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Documento BOE-A-2014-1169

Resolución de 17 de enero de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de diciembre de 2013, por el que se distribuye el crédito destinado a las comunidades autónomas, para financiar actividades para la mejora y difusión de la formación profesional y para la acreditación de competencias profesionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2014, páginas 8408 a 8412 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-1169

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión de 13 de diciembre de 2013, ha adoptado el Acuerdo por el que se distribuye el crédito destinado a las comunidades autónomas, para financiar actividades para la mejora y difusión de la formación profesional y para la acreditación de competencias profesionales.

Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades dispone la publicación del citado acuerdo como anexo a la presente resolución.

Madrid, 17 de enero de 2014.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Monserrat Gomendio Kindelan.

ANEXO
Acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las comunidades autónomas, aprobados por la Conferencia Sectorial de Educación, así como la distribución resultante, de los créditos para el año 2013 para financiar actividades para la mejora y difusión de la Formación Profesional y para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales, por importe de 20.310.280 euros

De conformidad con el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, quedan formalizados, en los términos que figuran en los Anexos, los compromisos financieros resultantes del acuerdo adoptado en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, en la reunión celebrada el día 30 de septiembre de 2013, en relación con los criterios de distribución territorial, así como a las distribuciones resultantes, de los créditos destinados a los siguientes programas de cooperación territorial:

Denominación

Importe (euros)

Aplicación presupuestaria

Actuaciones destinadas a la evaluación y acreditación de las competencias profesionales

5.605.000

18.05.322B.454.02

Actuaciones para el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y de la Formación Profesional y para la mejora y difusión de la formación profesional

14.705.280

18.05.322B.454.07

TOTAL

20.310.280

 

La Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 (Bases y tipos de cotización para 2013), tiene consignado en el Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte un crédito de 20.310.280,00 euros en la aplicación presupuestaria 18.05.322B.454, bajo el epígrafe: «A CCAA para el impulso de la formación profesional « distribuidos en dos aplicaciones presupuestarias, la 18.05.322B.454.02 para la «Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales», con una cantidad de 5.605.000,00 euros, y la 18.05.322B.454.07, con 14.705.280,00 euros, «a comunidades autónomas para el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y de la Formación Profesional y para la Mejora y la Difusión de la Formación Profesional».

El artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, establece que la Conferencia Sectorial correspondiente acordará los criterios objetivos de distribución, así como las distribuciones resultantes, de los créditos destinados al cumplimiento de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las comunidades autónomas, y que los compromisos financieros resultantes serán formalizados mediante Acuerdo del Consejo de Ministros.

La Conferencia Sectorial de Educación acordó los criterios para la distribución territorial de los citados créditos en su reunión celebrada el día 30 de septiembre de 2013.

Por todo ello, se somete a aprobación del Consejo de Ministros el presente Acuerdo.

ANEXO I
Distribución de crédito para la financiación de actuaciones destinadas a la mejora y difusión de la formación profesional, así como a la implementación del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, aprobados por la Comisión General de Educación de la Conferencia de Educación

Para dar cumplimiento y continuidad al Tercer Bloque Plan Estratégico de la Formación Profesional, de los Programas de Cooperación Territorial 2010-2011, se ha aprobado en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2013 un crédito de 20.310.280 euros destinados a Comunidades Autónomas para el impulso de la formación profesional.

De esta partida presupuestaria, 5.605.000,00 euros se ejecutarán mediante transferencia a las Comunidades Autónomas para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación y, 14.705.280,00 euros se ejecutarán mediante transferencia a las Comunidades Autónomas para acciones destinadas al desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y de Formación Profesional y a la mejora y difusión de la Formación Profesional, entre las que se incluyen la celebración de campeonatos de Formación Profesional (competiciones de Skills). Estos créditos deben permitir la continuidad hasta el final del año 2014, de las acciones iniciadas en el año 2011 y desarrolladas a lo largo los cursos 2011-2012 y 2012-2013.

Los criterios de distribución de esta cantidad han sido los siguientes:

a) Para el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias la cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma ha sido proporcional al número de personas en búsqueda de empleo sin estudios profesionalizantes, al número de personas de 30 a 64 años en búsqueda de empleo, al coeficiente por dispersión de población activa y al coeficiente por dispersión territorial de las Administraciones Públicas. El cálculo se hizo teniendo en cuenta los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística.

b) Para el desarrollo de programas para la mejora y difusión de la formación profesional y el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones, la cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma, fue proporcional al alumnado matriculado en FP y PCPI’s, al número de personas de 16 a 29 años en búsqueda de empleo, al número de personas en búsqueda de empleo sin estudios profesionalizantes, al coeficiente por dispersión/alumnos FP y al Coeficiente por dispersión territorial de las Administraciones Públicas. El cálculo se hizo teniendo en cuenta los datos proporcionados por las Estadísticas de Enseñanza no Universitaria y el Instituto Nacional de Estadística.

