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Documento BOE-A-2014-1125

Resolución de 27 de diciembre de 2013, de ICEX España Exportación e Inversiones, por la que se convoca para 2014 la concesión de ayudas a través del Programa ICEX-NEXT de apoyo a la internacionalización de la PYME española no exportadora o exportadora ocasional.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2014, páginas 8242 a 8268 (27 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2014-1125

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, de medidas urgentes de impulso a la internacionalización mediante la creación de la entidad pública empresarial Instituto Español de Comercio Exterior, ICEX, cuya denominación pasa a ser ICEX España Exportación e Inversiones de conformidad con el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, señala en su artículo 3 que dentro de sus fines generales se encuentra el impulso de la internacionalización de las empresas españolas, en especial de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), en todas las fases de su proceso de internacionalización, a través de la prestación de aquellos servicios, programas, apoyos económicos, instrumentos de información, financiación o asesoría que en cada momento se requieran.

Por otro lado, el artículo 2 del Real Decreto-ley 4/2011, de 8 de abril, establece que ICEX, salvo determinadas excepciones, estará sujeto al derecho privado. En este sentido, el artículo 5.1 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, señala que las entidades vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado cuando actúen en régimen de derecho privado en las entregas dinerarias que realicen a favor de terceros sin contraprestación estarán sujetas exclusivamente a los principios de gestión y de información de los artículos 8.3 y 20 de la Ley.

En virtud de todo ello ICEX, de acuerdo con su normativa interna de ayudas aprobada por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012 y desarrollada con fecha 13 de diciembre de 2013, decide apoyar la internacionalización de la PYME no exportadora o exportadora ocasional a través del programa ICEX-NEXT ofreciendo asesoramiento personalizado de expertos con la finalidad de diseñar un plan de internacionalización y de competitividad exterior. Asimismo, apoya gastos de promoción para que las empresas puedan poner en marcha la estrategia de internacionalización planificada.

El articulo 5.1.c) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y la normativa interna de ayudas de ICEX de 12 de diciembre de 2012, desarrollada con fecha 13 de diciembre de 2013 señalan que en las entregas dinerarias sin contraprestación que realicen a favor de terceros organismos como ICEX, junto con los medios de publicidad que habitualmente utilice la entidad, el acuerdo se publicará en el BOE cuando la convocatoria supere la cantidad de 300.000€ como es el caso.

Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta la normativa reguladora de estas ayudas, resuelvo:

Primero.

Convocar ayudas a la internacionalización de la PYME española no exportadora o exportadora ocasional a través del programa ICEX-NEXT cuya convocatoria se incorpora a esta Resolución.

Segundo.

De conformidad con el artículo 5.1.b) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones la convocatoria de este programa contiene entre otros aspectos el objeto, finalidad y condiciones de la entrega dineraria, los requisitos que deben reunir los perceptores, los criterios de selección y la cuantía máxima de la entrega.

Tercero.

La convocatoria del programa estará a disposición de las empresas interesadas en la sede de ICEX, Paseo de la Castellana, número 14, de Madrid, en las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio en las diferentes Comunidades Autónomas, y en el portal www.icex.es

Madrid, 27 de diciembre de 2013.–El Presidente del Consejo de Administración de ICEX, P. D. (Resolución de 20 de septiembre de 2013), la Consejera Delegada de ICEX, María del Coriseo González-Izquierdo Revilla.

CONVOCATORIA 2014 PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS A TRAVÉS DEL PROGRAMA ICEX-NEXT DE APOYO A LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME ESPAÑOLA NO EXPORTADORA O EXPORTADORA OCASIONAL

Primera. Objeto.

Acelerar y consolidar el crecimiento internacional de PYMES españolas no exportadoras o exportadoras ocasionales que cuenten con un proyecto competitivo.

Segunda. Legislación aplicable.

Las ayudas previstas en este programa se regulan por la normativa interna de ayudas de ICEX aprobada por el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2012 y desarrollada con fecha 13 de diciembre de 2013 en aplicación del artículo 3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De igual forma, estas ayudas se concederán conforme a lo previsto en el Reglamento (CE) 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis, DOUE n.º L379 de 28/12/2006, páginas 0005-0010. La ayuda total de mínimis concedida a una empresa en el marco de estos programas no podrá superar los 200.000 euros (100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera) durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, habida cuenta de las otras ayudas también percibidas durante este mismo período, de conformidad con lo previsto en el artículo 2, apartado 2, del Reglamento mencionado. Quedan excluidas del carácter de mínimis las ayudas previstas en el artículo 1, apartado 1, de dicho Reglamento.

Tercera. Información Fondos FEDER.

«A efectos meramente informativos y siguiendo las directrices emanadas del Reglamento (CE) n.º 1828/2006 de 8 de diciembre de 2006, vigente para el periodo operativo 2007-2013, relativo a las actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, se hace constar que la actividad descrita en este comunicado puede ser susceptible de ser financiada por la Unión Europea a través de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER), de las que ICEX España Exportación e Inversiones es órgano ejecutor.

En el caso de que su empresa sea finalmente beneficiaria de la ayuda ICEX, y asimismo ésta sea cofinanciada con Fondos Comunitarios, la aceptación por su parte de la misma, implica la aceptación de su inclusión en la lista de beneficiarios publicada de conformidad con el artículo 7, apartado 2, letra d) del Reglamento indicado anteriormente.»

En ningún caso, la existencia de financiación por parte del programa FEDER supondrá ayuda adicional para las empresas beneficiarias.

Cuarta. Empresas beneficiarias.

Empresas PYMES españolas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Empresa con producto o servicio propio.

2. Empresas con potencial exportador y cuya exportación no supere el 30% de su facturación.

3. Empresas que cuenten con personal cualificado y comprometido con la implantación del proyecto de internacionalización de la empresa.

4. Empresas con capacidad financiera para la ejecución de un proyecto de exportación que permita posicionar a la empresa en el exterior.

Quinta. Duración.

La duración del Programa será de 24 meses desde la concesión de la ayuda.

Sexta. Contenido.

ICEX Next cuenta con un total de 60 horas de Asesoramiento Personalizado a las empresas (30 horas obligatorias + 30 horas opcionales), prestado por expertos en distintos ámbitos de la internacionalización y competitividad exterior:

– Asesoramiento estratégico y otros servicios de asesoramiento que faciliten el desarrollo y consolidación de la red comercial en destino.

– Asesoramiento especializado para la mejora de la competitividad internacional de la pyme.

La empresa podrá, en función de las características de su modelo de negocio en el exterior y del grado de desarrollo de su estrategia internacional, seleccionar aquellos expertos que le sean de mayor utilidad.

Asimismo, apoya gastos de promoción para que las empresas puedan poner en marcha la estrategia de internacionalización planificada.

Las empresas acogidas a este Programa podrán beneficiarse de otros apoyos incluidos dentro de los Servicios Club Next.

CUADRO DE CONDICIONES ECONÓMICAS

FINANCIACIÓN

TOTAL

ICEX 100%

EMPRESA

ANÁLISIS MODELO DE NEGOCIO.

ANÁLISIS MODELO DE NEGOCIO ON LINE.

300 €

300 €

300 €

300 €

0 €

FINANCIACIÓN

TOTAL

50% ICEX

50% EMPRESA

ASESORAMIENTO TOTAL.

4.800 €

2.400 €

2.400 €

ASESORAMIENTO OBLIGATORIO.

2.400 €

1.200 €

1.200 €

ASESORAMIENTO VOLUNTARIO.

2.400 €

1.200 €

1.200 €

GASTOS PROMOCIÓN + PERSONAL.

20.000 €

10.000 €

10.000 €

TOTAL

25.400 €

13.000 €

12.400 €

La cuantía máxima imputable al Programa será de 4.000.000 euros, estando en todo caso sujeta a las disponibilidades presupuestarias de ICEX.

No obstante, teniendo en cuenta la peculiaridad del Programa al ser una convocatoria abierta durante todo el año 2014, en caso de tenerse que superar dicha cuantía máxima será posible una ampliación de la misma debiendo ser aprobada por el Consejo de Administración.

– DETALLE DE GASTOS ELEGIBLES.

El detalle de gastos elegibles para asesoramiento personalizado y gastos de Promoción, así como los conceptos incluidos y excluidos, se detallan en el Detalle de Gastos Elegibles (Anexo V).

Séptima. Procedimiento de admisión.

El primer paso para participar en el programa es realizar la preinscripción.

Las empresas interesadas podrán realizar su preinscripción en el Programa a través de la web de ICEX: www.icex.es, a través de la web icexnext: www.icexnext.es o bien a través del teléfono 902 192 000.

La preinscripción al Programa se podrá realizar del 1 de enero al 31 de diciembre de 2014.

