Está Vd. en

Documento BOE-A-2014-13009

Resolución de 9 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia, por la que se resuelve el concurso n.º 290 para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, convocado por Resolución de 20 de octubre de 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 15 de diciembre de 2014, páginas 101665 a 101666 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2014-13009

TEXTO ORIGINAL

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes convocado por la Resolución JUS/2355/2014, de 20 de octubre («DOGC» núm. 6735, de 24.10.2014), y de conformidad con lo que disponen los artículos 284 del texto refundido de la Ley hipotecaria y el artículo 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre («DOGC» núm. 4762, de 16.11.2006), resuelvo:

La provisión de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes en el territorio de Cataluña que se detallan a continuación:

Nombre: Perfecto Blanes Pérez.

Registro de Terrassa núm. 3.

Resultas: Jumilla.

Nombre: Jesús María Ducay López.

Registro de Girona núm. 4.

Resultas: Bilbao núm. 6.

Nombre: Antolín Cocheiro Couto.

Registro de Viladecans.

Resultas: Móstoles núm. 4.

Nombre: Ramiro Subira Pérez.

Registro Sabadell núm. 5.

Resultas: Úbeda núm. 1.

Nombre: Esther Sais Re.

Registro de Sabadell núm. 6.

Resultas: Roses núm. 2.

Nombre: Germán Gómez Gacto.

Registro de Gavà.

Resultas: Toro.

Nombre: Rafael Castiñeira Carnicero.

Registro de Barcelona núm. 12.

Resultas: Rubí núm. 1.

Información sobre los recursos a interponer:

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Justicia, en el plazo de un mes, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. El plazo contará a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el «DOGC» y en el «BOE», y a partir del día siguiente de la última publicación en caso de que esta no se haga de forma simultánea en los dos diarios oficiales.

El recurso de alzada podrá entenderse desestimado si transcurridos tres meses desde su interposición no se ha notificado la resolución. Solo en este caso, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente en el que se haya producido el acto presunto desestimatorio del recurso, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Barcelona, 9 de diciembre de 2014.–El Director General de Derecho y de Entidades Jurídicas, Santiago Ballester i Muñoz.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 09/12/2014
  • Fecha de publicación: 15/12/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 13 de 15 de enero de 2015 (Ref. BOE-A-2015-321).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid