Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-6511

Resolución de 12 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se adjudican ayudas para contratos predoctorales del programa "Salvador de Madariaga" en el Instituto Universitario Europeo de los subprogramas de Formación y de Movilidad incluidos en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 20 de junio de 2014, páginas 48348 a 48349 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-6511

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 19 de diciembre de 2013 («Boletín Oficial del Estado» de 4 de enero de 2014) se convocaron ayudas para contratos predoctorales del Programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo (IUE), de los subprogramas de Formación y de Movilidad incluidos en el Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.

Por Resolución de 18 de marzo de 2014 de la Dirección General de Política Universitaria, se publicó la selección de la primera fase de ayudas para contratos predoctorales del Programa «Salvador de Madariaga», convocada por Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades de 19 de diciembre de 2013.

De conformidad con el artículo 26.4 de la convocatoria, la Comisión Mixta, compuesta paritariamente por representantes del IUE y de la Dirección General de Política Universitaria, ha elevado la relación priorizada de las solicitudes seleccionadas en la primera fase, de acuerdo con la puntuación obtenida por la aplicación de los criterios que señala el artículo 26.3 de la convocatoria.

Por ello, se ha resuelto:

Primero.

Conceder las ayudas para contratos predoctorales del programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia que se relacionan en el anexo de la presente resolución.

Las solicitudes no contenidas en el anterior anexo se considerarán denegadas o desestimadas.

Segundo.

Las ayudas concedidas por esta resolución tendrán una duración máxima de cuarenta y ocho meses, sin perjuicio de los resultados de los informes de evaluación de las memorias anuales.

Tercero.

La incorporación de los beneficiarios se producirá en el plazo establecido para el curso académico por el Instituto Universitario Europeo de Florencia, siempre que se haya acreditado lo dispuesto en el artículo 24.1.b) de la convocatoria. Las altas se tramitarán a través de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) como entidad colaboradora española.

Cuarto.

En aplicación del artículo 26.6 de la convocatoria, se facilitarán a los solicitantes que lo requieran las puntuaciones obtenidas en los diferentes criterios de evaluación y selección establecidos en la convocatoria.

Quinto.

El gasto resultante de las concesiones asciende a 696.494,08€ para los cuatro años de contrato, que será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.01 de los Presupuestos Generales del Estado con la siguiente estimativa por anualidades: 70.316,48€ en el ejercicio 2014, 194.149,44€ en el ejercicio 2015, 204.372,16€ en el ejercicio 2016, 168.337,60€ en el ejercicio 2017 y 59.318,40€ en el ejercicio 2018.

Igualmente, por gastos de gestión a abonar a Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), se imputarán a la aplicación presupuestara 18.07.463A.788.06, 8.000,00€ con la siguiente distribución por anualidades: 2.000€ en el ejercicio 2014, 2.000€ en el ejercicio 2015, 2.000€ en el ejercicio 2016 y 2.000€ en el ejercicio 2017.

Las renovaciones de los contratos, quedarán sujetas al informe favorable de la memoria de seguimiento a la que se refiere el artículo 28 de la convocatoria y a la resolución de concesión de dichas renovaciones de conformidad con la correspondiente convocatoria.

Sexto.

Los beneficiarios de las ayudas concedidas en la presente resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen el programa y que se indican en la mencionada Resolución de la convocatoria del programa.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 12 de junio de 2014.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

ANEXO

Nombre y apellidos

Solicitud

Ponencia

Puntuación 1.ª fase

Puntuación 2.ª fase

Puntuación final

Alicia Isabel Saavedra Bazaga

IUE2014/00019

Derecho.

3,75

3

6,75

Carmen García Galindo

IUE2014/00014

Economía.

3,5

3

6,5

Clara Martínez-Toledano Toledano

IUE2014/00164

Economía.

3,25

3

6,25

Riccardo Ciacci

IUE2014/00138

Economía.

2,75

2,5

5,25

Guillem Adria Vidal Lorda

IUE2014/00153

Ciencias Sociales.

5,75

3

8,75

Irene Sánchez Vítores

IUE2014/00137

Ciencias Sociales.

5,75

3

8,75

Pablo Hernández Sau

IUE2014/00054

Historia y Arte.

5,95

3

8,95

Gaël Sánchez Cano

IUE2014/00073

Historia y Arte.

5,35

3

8,35

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid