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Documento BOE-A-2014-8068

Resolución de 10 de julio de 2014, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que, en ejecución de sentencia, se anula el nombramiento de don Eduardo Gamero Casado como Catedrático de Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 183, de 29 de julio de 2014, páginas 60087 a 60087 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2014-8068

TEXTO ORIGINAL

Se dicta la presente resolución en ejecución de la sentencia de 6 de febrero de 2014 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el recurso de Apelación nº 281/2013, estimatoria de dicho recurso, en cuyo fallo se acuerda anular la Resolución desestimatoria del Recurso de Reposición deducido por don Javier Barnés Vázquez frente a la Resolución de la Universidad Pablo de Olavide de 29 de mayo de 2009 (BOE n.º 141, de 11 de junio de 2009), por la que se convocaba la plaza n.º 13/2009, así como la Resolución Rectoral de 1 de octubre de 2009 de la Universidad Pablo de Olavide por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Eduardo Gamero Casado.

Dado que en la 19.ª Sesión del Consejo de Gobierno de esta Universidad, celebrado el 9 de abril de 2014, se debatió sobre la ejecución de la meritada Sentencia, adoptándose, respecto al punto 8.º del orden del día, «Aprobar la subsanación del acto administrativo consistente en el acuerdo adoptado como punto cinco de la sesión 53 del Consejo de Gobierno, celebrada el 27 de mayo de 2009, en el sentido propuesto en el informe acerca de las condiciones de ejecución de la sentencia…», procediendo además acordar cuantas actuaciones sean necesarias en orden a regularizar la situación administrativa de don Eduardo Gamero Casado, al haber sido anulado su nombramiento como Catedrático de Universidad,

Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a la ley, ha resuelto que don Eduardo Gamero Casado, con documento nacional de identidad número 28714208-L, pase, a la situación funcionarial que ostentaba en el momento anterior a la toma de posesión, con los efectos económicos y administrativos que procedan.

Contra la presente Resolución Rectoral, podrá interponerse por los interesados recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que potestativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 10 de julio de 2014.–El Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

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