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Documento BOE-A-2014-1469

Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Junta de Andalucía para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnado rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas y aulas de la naturaleza durante 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2014, páginas 12443 a 12451 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-1469

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Andalucía han suscrito un Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas y aulas de la naturaleza durante 2012, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.

Madrid, 20 de enero de 2014.–El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, Alfonso González Hermoso de Mendoza.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Y LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNADO RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS Y AULAS DE LA NATURALEZA DURANTE 2012

REUNIDOS

De una parte, don José Ignacio Wert Ortega, Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en virtud del Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, don Luciano Alonso Alonso, Consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, de conformidad con las facultades que le atribuye la Ley 6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y en la representación que ostenta en virtud del Decreto de la Presidenta 6/2013, de 9 de septiembre, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía.

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30) de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía de Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, dispone en su artículo 52 que corresponde a la Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no universitaria, en relación con las enseñanzas obligatorias y no obligatorias que conducen a la obtención de un título académico o profesional con validez en todo el Estado, incluidas las enseñanzas de educación infantil, la competencia exclusiva, que incluye la programación y creación de centros públicos, su organización, régimen e inspección, el régimen de becas y ayudas con fondos propios, la evaluación, la garantía de calidad del sistema educativo, la formación del personal docente, de los demás profesionales de la educación y la aprobación de directrices de actuación en materia de recursos humanos, las materias relativas a conocimiento de la cultura andaluza, los servicios educativos y las actividades complementarias y extraescolares, así como la organización de las enseñanzas no presenciales y semipresenciales. Asimismo, la Comunidad Autónoma tiene competencias exclusivas sobre enseñanzas no universitarias que no conduzcan a la obtención de un título académico y profesional estatal. Igualmente, con respecto a las enseñanzas citadas en este apartado la Comunidad Autónoma tiene competencias exclusivas sobre los órganos de participación y consulta de los sectores afectados en la programación de la enseñanza en su territorio; y sobre la innovación, investigación y experimentación educativa.

Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes.

Que de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Andalucía han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial con lo que dicha colaboración en este año se extenderá a los siguientes programas:

Rutas Literarias,

Escuelas Viajeras,

Rutas Científicas y

Aulas de la Naturaleza.

Para poder realizar estos Programas, se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Andalucía en dicho año 2012.

Consecuentemente con todo lo anterior, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Andalucía, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del presente Convenio.

Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Andalucía de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo para llevar a cabo los Programas de Cooperación Territorial de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas y Aulas de la Naturaleza durante el año 2012.

Segunda. Desarrollo de los Programas de Cooperación Territorial incluidos en el presente Convenio y financiación.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convocará en régimen de concurrencia competitiva ayudas para participar en los programas que se relacionan en la cláusula anterior. Estas ayudas se librarán una vez resueltas las citadas convocatorias. Asimismo, contratará la organización y prestación del transporte durante el desarrollo de los programas de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas y Aulas de la Naturaleza y el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en todos los programas.

El Gobierno de la Junta de Andalucía, por su parte, difundirá entre los centros docentes la oferta de los programas. Asimismo, efectuará la selección de los grupos participantes de su Comunidad de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, el Gobierno de la Junta de Andalucía llevará a cabo la organización de estos programas en su Comunidad.

El alumnado participará en las actividades acompañado por profesorado que les imparte clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria. Este profesorado preparará la actividad previamente con el alumnado participante, del que será responsable y velará por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa.

Por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte las aportaciones en 2013 ascenderán a un máximo de 164.119,91 euros con el desglose por programas que se indica a continuación:

1. Programa de Rutas Literarias

1.1 Descripción del programa:

«Rutas Literarias» es un programa educativo dirigido al alumnado de 2.º ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, que pretende promover el interés hacia la lectura mediante el desarrollo de una ruta literaria apoyada en textos de escritores y escritoras cuya obra está vinculada con los lugares que la ruta recorre. Los grupos de la Comunidad Autónoma de Andalucía recorren rutas de otras Comunidades y grupos de otras Comunidades realizan rutas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Las rutas tendrán una duración de una semana, girarán en torno a un libro, personaje o autor, y tendrá como objetivos generales:

– Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente, tanto dentro como fuera del aula.

– Desarrollar el hábito lector como fuente de aprendizaje, conocimiento y desarrollo personal.

– Conocer los aspectos básicos de la diversidad cultural, natural y social con el fin de poder valorarlos y respetarlos.

– Apreciar y disfrutar con el placer que aporta la lectura y la posibilidad de recrearla vivencialmente.

– Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos que comparten la actividad y el trabajo en equipo.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia al alumnado con menor oportunidad de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, se valorará positivamente la ubicación de los centros en zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. El alumnado durante su participación estará acompañado por dos profesores y/o profesoras de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con el alumnado participante, serán responsables de los mismos y velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar al alumnado largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades presupuestarias.

1.2 Alumnado y profesorado participantes:

– Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y/o alumnas y 2 Profesores y/o Profesoras, procedentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía que participarán en el Programa: 23 grupos.

– Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y/o alumnas y 2 Profesores y/o Profesoras, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán las «Rutas literarias» de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 24 grupos.

1.3 Recursos financieros por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

a) Gastos del programa:

Ruta de «Poetas del 27»:

– Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta literaria hasta una cuantía máxima de 81.486,60 euros.

Ruta «Vida y obra de Juan Ramón Jiménez»:

– Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta literaria hasta una cuantía de máxima 79.540,92 euros.

Total aportación Ministerio de Educación, Cultura y Deporte rutas Andalucía: 161.027,52 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

– De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, por importe de 85.371,00 euros.

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2013 ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.04.324N.489.02 del presupuesto de 2011, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante la primavera del curso 2011/2012, por Resolución de 29 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

No obstante, con cargo a 2013 está previsto un libramiento complementario por importe de 1.322 euros, debido al cambio de la ruta de destino de 2 centros seleccionados con cargo al crédito 18.04.322L.489.02.

2. Programa de Escuelas Viajeras

2.1 Descripción del programa:

La Escuela Viajera es un programa educativo que permite al alumnado continuar el aprendizaje iniciado en el aula, contribuyendo, especialmente, a potenciar el conocimiento de las distintas Comunidades que constituyen España, de su riqueza y características peculiares mediante el seguimiento, durante una semana, de una determinada ruta. El alumnado de la Comunidad Autónoma de Andalucía de 5.º y 6.º de Educación Primaria, acompañado de su Profesor o Profesora, recorre las rutas de Escuelas Viajeras establecidas en otras Comunidades Autónomas y los grupos de otras Comunidades recorren la de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Son objetivos generales de esta actividad:

– Lograr un adecuado nivel de conocimiento, comprensión y respeto de la Comunidad visitada, sus gentes y costumbres, su historia y sus recursos.

– Fomentar la convivencia entre los diferentes grupos de alumnado que comparte la actividad enseñándoles a aceptar y respetar sus diferencias lingüísticas y culturales.

– Crear hábitos de apreciación y respeto del Patrimonio y del Medio Ambiente.

– Suscitar en el alumnado una actitud de aprendizaje permanente tanto dentro como fuera del aula.

La selección se efectuará de acuerdo con la convocatoria del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y teniendo en cuenta el proyecto presentado por cada centro solicitante, así como las características socioeconómicas de la zona en que esté ubicado el centro docente, a fin de dar preferencia al alumnado con menores oportunidades de disponer de otras ofertas por razones económicas, culturales o ambientales, y, en este sentido, valorará positivamente la ubicación de los centros en zonas rurales, cinturones periféricos y suburbiales. El alumnado durante su participación estará acompañado por un profesor o profesora de los que les impartan clase habitualmente, que prepararán la actividad previamente con el alumnado, serán responsables de los mismos y velarán por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa.