Las empresas, una vez preinscritas, y a requerimiento de ICEX tendrán que presentar el formulario de inscripción de empresas (Anexo I).

Este formulario se complementará con la valoración de un consultor externo, homologado por el programa que realizará un análisis del modelo de negocio y potencial internacional de la empresa.

Una vez realizada la valoración del consultor externo, se elegirá a las empresas admitidas al Programa en virtud de los siguientes criterios y baremos de selección:

CONCEPTO DE VALORACIÓN

PORCENTAJE DE VALORACIÓN (%)

MODELO DE NEGOCIO.

25

EQUIPO DE GESTIÓN.

25

CAPACIDAD FINANCIERA.

25

CARACTERÍSTICAS EMPRESA.

25

TOTAL CONCEPTOS

TOTAL 100

Se pondrá a disposición de las empresas un Análisis de modelo de negocio on line prestado por consultores tecnológicos seleccionados para el programa. Este análisis será exigible para las empresas que se considere necesario para un buen aprovechamiento del programa.

Las empresas seleccionadas cumplimentarán la Carta de Adhesión (Anexo II).

La concesión de las ayudas se hará por Resolución de la Consejera Delegada que debe reflejar los conceptos, beneficiarios así como las cantidades concedidas, previo informe favorable de la Comisión de Ayudas, Contratación y Autorizaciones debiendo ser publicada en el portal de ICEX www.icex.es. De igual forma, se le hará llegar comunicación a la empresa beneficiaria indicando los conceptos e importes, así como el procedimiento de justificación.

Octava. Documentación necesaria.

Las empresas que sean admitidas en el Programa, tendrán que presentar la siguiente documentación:

– Carta de Adhesión al Programa (Anexo II), que incluye Declaración responsable de las ayudas mínimis y Declaración sobre el cumplimiento de la condición de ser o no PYME por parte de la empresa solicitante según la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas.

– Certificación de no recibir ayudas económicas coincidentes con el apoyo recibido por conceptos de gasto realizados con cargo al Programa (incluido en Anexo V).

– Declaración de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y en materia laboral y de la Seguridad Social:

1. Podrá optar por autorizar a ICEX a realizar la consulta a la Agencia Tributaria y a la Tesorería de la Seguridad Social. Esta autorización deberá realizarse cumplimentando el Anexo III, sellado y remitido junto con el resto de la documentación justificativa.

2. En el caso de NO autorizar al ICEX, deberá presentar certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, en el momento de la justificación de la ayuda.

– ICEX está especialmente interesado en que la empresa solicitante autorice a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (siempre que no lo hubiera hecho previamente), a que remita a ICEX información sobre su comercio exterior, con lo que sistemáticamente dispondremos de una información actualizada que nos permitirá conocer mejor sus realizaciones de comercio exterior y asegurar tener permanentemente actualizadas nuestras bases de datos. La autorización señalada se ha de cursar una sola vez, y para ello deberá acceder a http://www.icex.es/icex-aeat/web/index.html y obtener así más información y la forma de proceder para cursar su autorización.

Novena. Justificación.

Las instrucciones de justificación se incluyen en el Detalle de Gastos Elegibles (Anexo V) de este programa.

Asimismo, ICEX podrá requerir otra documentación/información y realizar los controles y seguimientos que estime necesarios para comprobar la correcta ejecución del Programa.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO V
Detalle de gastos elegibles

1. Investigación.

Conceptos elegibles:

– La empresa deberá consultar previamente al ICEX antes de realizar el gasto a apoyar.

– Los estudios de mercado, de viabilidad, de implantación, etc. realizados por empresas especializadas.

– La compra de documentación de comercio exterior adquirida a terceros.

Conceptos excluidos:

– Los estudios realizados internamente en la empresa: por personal de la empresa, representantes legales, apoderado, etc.

2. Material de difusión-promoción.

Conceptos elegibles:

– Antes de realizar el gasto a apoyar, la empresa deberá consultar previamente al ICEX.

– Elaboración y reimpresión de:

1. Catálogos.

2. Folletos.

3. Carteles.

– Expositores punto de venta.

– Diseño y/o adaptación de: envases y etiquetas (tanto de producto como de muestras).

– Diseño y/o modificación o ampliación de páginas Web, incluyendo registro y dominio.

