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Documento BOE-A-2014-1606

Resolución de 21 de enero de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prórroga para el año 2014 del Convenio de colaboración para 2010 por el que se formaliza la encomienda de gestión a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 2014, páginas 14117 a 14119 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-1606

TEXTO ORIGINAL

El 20 de diciembre de 2013 se suscribió el Acuerdo de prórroga para el año 2014 del Convenio de colaboración para 2010 por el que se formaliza la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado a la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección General resuelve publicar el citado acuerdo de prórroga que figura como anexo de esta resolución

Madrid, 21 de enero de 2014.–El Director General de La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Gustavo Emiliano Blanco Fernández.

ANEXO
Acuerdo de Prórroga para el año 2014 del Convenio de colaboración para 2010 por el que se formaliza la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado a la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de gestión de prestaciones sanitarias

Madrid, 20 de diciembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, don José Ignacio Nieto García, Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, nombrado para ese cargo por decreto del Presidente 9/2011, de 27 de junio, («BOR» de 28 de junio), competente para la firma de los Convenios que se establezcan para el fomento de actividades de interés público en materias propias de su Consejería, de conformidad con lo establecido en el artículo 42.1.k) de la Ley 8/2003 de 28 de octubre («BOR» de 13 de noviembre), del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros, y facultado para la aprobación de este Acuerdo de Prórroga por delegación del Consejo de Gobierno conferida mediante Acuerdo de fecha 31 de octubre de 2008 («BOR» n.º 148, de 17 de noviembre de 2008).

De otra, don Gustavo Emiliano Blanco Fernández, Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrado por Real decreto 285/2012 de 27 de enero, actuando en nombre y representación de la mencionada Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.K) del Real decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los Órganos de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Las partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente Acuerdo de prórroga y a tal efecto

EXPONEN

1.º) Que el 30 de diciembre de 2009, las partes suscribieron un Convenio de colaboración para 2010 por el que se formaliza la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

2.º) Que la cláusula décima del mencionado Convenio estipula que entrará en vigor el día 1 de enero de 2010 y será válido hasta el 31 de diciembre de 2010, pudiendo prorrogarse por períodos anuales por mutuo acuerdo de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes, que deberá formalizarse con una antelación mínima de tres meses al cierre del ejercicio presupuestario anual.

3.º) Que la cláusula undécima establece que, en el supuesto de prórroga, la cantidad fija anual que MUFACE abonará a la Consejería de Salud por su colaboración se calculará en el tercer trimestre natural del ejercicio en el que finalice su vigencia, incrementándose la cantidad reseñada en la cláusula novena de acuerdo con el incremento del IPC General, referido al 30 de junio y con efectos de uno de enero del año siguiente.

4.º) Que dicho Convenio fue prorrogado para el año 2013 por Acuerdo de 28 de diciembre de 2012.

5.º) Que próxima a finalizar la vigencia del citado Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2014, en los términos de las cláusulas que se recogen en la parte dispositiva de este acuerdo

6.º) Que dentro de la búsqueda de la mejora de la prestación de la asistencia sanitaria, la receta electrónica se configura como un elemento clave para lograr este objetivo. Por ello, en el ámbito de la normativa del Sistema Nacional de Salud, como administración sanitaria MUFACE está iniciando las acciones necesarias para la implantación gradual de un sistema de receta electrónica destinado a todo su colectivo.

Con el fin de contribuir a lograr este objetivo, ambas Administraciones manifiestan su voluntad de colaborar para que el apoyo técnico-sanitario objeto de este Convenio pueda irse adaptando paulatinamente a las necesidades que se requieran según se vaya produciendo la implantación del sistema de receta electrónica de MUFACE, todo ello dentro del marco de colaboración previsto en los artículos 3.2 y 4.1.d) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

CLÁUSULAS

Primera.

Se prorrogan, para el período comprendido entre el 1 de enero de 2014 hasta el 31 de diciembre de 2014, los efectos del Convenio de colaboración para 2010 por el que se formaliza la encomienda de gestión de la Dirección General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado a la Consejería de Salud de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de gestión de prestaciones sanitarias.

Segunda.

Que, para la prórroga que se acuerda, la cantidad a abonar por MUFACE a la Consejería de Salud y Servicios Sociales asciende a 2.179,59 euros de acuerdo con el incremento del 2,1 % del IPC General, referido al 30 de junio de 2013.

Tercera.

El importe del gasto que representa para MUFACE en el año 2014 la colaboración recibida se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 15.106.312 E.259.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio para financiar las obligaciones derivadas de la misma.

Cuarta.

La presente prórroga producirá efectos desde el 1 de enero del año 2014.

Y en prueba de conformidad, se formaliza y se firma la presente prórroga por quintuplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.–El Consejero de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de La Rioja, Fdo.: José Ignacio Nieto García.–El Director General de La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Fdo.: Gustavo Emiliano Blanco Fernández.

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