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Documento BOE-A-2014-7772

Orden SSI/1307/2014, de 7 de julio, por la que se clasifica la Fundación para la Acción Social por la Música y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 22 de julio de 2014, páginas 58735 a 58736 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2014-7772

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación para la Acción Social por la Música resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación para la Acción Social por la Música.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son los siguientes:

1. La asistencia social e inclusión de los niños y adolescentes desfavorecidos a través de las enseñanzas artísticas.

2. Promoción de la acción social entre todos los grupos sociales utilizando la música como herramienta de desarrollo humano y social.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en Madrid, en la calle Moreto, número 10, 1.º, CP 28014, y desarrollará sus actividades en ámbito nacional.

Fundador: Doña María Guerrero Sanz.

Dotación inicial: Treinta mil euros aportados por el fundador.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente. 22.500 euros.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante la notario de Madrid, doña María Eugenia Reviriego Picón, el día 9 de julio de 2013, con el número 762 de orden de su protocolo, modificada mediante escritura otorgada ante la misma notario, el día 4 de marzo de 2014, con el número 182 de orden de su protocolo, incorpora el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña María Guerrero Sanz.

Vicepresidenta: Doña Paula Eugenia Almansa Lapeira.

Vocales: Don José Luis Guerrero López, don Fernando Palacios Jorge y don Raul Morodo Leoncio.

Secretaria no patrono: Doña María Cecilia Fuenmayor de Suarez.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional,

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación para la Acción Social por la Música, cuyos fines de interés general son de asistencia e inclusión social y promoción de la acción social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1730.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 7 de julio de 2014.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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