1. El coste por dar el alta de la empresa en «portales comerciales» en Internet para la venta de sus productos.

2. Carpetas de prensa y demás material informativo impreso o audiovisual.

3. Gastos de traducción de textos relacionados con el material promocional.

4. Todo este material deberá destinarse exclusivamente a la exportación y editarse al menos en un idioma extranjero (salvo en los casos de empresas cuyos mercados objetivos sean exclusivamente aquellos con idioma oficial Español) bajo la marca y nombre de la empresa española.

Conceptos excluidos:

– Regalos de empresa y promocionales.

– Tarjetas de visita.

– Diseño y desarrollo de la marca y desarrollo de producto.

– Diseño y realización de embalajes.

– Elaboración de envases y etiquetas.

– Elaboración de muestras.

– Mantenimiento de página web.

– Mantenimiento de la empresa en portales comerciales.

– Mailing.

Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

3. Publicidad.

Conceptos elegibles:

– Creatividad del material utilizado para el exterior y adaptación del ya existente para cada mercado.

– Coste de la inserción en medios extranjeros y en la edición internacional de medios nacionales.

– Publicidad en Internet (ej.: lugar destacado en buscadores, para mercados exteriores).

Conceptos excluidos:

– Publicidad destinada al mercado nacional.

Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

4. Participación como expositor en ferias.

Conceptos elegibles:

– Participaciones individuales en ferias o congresos sectoriales en el exterior, a las que la empresa acuda como expositor o asistente.

– Participaciones dentro del stand de un distribuidor o de otra empresa complementaria, siempre y cuando figure el nombre de la empresa participante en el Programa.

– Se podrán incluir gastos por los siguientes conceptos:

1. Derechos de inscripción.

2. Alquiler de espacio.

3. Coste de inserción en el catálogo de la Feria.

4. Decoración.

5. Gastos de mantenimiento del stand.

6. Azafatas e intérpretes.

7. Bolsa de viaje por empresa.

Conceptos excluidos:

– Dietas.

– Gastos de Aduana.

– Transporte del producto y del material promocional.

– Ferias en las que no se demuestre presencia de personal de la empresa.

– Participación en ferias en las que haya apoyo de ICEX.

Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

5. Viajes de prospección y comerciales.

Conceptos elegibles:

– Bolsa de viaje correspondiente al país de destino para los viajes de prospección y comerciales del personal de la empresa desde España al exterior (una por empresa).

– Se aplicará el 50% de ayuda económica sobre el importe que aparece en el Anexo 2 (Bolsas de viaje).

Excepciones:

– En los casos en los que el viaje tenga como destino más de un país, el gasto a apoyar corresponderá a la bolsa del país más lejano más la mitad de la bolsa asignada para el segundo país más alejado de los que se hayan visitado.

– En los casos en que el viaje tenga una distancia inferior a 250 Km. entre el lugar de origen y destino, y la empresa no haya pernoctado en destino, el gasto a apoyar corresponderá a la mitad de la bolsa de viaje asignada para el país de destino (hasta un máximo de 4 viajes de estas características por empresa).

– Previa aprobación por escrito de ICEX, se podrán apoyar los viajes de compradores extranjeros a España para visitar la empresa. El gasto a apoyar corresponderá al gasto real de hotel en régimen de alojamiento y desayuno más el viaje en transporte público, hasta el límite de la bolsa de viaje asignada para el país de origen.

Conceptos excluidos:

– Viajes dentro de España.

– Viajes del asesor estratégico.

6. Acciones promocionales.

Conceptos elegibles:

– Promociones punto de venta.

– Promociones al canal.

– Degustaciones.

– Exposiciones puntuales.

– Participación en concursos o certámenes de calidad.

– Desfiles.

– Seminarios.

– Demostraciones.

– Jornadas técnicas.

– Contratación de agencia de relaciones públicas.

– Acciones promocionales a través de Internet, siempre que sean en idioma extranjero (salvo en los casos de empresas cuyos mercados objetivos sean exclusivamente aquellos con idioma oficial español).

Conceptos excluidos:

– Elaboración, envío de muestras de cualquier otro material.

– Regalos promocionales (camisetas, gorras, etc.).

– Catering (cócteles, etc.).

Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

7. Registro de patentes y marcas.

Conceptos elegibles:

– Registro internacional de patentes y marcas (arbitraje internacional ante litigios, búsqueda de nombre, etc.).

– Homologación ante clientes u organismos públicos y privados en el exterior.

– Certificaciones de calidad para el extranjero.

