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Documento BOE-A-2014-9428

Orden AAA/1664/2014, de 10 de septiembre, por la que se modifica la Orden AAA/637/2014, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de medidas de apoyo para facilitar el acceso a la financiación de las explotaciones agrícolas.

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 15 de septiembre de 2014, páginas 72128 a 72129 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-9428

TEXTO ORIGINAL

El 23 de abril de 2014 se publicó la Orden AAA/637/2014, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de medidas de apoyo para facilitar el acceso a la financiación de las explotaciones agrícolas. El objetivo de esta orden es contribuir a paliar los efectos de determinadas adversidades acaecidas en 2013 que afectaron específicamente a las explotaciones agrícolas.

Por otra parte, en los últimos meses se han producido fuertes contrastes entre las precipitaciones registradas en áreas peninsulares con influencia atlántica, que han sido generosas, y las registradas en áreas donde domina la influencia del clima mediterráneo, especialmente en el sureste peninsular. En esta última zona las precipitaciones acumuladas desde el comienzo del año hidrológico y agronómico, el 1 de octubre, han sido escasas, principalmente en primavera, momento agronómicamente crítico en muchas producciones agrícolas.

La Orden AAA/637/2014, de 21 de abril, constituye un eficaz instrumento para mejorar el acceso a la financiación de las explotaciones afectadas por los efectos la sequía

A la vista de todo ello, y ante el previsible aumento de solicitudes de ayuda como consecuencia de la sequía, es necesario ampliar la dotación máxima prevista en la citada orden. También se considera oportuno aumentar el plazo para solicitar las ayudas, de forma que se facilite el acceso a las mismas del mayor número posible de beneficiarios.

Esta medida se ha determinado a partir de los datos más recientes disponibles sobre los efectos de las condiciones climatológicas de 2014 y sobre la situación general del sector agrícola.

En la elaboración de esta disposición se ha consultado a las comunidades autónomas y entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden AAA/637/2014, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de medidas de apoyo para facilitar el acceso a la financiación de las explotaciones agrícolas.

La citada Orden AAA/637/2014, de 21 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de medidas de apoyo para facilitar el acceso a la financiación de las explotaciones agrícolas, queda modificada de la siguiente forma:

Uno. El apartado 2 del artículo 4 se substituye, quedando redactado de la siguiente forma:

«2. El volumen máximo de capital avalado será de 60 millones de euros (60.000.000 €).»

Dos. El apartado 7 del artículo 5 se substituye, quedando redactado de la siguiente forma:

«7. El periodo de presentación de solicitudes de las ayudas finalizará el 10 de octubre de 2014.»

Tres. El artículo 6 se substituye, quedando redactado de la siguiente forma:

«Artículo 6. Financiación y condiciones:

1. La dotación máxima para esta línea de ayudas será de 2.757.053 € para todo el periodo de vigencia de los avales, que se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 23.01.451O.770 de los Presupuestos Generales del Estado, distribuidos en las siguientes anualidades: 990.000 € para 2014, 690.000 € para 2015, 529.912 € para 2016, 361.819 € para 2017 y 185.322 € para 2018.

2. La resolución y pago de las ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales del Estado para cada respectivo año.

3. Será causa de resolución de la concesión de las subvenciones la inexistencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de dicha concesión en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.»

Disposición adicional única. Adecuación del convenio de colaboración con SAECA.

Los convenios de colaboración a los que hace referencia la disposición adicional única de la Orden AAA/637/2014, de 21 de abril, que se hayan firmado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden, se adecuarán al contenido de la misma.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

Madrid, 10 de septiembre de 2014.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

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