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Documento BOE-A-2014-203

Resolución de 27 de diciembre de 2013, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2014, páginas 836 a 843 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2014-203

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, los Estatutos de la Universidad de Huelva y la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008,

Atendiendo a la tasa de reposición de efectivos fijada en un máximo del 10% por el artículo 23.Uno.2 de la Ley17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (BOE de 28 de diciembre), y a lo dispuesto en el artículo 11.1 de la Ley 5/2012, de 26 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2013 (BOE del 31), y una vez obtenida la autorización según Orden de 27 de diciembre de 2013, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en los términos establecidos por la legislación vigente, según lo dispuesto en el Decreto 54/2013, para la convocatoria de una plaza de los Cuerpos Docentes Universitarios, como ejecución de la tasa de reposición del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Huelva correspondiente al año 2013,

Este Rectorado, ha resuelto convocar a concurso de acceso la plaza de Cuerpos Docentes Universitarios que se relaciona en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

1. Legislación

Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, los Estatutos de la Universidad de Huelva y la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008, y en lo no previsto se regirá por la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado, así como por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14/01/1999), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Requisitos de los concursantes

2.1 Para ser admitido a los citados concursos se requieren los siguientes requisitos generales:

2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta esté definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

2.1.2 Tener cumplidos 16 años y no haber superado los setenta años de edad.

2.1.3 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.4 No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

2.2 Además los concursantes deberán cumplir el requisito de estar acreditado para el cuerpo, rama y área de conocimiento, de la plaza convocada (Anexo I) o ser funcionario del correspondiente cuerpo, rama y área de conocimiento, o de cuerpos docentes universitarios de iguales o superiores categorías. Asimismo, podrán presentarse al concurso quienes resultaran habilitados o habilitadas conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regulaba el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos. A su vez se entenderá que los habilitados y habilitadas para Catedrático o Catedrática de Escuela Universitaria lo están para Profesor o Profesora Titular de Universidad.

2.3 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 y 2.2 deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en el concurso remitirán la correspondiente solicitud al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva, C./ Doctor Cantero Cuadrado, 21071, Huelva, por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación oficial de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, mediante instancia debidamente cumplimentada, según el modelo incluido como Anexo II.

Se acompañará a esta solicitud los siguientes documentos que acrediten que reúnen los requisitos para participar en el concurso de acceso, compulsados por los órganos administrativos que hubieran emitido los originales o bien los responsables del Registro General del órgano que haya de tramitarlos (arts. 22 y 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, BOJA de 26 de octubre de 1995).

a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Fotocopia de las Certificaciones que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos señalados en la base 2.2 para participar en el concurso de acceso:

b.1) Certificado de Acreditación Nacional expedido por el Ministerio de Educación.

b.2) Resolución favorable expedida por la ANECA.

b.3) Solicitud de acreditación presentada en la ANECA.

Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Huelva, la cantidad de 35 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse en cualquier sucursal del Banco de Santander en la cuenta 0049 1009 30 2810001042, haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, D.N.I./N.I.F./Pasaporte y número de orden de la plaza a la que concursa.

A la instancia-currículum deberá adjuntarse el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes

Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Huelva dictará resolución por la que se declarará aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del concurso, publicándose en el tablón de anuncios de la Unidad de Planificación Docente del Vicerrectorado de Asuntos Económicos, Ordenación Académica y Profesorado, sita en la primera planta del edificio anexo al Rectorado, y en la página web de la Universidad de Huelva, con indicación del motivo de la exclusión, en su caso, y advirtiendo que de no subsanarlo en el plazo improrrogable de 10 días naturales se le declarará decaído en su derecho. Asimismo, esta resolución se notificará a todos los interesados.

Finalizado el plazo de subsanaciones, y una vez resueltas éstas si las hubiere, el Sr. Rector dictará Resolución por la que se eleva a definitiva la lista de aspirantes admitidos y excluidos, a la que se dará publicidad de la forma prevista anteriormente, comunicándose al Presidente de la Comisión encargada del concurso de acceso.

Contra la resolución que finalmente recaiga se podrá interponer recurso en los términos previstos en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14/01/1999), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5. Comisiones

5.1 La composición de la Comisión es la que figura en el Anexo I de esta convocatoria. Los currículos de los miembros de la misma pueden ser consultados en la página Web «http://www.uhu.es/planificacion_personal_docente».