– Certificados ISO, en una entidad de certificación acreditada en el país destino o en España. En el caso de que la certificación sea emitida por una entidad acreditada en España (ENAC-Entidad Nacional de Acreditación), deberá existir Acuerdo Multilateral de Reconocimiento (MLA-con el que los organismos de acreditación, de los países destino, reconocen la equivalencia de las acreditaciones de las entidades de España).

En el caso de certificaciones y homologaciones, se admitirán pagos parciales por trabajos ya realizados, siempre y cuando sea contra la emisión de una factura.

Conceptos excluidos:

– Registro de patentes y marcas a nivel nacional.

– Servicio de vigilancia para mantenimiento de la marca o patente.

8. Otros gastos de internacionalización.

Conceptos elegibles:

– Se incluirán aquellos gastos en que incurran las empresas durante su proceso de internacionalización que no se recogen en epígrafes anteriores y que no están expresamente excluidos.

Estas propuestas de gastos se analizarán en cada caso, y deberán contar con el Visto Bueno previo y por escrito de ICEX, quien decidirá el apoyo o no de estos gastos, siempre que se encuentren dentro del marco del Plan de Internacionalización del Programa, vinculados a la salida de la empresa al mercado exterior y no al funcionamiento ordinario de la empresa.

Conceptos excluidos:

– Todos los conceptos de gasto excluidos en el resto de apartados de este documento.

Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER, y además dejar evidencia y/o constancia gráfica de la realización de los mismos.

9. Asesoramiento consultor especializado.

Conceptos elegibles:

– Incluye los servicios de asesoramiento prestados por expertos en distintos ámbitos de la internacionalización y competitividad exterior. (30 horas obligatorias + 30 horas opcionales).

Asesoramiento: 60 horas (30 horas obligatorias, 15 de ellas destinadas a asesoramiento estratégico 1.1, 2.1).

1. Asesoramiento estratégico y otros servicios que faciliten el desarrollo y consolidación de la red comercial en destino.

1.1 Asesoramiento estratégico para el diseño/contraste de la estrategia internacional de la empresa. Definición de mercados objetivos y realización del Plan de Negocio Internacional. Asesoramiento en operativa internacional.

1.2 Consultoría especializada en otros aspectos de la internacionalización (acceso a licitaciones, franquicias, etc.).

1.3 Consultoría especializada a través del servicio asesores comerciales locales en algunos destinos (Ej. validación de clientes).

1.4 Otros servicios de apoyo a la mejora de la competitividad internacional.

2. Asesoramiento especializado en la mejora de la competitividad internacional de la pyme.

2.1 Asesoramiento en estrategia digital.

Posicionamiento web.

Usabilidad web.

Analítica web.

Estrategia en redes sociales.

Estrategia e-commerce.

Email marketing.

Mobile Marketing.

Otros.

2.2 Asesoramiento legal y fiscal.

Análisis legal y fiscal.

Protección de la propiedad industrial e intelectual.

2.3 Asesoramiento financiero.

2.4 Otros.

10. Colaborador.

Conceptos elegibles:

– Finalidad de la contratación.

Bajo este concepto se incluye el apoyo a la incorporación de un Colaborador a la empresa para el desarrollo del Plan de Internacionalización de la misma. Con un máximo de ayuda de un año, de 8.000 € (50% apoyo 4.000 €) (jornada completa) y 4.000 € (50% apoyo 2.000 €) (media jornada) que se prorrateará entre 12 meses, siempre que exista importe disponible del resto de gastos contemplados en este documento.

– Requisitos del contrato laboral.

1. Por periodo mínimo de 1 año.

2. A tiempo completo o parcial.

3. Sueldo bruto anual mínimo de 15.000 € o 7.500 € (en caso de media jornada).

4. El objeto del contrato deberá estar relacionado con la actividad exportadora de la empresa.

5. La categoría profesional deberá ser acorde con la función que debe desempeñar.

6. Posibilidad de residir en el exterior (en algún país objetivo de la empresa a internacionalizar).

– Requisitos mínimos del Colaborador.

1. Titulación superior o media sustituible por experiencia laboral mínima de cinco años en comercio exterior.

2. Nivel alto de inglés.

3. El Colaborador no podrá haber trabajado en la empresa con anterioridad.

4. El Colaborador no podrá ser familiar de socios o directivos de la empresa.

– En caso de rescisión de contrato.

