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Documento BOE-A-2014-5543

Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo de Partnerwork Solutions, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 27 de mayo de 2014, páginas 40187 a 40188 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-5543
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/05/13/(10)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 2 de enero de 2014 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del Convenio colectivo de la empresa Partnerwork Solutions, S.L. (código de convenio número 90100882012012), que fue suscrito, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en su representación, y, de otra, por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de mayo de mayo de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Acta de la reunión para la revisión de las tablas salariales de 2014 del Convenio Colectivo de la Empresa PartnerWork

Representación empresarial:

– Don Óscar del Pozoa Jiménez.

Representación sindical:

– Sindicato USO:

• Don Alberto Villanueva Plaza.

• Don Juan Alberto Puga Albornoz.

• Don Pascual Pons Armengol.

En Madrid, a 2 de enero de 2014, siendo las doce horas, se reúnen las personas anteriormente relacionadas en representación de las partes negociadoras y firmantes del Convenio Colectivo.

La reunión tiene lugar en la sede de la empresa Partnerwork Solutions, S.L., sita en avenida de Castilla, 2, edif. Dublín 2.ª planta, 28830 San Fernando de Henares.

Actúa como Secretario de Actas, don Francisco Javier Sánchez Pérez.

Se adoptan los siguientes acuerdos:

a) Actualización de las tablas salariales 2013, con el incremento salarial del 0,3 por 100 equivalente al IPC real 2013.

Aprobar para el año 2014 un incremento salarial del 0,9 por 100, equivalente al IPC previsto para el año 2014.

Todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del vigente convenio colectivo (según tablas adjuntas).

b) Igualmente, se aprueba el importe correspondiente al Plus Transporte para el año 2014 que queda fijado en 30,00 euros, de manera general, para todos los trabajadores de operaciones que reúnan las condiciones establecidas en el Convenio Colectivo.

Hasta la fecha, el importe del Plus de Transporte no estaba incorporado al Convenio Colectivo, dado que el artículo 36 a) del Convenio hace referencia a unas tablas que nunca llegaron a aprobarse por las partes. El abono, por tanto, se hacía hasta la fecha a tanto alzado de manera unilateral por parte de la empresa, sin derecho del trabajador a consolidar el importe del mismo y de manera desigual para cada servicio.

c) Adoptar el acuerdo de que la empresa pueda utilizar en los recibos de salarios el concepto de «a cuenta de convenio», al objeto de poder minimizar el impacto de la subida salarial potencial o prevista para el año siguiente, mediante el abono adelantado de una parte de la misma.

El indicado concepto no podrá ser compensado de manera negativa para el trabajador, de manera que si el importe del IPC real fuese inferior a las cantidades abonadas por este concepto, la diferencia no podrá detraerse del salario del trabajador. En todo caso, la empresa podrá compensarlo con las subidas salariales de años posteriores, con el tope del importe del salario vigente en cada momento.

d) Facultar expresamente a don Francisco Javier Sánchez Pérez para que realice las gestiones necesarias, conducentes a la presentación, registro, publicación y depósito del presente Acta de actualización de tablas salariales.

En prueba de conformidad se firma la presente acta por los asistentes en el lugar y fecha de su encabezamiento.

Firma de los presentes.

 

2013

Previsión 2014

IPC real 2013 fue 0,3%

Previsión 2014 del IPC 0,9%

Salario anual

Salario mensual

14 pagas

Precio hora

Hora Extra

Plus nocturnidad

Salario anual

Salario mensual

14 pagas

Precio hora

Hora Extra

Plus nocturnidad

Grupo I.

Nivel 1

15.446,20 €

1.103,30 €

8,58 €

9,31 €

10,72 €

15.585,22 €

1.113,23 €

8,66 €

9,39 €

10,82 €

Nivel 2

14.042,00 €

1.003,00 €

7,80 €

8,46 €

9,75 €

14.168,38 €

1.012,03 €

7,87 €

8,53 €

9,84 €

Nivel 3

12.637,80 €

902,70 €

7,02 €

7,61 €

8,78 €

12.751,54 €

910,82 €

7,08 €

7,68 €

8,86 €

Nivel 4

11.233,60 €

802,40 €

6,24 €

6,77 €

7,80 €

11.334,70 €

809,62 €

6,30 €

6,83 €

7,87 €

Nivel 5

10.531,50 €

752,25 €

5,85 €

6,35 €

7,31 €

10.626,28 €

759,02 €

5,90 €

6,41 €

7,38 €

Nivel 6

9.829,40 €

702,10 €

5,46 €

5,92 €

6,83 €

9.917,86 €

708,42 €

5,51 €

5,97 €

6,89 €

Grupo II.

Nivel 1

15.446,20 €

1.103,30 €

8,58 €

9,31 €

10,72 €

15.585,22 €

1.113,23 €

8,66 €

9,39 €

10,82 €

Nivel 2

14.042,00 €

1.003,00 €

7,80 €

8,46 €

9,75 €

14.168,38 €

1.012,03 €

7,87 €

8,53 €

9,84 €

Nivel 3

12.637,80 €

902,70 €

7,02 €

7,61 €

8,78 €

12.751,54 €

910,82 €

7,08 €

7,68 €

8,86 €

Nivel 4

11.233,60 €

802,40 €

6,24 €

6,77 €

7,80 €

11.334,70 €

809,62 €

6,30 €

6,83 €

7,87 €

Nivel 5

10.531,50 €

752,25 €

5,85 €

6,35 €

7,31 €

10.626,28 €

759,02 €

5,90 €

6,41 €

7,38 €

Nivel 6

9.829,40 €

702,10 €

5,46 €

5,92 €

6,83 €

9.917,86 €

708,42 €

5,51 €

5,97 €

6,89 €

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/05/2014
  • Fecha de publicación: 27/05/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 25 de junio de 2012 (Ref. BOE-A-2012-9264).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de servicios

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