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Documento BOE-A-2014-11469

Resolución de 23 de octubre de 2014, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas para los años 2012 y 2013 del VII Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 6 de noviembre de 2014, páginas 91589 a 91593 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2014-11469
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/10/23/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de las tablas salariales definitivas para los años 2012 y 2013 del VII Convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias (código de convenio nº 99003945011981), publicado en el BOE de 5.7.2012, que fueron suscritas, con fecha 25 de junio de 2014, de una parte por la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias, en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales FITAG-UGT y FEAGRA-CC.OO., en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de octubre de 2014.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

Siendo las 11:00 horas del día 25 de junio de 2014, en las instalaciones del despacho Oleart Abogados sito en la calle Aragón número 208 de Barcelona, se reúnen de un lado la Asociación Española de Fabricantes de Pastas Alimenticias representada por don Ricardo Oleart Godia en su condición de letrado y apoderado; don Juan José García Martín, provisto de DNI número 38060846-D en representación de la FITAG-UGT; y, en representación de FEAGRA-CC.OO. don Vicente Canet Juan, provisto de DNI número 20017913-A.

Según lo dispuesto en el art. 25 del VII convenio colectivo nacional para las industrias de pastas alimenticias, se reúnen las partes más arriba identificadas para proceder a, de un lado, reiterar los incrementos salariales para el año 2012 fijados en acta de acuerdo ate el SIMA en fecha 5 de abril de 2013 y cuya copia se anexa al presente acuerdo; y, de otro lado, a fijar los incrementos salariales de convenio para el año 2013.

Se autoriza, a doña Begoña Abdelkader García, provista de NIE número 45262338-V para realizar los trámites de registro de la presente acta.

En todo caso, si detecta algún error aritmético las partes se comprometes a subsanarlo.

Y no teniendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión, extendiendo esta acta por cuadruplicado ejemplar que, leída por todos los asistentes, es encontrada conforme, siendo firmada por todos ellos en prueba de aceptación.

CONVENIO COLECTIVO DE PASTAS ALIMENTICIAS
Tablas salariales definitivas vigentes a partir del 1.º de enero de 2012

(IPC real año 2012 = 2,9% + 0,10% mejora convenio = 3% incremento)

Categoría profesional

Mensual

Salario base

Euros

Plus convenio

Euros

Total

Euros

I) De producción:

Oficial de 1.ª

865,65

501,35

1.367,00

Oficial de 2.ª

865,65

342,34

1.207,99

Ayudante

847,50

296,80

1.144,30

II) Acabado, Envasado y Empaquetado:

Oficial de 1.ª

865,65

501,35

1.367,00

Oficial de 2.ª

865,65

342,34

1.207,99

Ayudante

847,50

296,80

1.144,30

III) De oficios auxiliares:

Mecánicos

865,65

501,35

1.367,00

Chófer de 1.ª

865,65

501,35

1.367,00

Chófer de 2.ª

865,65

342,34

1.207,99

Carpintero

865,65

501,35

1.367,00

Repartidor

791,89

342,34

1.134,23

Electricista

865,65

501,35

1.367,00

IV) Peonaje:

Peón

760,76

342,34

1.103,10

Personal de limpieza

760,76

251,24

1.012,00

V) Subalternos:

Almacenero

865,65

501,35

1.367,00

Conserje

791,89

342,34

1.134,23

Cobrador

791,89

342,34

1.134,23

Basculero

791,89

342,34

1.134,23

Sereno

791,89

342,34

1.134,23

Mozo Almacén

760,76

342,34

1.103.10

Resto conceptos económicos del convenio

Plus sábados-domingos: 41,20 euros por día.

Ayuda matrícula: 103,72 euros.

Ayuda discapacitados: 173,83 euros mes.

Premio nupcialidad: 130,57 euros.

Categorías profesional

Mensual

Salario base

Euros

Plus convenio

Euros

Total

Euros

Técnicos titulados:

Técnico Jefe

1.389,95

851,35

2.241,30

Técnico

1.171,57

578,35

1.749,92

Ayudante Técnico Sanitario

867,71

426,67

1.294,38

Técnicos no titulados:

Encargado General

1.171,57

851,35

2.022,92

Maestro de Fabricación

1.036,89

578,35

1.615,24

Encargado de Sección

925,96

578,35

1.504,31

Auxiliar Laboratorio

803,99

278,05

1.082,04

Administrativos:

Jefe Administrativo 1.ª

1.036,89

729,97

1.766,86

Jefe Administrativo 2.ª

1.036,89

578,35

1.615,24

Oficial Administrativo de 1.ª

867,71

578,35

1.446,06

Oficial Administrativo de 2.ª

867,71

387,20

1.254,91

Auxiliar Administrativo

803,99

278,05

1.082,04

Telefonista

803,99

278,05

1.082,04

Mercantiles:

Jefe de Ventas

1.036,89

729,97

1.766,86

Inspector de Ventas

925,96

578,35

1.504,31

Promotor

925,96

426,67

1.352,63

Vendedor con autoventa

867,71

387,20

1.254,91

Viajante

867,71

387,20

1.254,91

Corredor Plaza

867,71

278,05

1.145,76

Resto conceptos económicos del convenio

Plus sábados-domingos: 41,20 euros por día.

Ayuda matrícula: 103,72 euros.

Ayuda discapacitados: 173,83 euros mes.

Premio nupcialidad: 130,57 euros.

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/10/2014
  • Fecha de publicación: 06/11/2014
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 18 de junio de 2012 (Ref. BOE-A-2012-9039).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Pastas alimenticias

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