1. Se podrá contratar a otro Colaborador (para la misma finalidad y con los mismos requisitos, tanto del Colaborador como de la contratación).

2. Será necesario aportar el finiquito del anterior Colaborador.

3. El gasto a apoyar será el remanente disponible tras el Colaborador o colaboradores anteriores, siempre dentro del periodo del programa y con la cadencia mensual establecida.

Conceptos excluidos:

– Retribuciones que no estén recogidas en el contrato.

11. Documentación a aportar para la justificación de gastos.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Certificados AEAT y TGSS.

Se aceptarán Certificados originales o copia de los mismos con huella digital (tendrá una validez de 6 meses).

Se puede autorizar al ICEX para que realice la consulta a través de la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, enviando debidamente cumplimentado la autorización telemática (ver Anexo III).

Certificado de ayudas (Anexo IV).

Facturas. Facturas originales o electrónicas debidamente cumplimentadas. Para que una factura se considere cumplimentada debe contener:

– Fecha de la factura.

– Número de la factura.

– Razón Social y NIF del emisor y de la entidad beneficiaria.

– Descripción del gasto incurrido en la factura.

– Importe unitario.

– Detalle del IVA o del IRPF en su caso, etc.

Nota: Sólo se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del periodo del programa de la empresa.

(2) y (3) Comprobantes bancarios.

– Copia del comprobante bancario (cheque, orden de transferencia, letras, pagarés, etc.) y extracto bancario original.

– Internet, se aceptan los documentos obtenidos por internet (comprobante y extracto) siempre que la fecha de impresión sea posterior a la fecha de la operación. Deben detallar el titular de la cuenta.

– Original del adeudo de la transferencia con todo el detalle. Debe detallar el titular de la cuenta y beneficiario del pago.

– En caso de pago mediante tarjeta de crédito, copia del resumen mensual de dicha tarjeta y extracto bancario original o electrónico donde figure el cargo en la cuenta de la empresa ICEX Next.

– Como caso excepcional se acepta certificado de la entidad bancaria detallando la operación de pago.

– En caso de Pagos en efectivo: No se admitirán pagos no justificados mediante los documentos señalados en los apartados anteriores. Excepcionalmente se admitirán pagos en metálico por cuantías pequeñas no superando nunca los 600 euros, para aquellos conceptos de gasto realizados en el extranjero y que por su propia naturaleza y circunstancias excepcionales así lo requieran (pago a traductores o azafatas en ferias en el extranjero, etc.). En estos casos se deberá aportar recibí firmado por el proveedor.

(4) Ejemplar de las piezas realizadas:

– En el caso de Investigación: copia del estudio de mercado o de la documentación adquirida (se respetará la confidencialidad de estos estudios).

– En el caso de elaboración de material de difusión-promoción: un ejemplar original de cada una de las piezas realizadas o dirección de la página web o portal comercial en su caso.

– En el caso de la Publicidad: un ejemplar original de cada medio donde aparezca la inserción y en caso de publicidad en internet impresión de la pantalla donde se realiza la inserción.

– En el caso de Registro de Patentes y Marcas: normativa u otra documentación justificativa de la homologación en el país destino de la exportación.

(5) y (6) Certificación de viaje y Comprobantes de la realización del viaje:

– Certificación de la realización de viaje, según impreso tipo (Anexo 4 de este documento).

– En caso de transporte público: Tarjetas de embarque o equivalente (con trayectos de ida y vuelta) y confirmación del vuelo por internet (localizador). En caso de no presentar uno de estos dos documentos, se solicitará la justificación del pago del billete.

– En caso de transporte privado: En los casos de viaje con pernocta: Factura del hotel y justificantes de desplazamiento (peajes). En los casos que no se pernocte, se solicitarán justificantes de la estancia en el país (p.e. peajes,).

– En caso de que el viaje tenga como destino más de un país y sea superior a 5 días, como justificante de estancia en el 2.º país, será necesario presentar la factura del hotel.

– En caso de Misiones Inversas,

– Alojamiento: se solicitará factura del hotel y justificante de pago.

– Desplazamiento: justificación del viaje (según apartado de transporte público).

– En el caso de Participación como Expositor en Ferias,

– Participación individual en ferias en el exterior como expositor: se solicitará justificante de participación en la misma (viaje).

– Participación dentro del stand de un distribuidor: se solicitará fotografía del stand donde figure el logotipo de la empresa.

