscripción en el Registro de las Entidades Locales, de conformidad con lo señalado en el artículo 25.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, inscripción que deberá realizarse también en el Registro de Entidades Locales de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Por ultimo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Foral 6/1990, del 2 de julio, de Administración Local de Navarra, que establece que «los cambios de denominación de los municipios solo tendrán carácter oficial cuando, tras su anotación en el Registro a que se refiere el articulo 14 de la Ley 7/1985, del 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se publiquen en el Boletín Oficial del Estado y en el de Navarra», se deberá proceder a la publicación del cambio de denominación aprobado en dichos Boletines Oficiales.

En su virtud, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, acuerda:

1.º Aprobar el cambio de denominación solicitado por el Ayuntamiento de Egüés, pasando a denominarse dicho municipio como «Valle de Egüés».

2.º Dar traslado del presente Acuerdo de cambio de denominación a la Administración General del Estado, a efectos de su inscripción en el Registro de Entidades Locales del Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas, así como proceder a su inscripción en el Registro de Entidades Locales de Navarra del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

3.º Proceder a su publicación, tras las inscripciones correspondientes, en los Boletines Oficiales del Estado y de Navarra.

4.º Notificar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Egüés.

Pamplona, 30 de julio de 2014.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Francisco Javier Morrás Iturmendi.

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