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Documento BOE-A-2014-5889

Orden AAA/919/2014, de 23 de mayo, por la que se establece un nuevo plazo en el año 2014 para la presentación de solicitudes de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 4 de junio de 2014, páginas 42684 a 42684 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-5889

TEXTO ORIGINAL

El artículo 5.2 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, dispone que las solicitudes puedan presentarse anualmente antes del 30 de abril, según la convocatoria específica.

En función de la documentación a presentar y de la distribución territorial de las subvenciones, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, alguna comunidad autónoma no ha podido, dentro de dicho plazo límite, publicar la correspondiente convocatoria. Por ello, es preciso conceder un nuevo plazo para la presente campaña, hasta el 31 de julio de 2014. Lógicamente, la apertura de plazo no producirá efectos respecto de aquellas convocatorias ya publicadas.

Esta orden se dicta de acuerdo con la habilitación establecida en la disposición final tercera del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril.

En el procedimiento de elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Nuevo plazo de presentación de solicitudes en el año 2014 de las subvenciones estatales reguladas en el Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.

Durante el año 2014, el plazo que figura en el artículo 5.2 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, queda establecido hasta el día 31 de julio de 2014, inclusive.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de mayo de 2014.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

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