 

Evaluación

de competencias

Euros

Mejora de la calidad

en Formación Profesional

Euros

Andalucía

1.166.335,78

2.870.015,28

Aragón

219.798,11

511.711,01

Asturias, Principado de

107.198,49

300.404,60

Balears, Illes

87.035,13

244.314,02

Canarias

264.538,95

668.608,61

Cantabria

69.300,74

200.378,91

Castilla y León

562.936,25

1.208.706,64

Castilla - La Mancha

372.120,12

888.705,64

Cataluña

695.036,31

2.066.926,38

Comunitat Valenciana

589.413,54

1.662.808,81

Extremadura

207.284,04

481.421,53

Galicia

306.611,32

866.487,45

Madrid, Comunidad de

464.110,12

1.357.578,82

Murcia, Región de

146.743,08

411.640,43

Navarra, Comunidad Foral de

86.636,87

205.239,53

País Vasco

205.731,09

630.422,00

Rioja, La

54.170,07

129.910,33

 

5.605.000,00

14.705.280,00

Compromisos de colaboración:

Las comunidades autónomas se comprometen a las siguientes acciones, en el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, durante los años 2013 y 2014, a:

• Realizar acciones destinadas al desarrollo del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral con arreglo al procedimiento previsto en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. No se considerarán a estos efectos las convocatorias efectuadas y finalizadas con anterioridad a la formalización en Consejo de Ministros del presente acuerdo de distribución.

• Llevar a cabo las acciones específicas que se determinen, y previamente acordadas entre la Comunidad Autónoma y la Administración General del Estado, en relación con la puesta en marcha de convocatorias de carácter nacional, o suprautonómico, de acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.

• Realizar ofertas específicas de formación para que, quienes han superado los procedimientos de acreditación de las competencias adquiridas por la experiencia laboral, puedan completar la formación no acreditada y finalizar sus estudios de Formación Profesional.

• Formación de asesores, evaluadores y orientadores.

• Desarrollo de cualquier parte del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

• Desarrollo de aplicaciones informáticas aplicables al procedimiento de evaluación y acreditación de competencias, excluida la adquisición de equipos.

Las comunidades autónomas se comprometen a las siguientes acciones para la mejora y difusión de la Formación Profesional, durante los años 2013 y 2014, a:

• Promocionar y difundir los Campeonatos de Formación Profesional, vinculados a las competiciones autonómicas para seleccionar equipos que compitan a nivel nacional e internacional, en los campeonatos organizados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

• Colaborar en los procesos de entrenamiento de los equipos nacionales y en su caso, en la movilidad de los alumnos y profesores de su comunidad que entrenen, sufragando los gastos derivados de dicho entrenamiento.

• Incentivar acciones encaminadas a la implementación de programas de calidad en Formación Profesional, incluyendo las correspondientes al desarrollo de la Formación Profesional Dual.

• Formación del profesorado para FP dual.

• Fomentar el conocimiento de la Formación Profesional en el alumnado de otros niveles del sistema educativo a través de la relación de estos alumnos con los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y las empresas del entorno, especialmente aquellas que colaboran en la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo.

• Intercambios de alumnos y profesores (movilidad) para estancias formativas en empresas (no visitas).

• Jornadas de difusión de la FP.

• Formación en tecnologías en el ámbito de la enseñanza, para profesores de FP.

• Cursos de formación en idiomas para el profesorado de FP.

• Certificaciones de calidad para los centros.

• Programas experimentales o de innovación, la adquisición de materiales inventariables para los centros.

• Premios autonómicos a la calidad de la FP, que puedan incluir también la orientación profesional.

• Remitir al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, antes del 31 de marzo de 2015 como fecha final, la justificación de que la referida cantidad ha sido destinada a la finalidad que se establece en el programa, así como la documentación justificativa del gasto correspondiente al desarrollo de todas las actuaciones objeto del programa durante los años 2013 y 2014, y cuanta información se recabe en relación con el desarrollo del programa.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se compromete a:

• Mantener la estructura y funciones de coordinación a que hace referencia el artículo 21 del Real Decreto 1224/2009 en relación con el desarrollo del procedimiento de evaluación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.

• Poner a disposición de las Comunidades Autónomas el portal TodoFP como medio de difusión de las convocatorias que se realicen.

• Mantener la coordinación y seguimiento de las competiciones de Formación Profesional a nivel Nacional, Europeo y Mundial, y proporcionar el apoyo técnico necesario a las Comunidades Autónomas para la celebración de sus competiciones regionales y la organización de la participación a nivel nacional.

• Mantener la coordinación y el apoyo técnico necesarios para la implementación de programas de calidad en Formación Profesional en las distintas Comunidades Autónomas.

Este acuerdo del Consejo de Ministros tiene por objeto exclusivamente la distribución entre las Comunidades Autónomas de las habilitaciones de gasto en que consisten los créditos presupuestarios, así como su formalización, sin que en ningún caso pueda entenderse que implica la ejecución de los citados créditos presupuestarios, el nacimiento de ningún tipo de obligación económica con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a favor de las Comunidades Autónomas, ni, en consecuencia, la existencia de ningún derecho de cobro de las Comunidades Autónomas frente a la Administración General del Estado o sus entidades públicas vinculadas o dependientes.

Información y difusión:

Las actuaciones recogidas en este acuerdo se llevan a cabo en el marco de las líneas de actuación previstas en el Programa Operativo Adaptabilidad y Empleo, cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

En este supuesto, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, y el símbolo de FSE, así como la mención expresa: «Programa financiado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y cofinanciado por el Fondo Social Europeo». En consecuencia, y al objeto de garantizar la correcta justificación ante el FSE y de cumplir los compromisos que la recepción de fondos estructurales lleva aparejados, las Comunidades Autónomas deberán justificar todas las acciones derivadas del acuerdo en la forma y plazos previstos.

Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, de 2 de abril de 2007, y en el Manual de Imagen Institucional.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte informará a las comunidades autónomas de los requisitos de justificación del gasto así como plazos, una vez aprobado el presente Acuerdo.

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