El recorrido del itinerario en autocar no deberá sobrepasar los 250 kilómetros por día y su duración deberá ser inferior a 10 horas, para evitar al alumnado largos desplazamientos que pudieran dificultar los aspectos educativos de la experiencia y/o superar las disponibilidades presupuestarias.

2.2 Alumnado y profesorado participantes:

– Número de grupos de 12 a 15 alumnos y alumnas y un profesor o profesora procedentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía que participarán en otra ruta: 47.

– Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos y alumnas procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunidad Autónoma Andalucía: 45.

– Ruta Andalucía Oriental: 21.

– Ruta de Andalucía Occidental: 24.

2.3 Recursos financieros por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

a) Gastos del programa para sufragar los gastos de alojamiento y manutención así como otros gastos de los grupos participantes en las rutas de dicha Comunidad (en euros):

– Oriental: 24.100,44 euros.

– Occidental 27.915,36 euros.

Total aportación Ministerio de Educación, Cultura y Deporte rutas de Andalucía: 52.015,80 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte librará a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, por importe de 111.580,00 euros.

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento no suponen coste para el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2013 ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.04.324N.489.02 del presupuesto de 2011, una vez adjudicadas las ayudas para participar durante 2012 en el programa por Resolución de 29 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

No obstante, con cargo a 2013 está previsto un libramiento complementario por importe de 390 euros, debido al cambio de la ruta de destino de un centro seleccionado con cargo al crédito 18.04.322L.489.02.

3. Programa de Rutas Científicas

3.1 Descripción del programa.

El programa «Rutas Científicas» consiste en que grupos compuestos por 2 Profesores o Profesoras y 20 a 24 alumnos o alumnas que cursen estudios de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio en centros públicos ordinarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, recorran los itinerarios del Programa educativo «Rutas Científicas» establecidos en otras Comunidades Autónomas. Durante la actividad el alumnado de la Comunidad Autónoma de Andalucía convivirá con el alumnado procedente de otras Comunidades Autónomas.

Por su parte, grupos procedentes de otras Comunidades y Ciudades Autónomas recorrerán la «Ruta Científica» de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La «Ruta Científica» tendrá una duración de cinco días, girará en torno a distintos temas de interés científico y tendrá como objetivo complementar la formación que se imparte en el aula, ofreciendo al alumnado que la recorra un mejor conocimiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El programa de 2012 se desarrolla en el otoño del curso 2012/2013.

3.2 Alumnado y profesorado participantes:

– Número de grupos de la Comunidad Autónoma de Andalucía que participarán en otra «Ruta Científica»: 10.

– Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta Científica» de la Comunidad Autónoma de Andalucía: 10.

3.3 Recursos financieros por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

a) Gastos del programa de la «Ruta Científica» de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de participantes así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad por una cuantía máxima de 47.148,90 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con las convocatorias de ayudas, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, libra a la Junta de Andalucía el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta Científica» asignada, por un importe de 33.150,00 euros.

Las ayudas concedidas se financiarán por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con cargo a la aplicación 18.04.322L.489.02 de los presupuestos de 2013.

4. Programa de Aulas de Naturaleza

4.1 Descripción del programa:

«Aulas de la Naturaleza» es un programa educativo que, a la vez que propicia el contacto entre alumnado de distintas Comunidades Autónomas, tiene como objetivo fundamental fomentar la integración del alumnado que presenta necesidades educativas especiales, aprovechando la oportunidad que aporta la convivencia en un entorno educativo no formal. Se dirige a chicos y chicas entre 11 y 13 años, excepcionalmente hasta 16 y acepta hasta un 30 % de alumnado con necesidades educativas especiales. Esta actividad se desarrollará en el verano de 2012.

a) Aulas de la Naturaleza a realizar por los alumnos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

• La selección de alumnado, para cada uno de los turnos.

• La organización de las actividades educativas del alumnado participante en los distintos turnos.

• Proporcionar el material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen en cada uno de los turnos.

