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Documento BOE-A-2014-7420

Resolución de 27 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se acepta la renuncia a la condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, del Policía don Ignacio Fernández García.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 14 de julio de 2014, páginas 55165 a 55165 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2014-7420

TEXTO ORIGINAL

Vista la solicitud presentada por el Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Ignacio Fernández García, número de Registro Personal 3055632857 TA 8347 y documento nacional de identidad número 30556328 T, y

Resultando que don Ignacio Fernández García, en instancia de fecha 27 de junio de 2014, ha solicitado la renuncia a la condición de funcionario con fecha 30 de junio de 2014.

Considerando:

Primero.

Que el artículo 63 del Estatuto Básico del Empleado Público contempla, como una de las causas de la perdida de la condición de funcionario, la renuncia que será aceptada siempre que el funcionario lo manifieste por escrito y el mismo no esté sujeto a expediente disciplinario o haya sido dictado en su caso auto de procesamiento o de apertura de juicio oral por la comisión de algún delito, circunstancias favorables que reúne el solicitante.

Segundo.

Que el artículo 12 del Reglamento de los Procesos Selectivos y de Formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, atribuye al Secretario de Estado de Interior (hoy de Seguridad), la competencia para nombrar funcionarios del Carrera del Cuerpo Nacional de Policía, motivo por el cual puede considerarse competente para aceptar la renuncia a tal condición, con la que se extingue la relación funcionarial.

En atención a lo antedicho, esta Secretaría de Estado acuerda:

Aceptar la renuncia formulada por don Ignacio Fernández García, con número de Registro Personal 30556328 57TA 8347 y documento nacional de identidad 30556328 T, a su condición de funcionario de carrera del Cuerpo Nacional de Policía, con pérdida de todos los derechos adquiridos y causando baja en el citado Cuerpo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 y en la disposición adicional novena de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la disposición adicional 15, de la Ley 6/1997, de 14 de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, podrá el interesado interponer recurso potestativo de reposición ante el Secretario de Estado de Seguridad, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 (en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero); o bien, recurso contencioso administrativo ante el Tribunal correspondiente, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa.

Madrid, 27 de junio de 2014.–El Secretario de Estado de Seguridad, P.D. (Orden INT/985/2005, de 7 de abril), el Director General de la Policía, Ignacio Cosidó Gutiérrez.

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