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Documento BOE-A-2014-170

Resolución de 16 de diciembre de 2013, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con el Decreto-ley 1/2010, de 7 de enero, del Consell, de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia, y en relación con la Ley 2/2010, de 31 de marzo, de la Generalitat, de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 7 de enero de 2014, páginas 671 a 672 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-170

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,

Esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.

Madrid, 16 de diciembre de 2013.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con el Decreto-Ley 1/2010, de 7 de enero, del Consell, de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia, y en relación con la Ley 2/2010, de 31 de marzo, de la Generalitat, de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en su reunión celebrada el día 12 de noviembre de 2013, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1.º Considerar solventada la controversia suscitada ante el Tribunal Constitucional en relación con el Decreto-Ley 1/2010, de 7 de enero, del Consell, de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia, y en relación con la Ley 2/2010, de 31 de marzo, de la Generalitat, de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia, en razón de los compromisos siguientes asumidos por ambas partes:

A) El Gobierno de la Generalitat Valenciana se compromete a presentar en el Parlamento Autonómico, en el plazo de tres meses, un proyecto de ley de derogación de la Ley 2/2010, de 31 de marzo, de la Generalitat, de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia.

B) Ambas partes se comprometen a estudiar, junto con el Ayuntamiento de Valencia, las fórmulas que permitan promover una adaptación del PEPRI que garantice la protección de los valores histórico-artísticos que motivaron la protección del Cabanyal, en los términos previstos en la Orden CUL/3631/2009, de 29 de diciembre. Los trabajos de estudio a que se refiere este apartado deberán iniciarse en el plazo de un mes a contar desde la fecha de este acuerdo, a fin de promover las propuestas oportunas que hagan posible dicha adaptación y fijar un calendario de trabajo.

C) Hasta que se concluya la adaptación del PEPRI prevista en la letra anterior, la Generalitat Valenciana se compromete a adoptar las medidas necesarias para garantizar el mantenimiento de la suspensión de la ejecución del Plan Especial de Protección y de Reforma Interior del conjunto histórico de El Cabanyal (PEPRI) por el Ayuntamiento de Valencia, en los términos previstos en la Orden CUL/3631/2009, de 29 de diciembre, por la que se resuelve el procedimiento por expoliación del conjunto histórico de El Cabanyal.

2.º En razón del acuerdo alcanzado, la Administración General del Estado se compromete a promover las actuaciones necesarias para desistir del recurso de inconstitucionalidad interpuesto frente al Decreto-Ley 1/2010, de 7 de enero, del Consell, de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia y frente a la Ley 2/2010, de 31 de marzo, de la Generalitat, de Medidas de Protección y Revitalización del Conjunto Histórico de la Ciudad de Valencia.

3.º Este acuerdo no compromete las pretensiones de las partes, manifestadas en los procesos judiciales pendientes de resolución en relación con la Orden CUL/3631/2009, de 29 de diciembre, por la que se resuelve el procedimiento de expoliación del Cabanyal.

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