• Proporcionar el equipo de personal encargado de llevar a cabo las actividades.

• La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa.

• La inclusión en los Seguros de Accidentes y de Responsabilidad Civil, que el Programa contrata para todos los participantes en el mismo.

• El respeto y cuidado de las instalaciones.

Corresponde a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía:

• Proponer al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, una vez valorado, el alumnado participante de la Comunidad.

b) Aulas de la Naturaleza a realizar por el alumnado procedente de otras Comunidades en Andalucía.

Corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

• La selección del alumnado, para cada uno de los turnos.

• La organización de las actividades educativas del alumnado participante en los distintos turnos.

• Suministrar el material pedagógico y el soporte necesario para la realización de las actividades que se programen en cada uno de los turnos.

• Proporcionar el equipo de personas encargado de llevar a cabo las actividades.

• La supervisión de las actividades que se desarrollen en el Programa.

• La inclusión en los Seguros de Accidentes y de Responsabilidad Civil, que el Programa contrata para todos los participantes en el mismo.

• El respeto y cuidado de las instalaciones.

Corresponde a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía:

• Poner a disposición del Programa la utilización de las instalaciones de las residencias escolares «Carmen de Burgos Colombine», de Almería, y «Rancho de Colores», de Jerez de la Frontera (Cádiz) (pabellones, comedor, aulas…).

4.2 Alumnado participante.

Un grupo de entre 30 y 110 alumnos y/o alumnas procedentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía participarán en los diferentes centros en que se desarrolle este programa en el verano de 2012. Por su parte, la Comunidad Autónoma de Andalucía acogerá hasta un máximo de 90 alumnos y/o alumnas procedentes de otras Comunidades en la Residencia escolar «Carmen de Burgos Colombine», de Almería en el período comprendido entre el 1 de julio y el 12 de julio de 2012 y un máximo de 195 alumnos y/o alumnas procedentes de otras Comunidades en la residencia escolar «Rancho de Colores», de Jerez de la Frontera (Cádiz), del 1 de julio al 3 de agosto de 2012.

4.3 Recursos financieros por parte del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:

Con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado de 2013, librará los gastos de alojamiento, manutención y otros servicios necesarios para la estancia del alumnado por un importe de 82.109,01 euros.

Tercera. Justificación.

La Junta de Andalucía debe justificar los libramientos efectuados en aplicación del presente convenio mediante la presentación de la documentación especificada y en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Cuarta. Comisión mixta.

Para el seguimiento de la ejecución del presente convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión mixta paritaria, compuesta de seis miembros, tres de los cuales serán designados por la Junta de Andalucía, dos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

Corresponde a la Comisión Mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos.

La Comisión Mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Quinta. Difusión.

Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente Convenio.

Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por la Junta de Andalucía por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Sexta. Naturaleza.

El presente convenio de colaboración será del tipo de los mencionados en el artículo 4.1 c) del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación igualmente, en defecto de normas especiales, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Séptima. Resolución de controversias.

Según dispone expresamente el artículo 4.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, se aplicarán los principios de dicha ley a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación, deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho Acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Octava. Vigencia.

El presente Convenio entrará en vigor el día del inicio de las actuaciones, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, pudiendo prorrogarse para años sucesivos con la manifestación expresa de las partes.

En caso de prórroga, se incorporará un anexo al presente Convenio, en el que se especificarán las aportaciones de cada una de las partes para el año de que se trate.

Novena. Causas de resolución.

No obstante la vigencia establecida en la cláusula anterior, será causa de resolución el mutuo acuerdo, con al menos dos meses de antelación a la fecha en que vaya a terminar su vigencia, o el incumplimiento del Convenio por cualquiera de las partes con los efectos legales que ello comporta.

Y en prueba de conformidad con todo lo estipulado, se firma este Convenio por ambas partes en Madrid a 19 de diciembre de 2013.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert Ortega.–Por la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Luciano Alonso Alonso.

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