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Documento BOE-A-2014-5919

Resolución de 14 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se modifica la de 6 de marzo de 2014, por la que se conceden ayudas para estancias breves en otros centros españoles y extranjeros o traslados temporales a centros extranjeros a beneficiarios en activo de ayudas ordinarias del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2014, páginas 42759 a 42761 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-5919

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 6 de marzo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo de 2014, se concedieron las ayudas para estancias breves en otros centros en España y en el extranjero y traslados temporales a centros extranjeros, convocadas por resolución de 18 de noviembre de 2013 de la misma Secretaría de Estado, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 21.

Advertidos errores en el anexo I de la anterior resolución, procede su corrección. En consecuencia, se dispone:

Primero.

Donde dice:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Debe decir:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Segundo.

Donde dice:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Debe decir:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La presente resolución modifica los importes concedidos para las Estancias Breves contenidas en el anexo I, siendo el nuevo importe de 2.259.202 euros (dos millones doscientos cincuenta y nueve mil doscientos dos euros).

Asimismo, modifica el gasto total resultante de las concesiones de la Resolución de 6 de marzo de 2014, siendo el nuevo importe estimado de 2.461.585 euros (dos millones cuatrocientos sesenta y un mil quinientos ochenta y cinco euros).

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

Madrid, 14 de mayo de 2014.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Federico Morán Abad.

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