5.2 La constitución, la ausencia de alguno de sus miembros, la adopción de acuerdos y las asistencias e indemnizaciones, se regularán de acuerdo con lo establecido en la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la Universidad de Huelva, de 25 de febrero de 2008.

5.3 La Comisión deberá constituirse dentro del plazo máximo de dos meses desde la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, por lo que el Presidente, previa consulta a los restantes miembros de las mismas, dictará una resolución que deberá ser notificada a todos los interesados con una antelación mínima de 15 días naturales, respecto de la fecha del acto para el que se les cita, convocando a:

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma. En la notificación se indicará el día, hora, y lugar previstos para el acto de constitución.

b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de presentación de los concursantes, con señalamiento del día, hora y lugar de celebración de dicho acto; a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de 1 día hábil.

5.4 En el acto de constitución, la Comisión procederá a fijar y hacer públicos los criterios para la adjudicación de las plazas.

En el mismo acto el Presidente de la Comisión hará público el plazo fijado por aquella para que cualquier concursante pueda examinar la documentación presentada por los restantes concursantes con anterioridad al inicio de la prueba.

La publicidad de las actuaciones de la Comisión tendrá lugar en el tablón de anuncios del lugar donde se realiza el acto.

6. Documentación a presentar por los concursantes

6.1 En el acto de presentación los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión la siguiente documentación:

a) Currículum vitae, por quintuplicado, y un ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.

b) Proyecto Docente e Investigador, por quintuplicado, que el concursante se propone desarrollar de serle adjudicada la plaza a la que concursa; dicho proyecto se ajustará a las especificaciones establecidas por la Universidad en la convocatoria.

6.2 Antes del comienzo de la tercera prueba, cada concursante entregará al Presidente de la Comisión un resumen o guión escrito, por quintuplicado, del trabajo de investigación, que se expondrá en dicha prueba.

Los documentos anteriores permanecerán depositados durante un plazo de dos meses desde la fecha de la propuesta de la Comisión, salvo que se interponga algún recurso, en cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis meses adicionales sin que el interesado hubiera retirado dicha documentación, la Universidad podrá disponer su destrucción.

7. Acto de presentación

En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión los documentos especificados en el apartado anterior y recibirán cuantas instrucciones sobre la celebración de las pruebas deban comunicárseles. Asimismo, se determinará mediante sorteo, el orden de actuación de los concursantes y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

Las pruebas comenzarán dentro del plazo de 15 días naturales, a contar desde el día del acto de presentación.

Los concursantes o la Universidad de Huelva podrán solicitar de los entes públicos y privados en los que aquellos presten, o hayan prestado sus servicios, la emisión de un informe individualizado sobre la actividad desarrollada por los concursantes y su rendimiento, el cual será remitido directamente a la Comisión. Asimismo, la Universidad de Huelva, a instancias de la Comisión y por unanimidad de sus miembros, podrá recabar informes de especialistas sobre los méritos alegados por los concursantes.

Respecto a los informes solicitados por los concursantes, la Comisión los valorará únicamente en el caso de que consten en su poder antes del comienzo de la prueba. En cualquier caso, los informes no tendrán carácter vinculante y se adjuntarán al acta del concurso.

8. Desarrollo y valoración de las pruebas

El procedimiento será público y consistirá en tres pruebas.

8.1 La primera prueba consistirá, en general, en la exposición oral de los méritos e historial académico, docente e investigador alegados, junto con la defensa del proyecto docente e investigador presentado por el concursante. La prueba deberá realizarse durante un tiempo máximo de noventa minutos para cada concursante. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante sobre sus méritos, historial académico e investigador, y sobre el proyecto docente e investigador, durante un tiempo máximo de dos horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente establecidos por la Comisión, valorando los méritos e historial académico, docente e investigador, así como el proyecto docente e investigador, alegado y defendido por cada concursante.

A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, no siendo posible la abstención, para determinar el paso de los concursantes a las pruebas sucesivas. No pasarán a la siguiente prueba los concursantes que no obtengan, al menos, tres votos favorables.

