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Documento BOE-A-2014-1726

Orden IET/228/2014, de 5 de febrero, por la que se autoriza la modificación del programa de trabajos en los permisos de investigación de hidrocarburos "Tesorillo" y "Ruedalabola".

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2014, páginas 15448 a 15449 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Referencia:
BOE-A-2014-1726

TEXTO ORIGINAL

Los permisos de investigación de hidrocarburos «Tesorillo» y «Ruedalabola» fueron otorgados, mediante el Real Decreto 1771/2010, de 23 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 19, de fecha 22 de enero de 2011, a favor de las sociedades Schuepbach Energy España, S.L.U. (85 %), y Vancast Exploration, S.L. (15 %).

Mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 11 de enero de 2013, se autorizó la concentración de trabajos e inversiones entre los permisos de investigación de hidrocarburos «Tesorillo» y «Ruedalabola».

Por la Orden IET/283/2013, de 22 de enero, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 46, de fecha 22 de febrero de 2013, se autorizó la modificación del programa de trabajos en los permisos.

Con fecha 27 de noviembre de 2013, el operador, Schuepbach Energy España, S.L.U., solicitó una modificación del programa de trabajos, establecido en el artículo 1.º de la citada Orden IET/283/2013, de 22 de enero, de tal manera que durante el cuarto año de vigencia de los permisos, se adquiriría un estudio magnetotelúrico en lugar de la campaña sísmica prevista, sin menoscabo de las inversiones comprometidas.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, el órgano competente podrá modificar el programa de trabajo.

La argumentación de dicha solicitud se basa en la necesidad de información geofísica adicional para mejorar el diseño del sondeo previsto realizar. La falta de resolución de la sísmica convencional, por la complejidad geológica de la zona, una vez reprocesada e interpretada la sísmica existente, crea incertidumbre sobre la disposición geológica del subsuelo. Mediante este otro método geofísico, el magnetotelúrico, ante la experiencia en otras zonas con problemas geológicos similares a los de los permisos, se pretende obtener dicha información.

Examinada la solicitud, teniendo en cuenta lo anterior y vista la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; el Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Exploración de Hidrocarburos de 27 de junio de 1974; el Real Decreto 1771/2010, de 23 de diciembre; la Orden IET/283/2013, de 22 de enero, resuelvo:

Primero.

Se autoriza la modificación del programa de trabajos para los permisos de investigación de hidrocarburos «Tesorillo» y «Ruedalabola», otorgados mediante Real Decreto 1771/2010, de 23 de diciembre, y modificado por Orden IET/283/2013, de 22 de enero, de la siguiente manera:

Cuarto año: Adquisición de una campaña magnetotelúrica y/o reentrada o perforación de un sondeo. Definición de modelo geológico (geología estructural, estratigrafía, evaluación de las rocas almacén, interpretación sísmica, etc.).

Segundo.

La inversión mínima a invertir en el área conjunta de trabajo, durante los seis años de vigencia, ascenderá a 2.694.585,28 euros. Como cómputo de las inversiones para el caso de renuncia parcial o total, serán las establecidas en el Real Decreto 1771/2010, de 23 de diciembre, de otorgamiento de los permisos de investigación de hidrocarburos. «Tesorillo» y «Ruedalabola».

Tercero.

Esta orden surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo con arreglo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 5 de febrero de 2014.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, P.D. (Orden IET/556/2012, de 15 de marzo), el Secretario de Estado de Energía, Alberto Nadal Belda.

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