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Documento BOE-A-2014-5019

Resolución de 21 de abril de 2014, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con el Decreto-Ley 6/2013, de 23 de diciembre, por el que se modifica la Ley 22/2010, de 20 de junio, del Código de consumo de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 12 de mayo de 2014, páginas 37299 a 37299 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-5019

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.

Madrid, 21 de abril de 2014.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.

ANEXO
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con el Decreto-ley 6/2013, de 23 de diciembre, por el que se modifica la Ley 22/2010, de 20 de junio, del Código de Consumo de Cataluña

La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 21 de marzo de 2014, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Primero.

Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con el Decreto-ley 6/2013, de 23 de diciembre, por el que se modifica la Ley 22/2010, de 20 de junio, del Código de Consumo de Cataluña.

Segundo.

Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.

Tercero.

Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 1 de abril de 2014, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».

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