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Documento BOE-A-2014-11328

Resolución de 28 de octubre de 2014, de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la que se acuerda la asignación de subvenciones por daños en infraestructuras municipales en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña, prevista en el artículo 7 de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 3 de noviembre de 2014, páginas 89638 a 89641 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-11328

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» número 181, de fecha 26 de julio de 2014, fue publicada la Orden HAP/1352/2014, de 24 de julio, por la que se modifica la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre, por la que se establece el procedimiento de concesión de subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las diputaciones provinciales y cabildos previstas en la Ley 14/2012, de 26 de diciembre.

Dicha modificación añade un nuevo apartado g) a la disposición adicional única «Subvenciones a favor de entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cataluña», cuya finalidad es tipificar el procedimiento de gestión de estas subvenciones que con carácter supletorio se aplica en la Comunidad Autónoma de Cataluña, una vez transcurrido el plazo indicado en el apartado a) de la disposición adicional única de la Orden HAP/1950/2013, sin que se haya remitido la relación de obras para las que se solicita subvención.

Puesto que la Generalidad de Cataluña no realizó gestión alguna en relación con las solicitudes de subvención presentadas por las entidades locales incluidas en su ámbito territorial, al amparo de lo previsto en la Orden HAP/1352/2014, de 24 de julio, esta Dirección General impulsó las mismas continuando con la tramitación establecida con carácter general en la orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

Habiendo sido comprobadas por las subdelegaciones del Gobierno que las solicitudes de subvención cumplían los requisitos previstos en el artículo 5 de la Orden HAP/1950/2013, éstas fueron remitidas a la Dirección General en el modelo normalizado Anexo I, que detalla los proyectos susceptibles de obtener financiación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7.1 de la citada orden.

Así mismo, con fecha 27 de agosto de 2013 se aprobó un crédito extraordinario por importe de 71.460.000 euros, para hacer frente a los gastos originados por la asignación de estas subvenciones.

En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 de la orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre, esta Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por delegación del Secretario de Estado de Administraciones Públicas, acuerda:

Primero.

Resolver con cargo a la aplicación presupuestaria 15.27.942A761 de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2014, incorporado por expediente 14/14, la asignación de subvenciones a percibir, por importe total de 1.243.263,10 €, para atender la cofinanciación de los proyectos de obras por daños en infraestructuras municipales y red viaria de las diputaciones provinciales y cabildos previstas en la Ley 14/2012, de 26 de diciembre, según relación anexo I.

Segundo.

Desestimar la asignación de subvención a los proyectos relacionados en el anexo II, y por las causas que para cada uno de ellos se indican.

Tercero.

Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la dirección electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Pública (www.seap.minhap.gob.es) haciendo constar que, contra la misma, no cabrá interponer recurso alguno en vía administrativa. Sin embargo, podrá formularse, potestativamente y con carácter previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, requerimiento para la anulación o revocación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 44, en relación con el 46.6, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde la fecha en que se publique la presente resolución. Dicho requerimiento previo se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, esta Dirección General no se pronunciase expresamente.

Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, la entidad local interesada podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, o a aquel en que se notifique el acuerdo sobre el requerimiento previo o el mismo deba entenderse rechazado por ausencia de resolución expresa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 28 de octubre de 2014.–El Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. Juan Ignacio Romero Sánchez.

ANEXO I

Número

de proyecto

Entidad

Importe del proyecto solicitado

Euros

Importe subvención asignada

Euros

Observaciones

Diputación de Girona

293

Ayuntamiento de Terrades

51.697,43

25.848,71

 

1107

Ayuntamiento de Biure

9.100,62

1.507,88

1

1110

Ayuntamiento de Biure

7.653,95

2.202,84

3

1112

Ayuntamiento de Biure

5.264,46

1.769,45

3

1114

Ayuntamiento de Biure

3.240,00

1.089,00

3

Total

76.956,46

32.417,88

 

Diputación de Lleida

38

Ayuntamiento de Torregrossa

4.162,30

2.081,15

 

86

Ayuntamiento de Borges Blanques, Les

43.656,80

21.828,40

 

167

Ayuntamiento de Corbins

5.996,30

2.998,15

 

262

Diputación Provincial de Lleida

239.866,32

119.933,16

 

263

Diputación Provincial de Lleida

153.258,99

76.629,49

 

267

Diputación Provincial de Lleida

78.687,13

39.343,56

 

268

Diputación Provincial de Lleida

89.598,26

39.523,77

2,4

270

Diputación Provincial de Lleida

60.495,22

30.247,61

 

367

Ayuntamiento de Barbens

10.890,00

5.445,00

 

369

Ayuntamiento de Barbens

13.027,59

6.513,79

 

370

Ayuntamiento de Barbens

7.865,00

3.932,50

 

498

Ayuntamiento de Mollerussa

52.946,58

26.473,29

 

499

Ayuntamiento de Menàrguens

36.378,75

18.189,37

 

507

Ayuntamiento de Menàrguens

30.525,88

15.262,94

 

512

Ayuntamiento de Menàrguens

17.278,80

8.639,40

 

514

Ayuntamiento de Mollerussa

32.267,97

16.133,98

 

519

Ayuntamiento de Mollerussa

27.053,46

13.526,73

 

567

Ayuntamiento de Agramunt

178.756,73

76.995,50

1,4

612

Ayuntamiento de Alamús, Els

14.164,16

5.282,86

1

667

Ayuntamiento de Miralcamp

7.478,53

3.739,26

 

690

Ayuntamiento de Tiurana

10.200,00

5.100,00

 

821

Ayuntamiento de Fondarella

7.348,14

3.674,07

 