8.2 La segunda prueba consistirá en la exposición oral de un tema del programa presentado por el concursante, elegido por éste, durante un tiempo máximo de una hora. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante acerca de los contenidos expuestos, la metodología a utilizar y todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el tema, durante un tiempo máximo de dos horas. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado valorando los contenidos y metodología expuestos por cada uno de los concursantes. A la vista de los informes, la Comisión procederá a una votación, sin que sea posible la abstención, para determinar el paso a la tercera prueba. No pasarán a la siguiente prueba los concursantes que no obtengan, al menos, tres votos favorables.

8.3 La tercera prueba consistirá en la exposición oral por el concursante, durante un tiempo máximo de 60 minutos, de un trabajo original de investigación realizado por éste, sólo o en equipo. Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el referido trabajo, durante un tiempo máximo de dos horas. Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado valorando los contenidos y metodología expuestos por cada uno de los concursantes.

A la vista de los tres informes, la Comisión procederá a la votación, sin que sea posible la abstención.

9. Propuesta de la Comisión

9.1 Una vez celebrado el concurso, la Comisión hará público el resultado de la evaluación de cada concursante, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados.

9.2 La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los concursantes por orden de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas convocadas a concurso.

9.3 El Rector procederá a los nombramientos conforme a la propuesta realizada, ordenará su inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», así como su comunicación al Consejo de Universidades.

9.4 En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento, el concursante propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario o funcionaria del cuerpo docente universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.

9.5 La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra Universidad.

9.6 Contra la propuesta de la Comisión los concursantes podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de 10 días hábiles, que será valorada por la Comisión de Reclamaciones a que se refiere el artículo 7 de la Normativa para la Regulación del Régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios de la Universidad de Huelva y el art. 10 del R.D. 1313/2007 de 5 de octubre.

Admitida a trámite la reclamación se suspenderán los nombramientos hasta su resolución definitiva.

10. Nombramientos

El concursante propuesto para la provisión de la plaza deberá presentar en el Registro General de la Universidad de Huelva en el plazo de 20 días siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos que acrediten reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, así como:

a) Fotocopia compulsada según lo previsto en los arts. 22 y 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, BOJA de 26 de octubre de 1995, del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea, declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos de carrera estarán exentos de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación acreditativa, del Ministerio u organismo del que dependan, de su condición de funcionarios y de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Contra la presente Resolución Rectoral, los interesados podrán interponer recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (B.O.E. de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso Contencioso-Administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Huelva, 27 de diciembre de 2013.–El Rector, Francisco Ruiz Muñoz.

ANEXO I
Profesores Titulares de Universidad

Clase de Convocatoria: Concurso de acceso

Plaza número 1

Departamento: Filología Española y sus Didácticas.

Área de conocimiento: Lengua Española.

Actividad a realizar: Perfil Docente: Impartir docencia de la asignatura «Lingüística» del Grado en Filología Hispánica y del Grado en Estudios Ingleses.

Perfil investigador: Biolingüística.

Número de plazas: Una.

Comisión Titular:

Presidente: D. Julio Borrego Nieto, Catedrático de Universidad de la Universidad de Salamanca.

Secretaria: Dña. M.ª Amor Pérez Rodríguez, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Huelva.

Vocal Primera: Dña. Carmen Victoria Marrero Aguiar, Catedrática de Universidad de la UNED.

Vocal Segunda: Dña. M.ª Teresa Solias Arís, Profesora Titular de Universidad de la Universidad de Valladolid.

Vocal Tercero: D. José Luis Mendívil Giró, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Zaragoza.

Comisión Suplente:

Presidente: D. Luis M.ª Gómez Canseco, Catedrático de Universidad de la Universidad de Huelva.

Secretario: D. Luis J. Eguren Gutiérrez, Catedrático de Universidad de la Universidad Autónoma de Madrid.

Vocal Primero: D. Guillermo Lorenzo González, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Oviedo.

Vocal Segundo: D. Sergio Balari Ravera, Profesor Titular de Universidad de la Universidad Autónoma de Barcelona.

Vocal Tercero: D. Víctor Manuel Longa Martínez, Profesor Titular de Universidad de la Universidad de Santiago de Compostela.

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