Advertido error en Resolución de 24 de julio de 2014, de la Dirección General de Migraciones, por la que se convocan subvenciones de programas para atención a personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida y de protección temporal, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 186, de 1 de agosto de 2014, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 62053, en el anexo IV, Presupuesto programas cofinanciados por fondo de asilo migración e integración, donde dice: «Con respecto a los costes indirectos, se establece como tarifa fija el 7% del total de los costes directos. No podrán imputar costes indirectos las entidades que ya reciban una subvención de funcionamiento con cargo al presupuesto de la UE», debe decir: «Con respecto a los costes indirectos, se establece como tarifa fija el 8% del total de los costes directos. No podrán imputar costes indirectos las entidades que ya reciban una subvención de funcionamiento con cargo al presupuesto de la UE».
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