1093

Ayuntamiento de Baronia de Rialb, La

18.757,42

8.893,50

4

1199

Ayuntamiento de Alfarràs

26.041,62

13.020,81

 

1209

Ayuntamiento de Gimenells i el Pla de la Font

51.239,24

25.619,62

 

Total

1.217.941,19

589.027,91

 

Diputación de Tarragona

21

Ayuntamiento de Xerta

174.671,75

87.335,87

 

35

Ayuntamiento de Galera, La

366.867,60

183.433,80

 

36

Ayuntamiento de Paüls

13.890,80

6.945,40

 

59

Ayuntamiento de Alfara de Carles

16.184,99

8.092,49

 

189

Ayuntamiento de Roquetes

241.190,56

120.595,28

 

550

Ayuntamiento de Tortosa

130.233,56

65.116,78

 

627

Jesús, Entidad Local Menor

9.205,12

4.602,56

 

764

Ayuntamiento de Ulldecona

6.098,40

3.049,20

 

775

Ayuntamiento de Ulldecona

10.180,35

5.090,17

 

781

Ayuntamiento de Ulldecona

8.876,52

4.438,26

 

786

Ayuntamiento de Ulldecona

4.252,75

2.126,37

 

793

Ayuntamiento de Ulldecona

5.028,97

2.514,48

 

799

Ayuntamiento de Ulldecona

9.508,18

4.754,09

 

803

Ayuntamiento de Ulldecona

9.508,18

4.754,09

 

808

Ayuntamiento de Ulldecona

8.903,77

4.451,88

 

812

Ayuntamiento de Ulldecona

5.317,95

2.658,97

 

817

Ayuntamiento de Ulldecona

1.577,99

788,34

4

879

Ayuntamiento de Aldover

28.927,17

14.463,58

 

903

Ayuntamiento de Ulldecona

1.972,66

986,33

 

905

Ayuntamiento de Ulldecona

2.689,66

1.344,83

 

909

Ayuntamiento de Ulldecona

8.755,46

4.377,73

 

914

Ayuntamiento de Ulldecona

9.017,23

4.508,61

 

926

Ayuntamiento de Ulldecona

3.798,23

1.899,11

 

935

Ayuntamiento de Ulldecona

2.617,74

1.308,87

 

945

Ayuntamiento de Ulldecona

11.500,48

5.750,24

 

958

Ayuntamiento de Sénia, La

13.519,94

7.320,95

4

962

Ayuntamiento de Ulldecona

14.630,93

7.315,46

 

968

Ayuntamiento de Ulldecona

11.500,48

5.750,24

 

983

Ayuntamiento de Ulldecona

11.130,43

5.565,21

 

992

Ayuntamiento de Ulldecona

6.008,18

3.004,09

 

1001

Ayuntamiento de Ulldecona

6.585,21

3.292,60

 

1003

Ayuntamiento de Ulldecona

5.611,11

2.805,55

 

1012

Ayuntamiento de Ulldecona

5.129,50

2.564,75

 

1025

Ayuntamiento de Ulldecona

3.412,85

1.706,42

 

1032

Ayuntamiento de Ulldecona

2.973,79

1.486,89

 

1040

Ayuntamiento de Ulldecona

2.302,40

1.151,20

 

1046

Ayuntamiento de Ulldecona

1.669,57

834,78

 

1051

Ayuntamiento de Ulldecona

1.131,41

565,70

 

1055

Ayuntamiento de Ulldecona

814,69

407,34

 

1097

Ayuntamiento de Sénia, La

65.317,61

32.658,80

 

Total

1.242.514,17

621.817,31

 

Total general

2.537.411,82

1.243.263,10

 

Observaciones:

1.º Descontadas las partidas que no responden a los fines de la subvención de conformidad con el artículo 3 de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

2.º Descontadas las partidas que no responden al ámbito territorial de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

3.º Reducido el presupuesto en atención al límite de la subvención estatal fijado en el artículo 8.1 y/o 4, de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

4.º La modificación del importe obedece a correcciones de errores materiales, de hecho o aritméticos.

ANEXO II

Número

de proyecto

Entidad

Motivo desestimación

Diputación de Girona

744

Ayuntamiento de Boadella i les Escaules

3

745

Ayuntamiento de Boadella i les Escaules

3

746

Ayuntamiento de Boadella i les Escaules

3

747

Ayuntamiento de Boadella i les Escaules

3

765

Ayuntamiento de Agullana

3

1115

Ayuntamiento de Biure

3

1116

Ayuntamiento de Biure

1

Diputación de Lleida

28

Ayuntamiento de Golmés

1

117

Ayuntamiento de Artesa de Lleida

1

303

Ayuntamiento de Castellserà

1

487

Ayuntamiento de Mollerussa

1

506

Ayuntamiento de Palau d’Anglesola, El

1

864

Ayuntamiento de Fondarella

1

1175

Ayuntamiento de Albesa

3

Diputación de Tarragona

757

Ayuntamiento de Sénia, La

2

Observaciones:

1.º El objeto de solicitud no se encuentra dentro de los fines subvencionables señalados en el artículo 3 de la Orden HAP/1950/2013, 15 de octubre (BOE número 254, de 23 de octubre), al no responder al concepto de contrato de obras previsto en el artículo 6 Real Decreto-ley 3/2011, de 14 de noviembre (BOE número 276, de 16 de noviembre).

2.º Desistimiento de la entidad solicitante.

3.º Proyectos no incluidos en el anexo I como susceptibles de percibir subvención, una vez comprobadas la solicitud y documentación, de conformidad con lo previsto en los artículo 3 y 5 de la Orden HAP/1950/2013, de 15 de octubre.

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