(7) Otra documentación:

– Otros Gastos de Internacionalización: podrá ser requerida la documentación adicional que se considere imprescindible para la correcta justificación del gasto.

– Colaborador:

– Contrato laboral entre Empresa-Colaborador sellado por el INEM (en caso de tramitación telemática, se solicitará Comunicación electrónica).

– Nóminas originales y justificante de pago (si se realiza mediante de remesa de nóminas, será necesario aportar desglose de los beneficiarios y extracto bancario con el cargo por el total de la remesa).

– TC2: debe detallar el nombre del colaborador.

– Justificación de pago TC1:

– Comprobante bancario acreditativo del pago.

– Copia del TC1 con sello de la entidad bancaria.

12. Consideraciones generales.

– Dentro del programa se contemplarán exclusivamente las acciones destinadas a la internacionalización de la empresa.

– Este programa es compatible con ayudas de otros organismos, por lo que el apoyo de las facturas presentadas se podrá acumular, sin exceder nunca el 100% del importe de las mismas, previa información al ICEX y sin perjuicio del cumplimiento del resto de condiciones exigidas (mínimis, o cualquier otra que el ICEX considere).

– Sólo se considerarán los gastos facturados por terceros.

– Están excluidos los costes internos de la empresa.

– No se apoyará en ningún caso la prestación de servicios por parte del ICEX.

– Será necesario el Visto Bueno por escrito del ICEX de todos aquellos gastos que tengan un importe superior a los 6.000 euros.

– Es necesario la presentación de las primeras 15 Hrs de asesoramiento para la aprobación de gastos de promoción.

– En caso de duda sobre la elegibilidad de algún gasto o de la forma de justificación del mismo, la empresa consultará al ICEX.

– Sólo se admitirán facturas cuya fecha esté dentro del periodo del programa de la empresa.

– Para el cálculo de la ayuda, no se considerará apoyable ningún tipo de impuesto (incluido el IVA), que grave cualquier gasto o factura objeto de apoyo, con independencia de que el mismo se devengue en el territorio nacional o en el extranjero.

– La empresa ha de tener en cuenta que deberá estar al corriente en sus obligaciones Tributarias y de Seguridad Social.

– Todos los gastos que realicen las empresas y sean cofinanciados, deberán incluir el logo FEDER (catálogos, folletos, carteles, páginas web, stands en ferias, desfiles, acciones promocionales).

13. Procedimiento de liquidación de gastos.

Presentación de gastos.

La empresa presentará ante ICEX:

1. Impreso cumplimentado con la relación de gastos (Anexo 2).

2. Facturas y comprobantes originales de la realización de los gastos y resto de documentación.

Análisis de la documentación.

La revisión de la documentación de gastos presentada por las empresas se llevará a cabo por personal ICEX o por parte de una firma de auditoría externa. Será ICEX quien determine el procedimiento a seguir.

Las empresas, a requerimiento de ICEX, presentarán la documentación de gastos en los plazos indicados.

Las fechas en las que se realizarán estas revisiones podrán ser consultadas al ICEX.

Emisión y comunicación de resultados.

El resultado definitivo de la revisión de gastos se dará a conocer a la empresa a través de ICEX.

Abono de los gastos aprobados.

Se abonará a la empresa la ayuda económica correspondiente a los gastos aprobados tras cada revisión realizada.

14. Anexos.

ANEXO 1
Apoyo económico

Programa

El programa ofrece apoyo económico para una serie de gastos considerados elegibles:

FINANCIACIÓN

TOTAL

ICEX 100%

EMPRESA

ANÁLISIS MODELO DE NEGOCIO.

ANÁLISIS MODELO DE NEGOCIO ON-LINE.

300 €

300 €

300 €

300 €

0 €

FINANCIACIÓN

TOTAL

50% ICEX

50% EMPRESA

ASESORAMIENTO TOTAL.

4.800 €

2.400 €

2.400 €

ASESORAMIENTO OBLIGATORIO.

2.400 €

1.200 €

1.200 €

ASESORAMIENTO VOLUNTARIO.

2.400 €

1.200 €

1.200 €

GASTOS DE PROMOCIÓN + PERSONAL.

20.000 €

10.000 €

10.000 €

TOTAL

25.400 €

13.000 €

12.400 €

Los presupuestos por bloques de gasto son fijos no pudiéndose destinar remanentes entre asesoramiento y gastos de promoción + personal.

ANEXO 2
Relación detallada de gastos (a entregar por la empresa, cumplimentado con cada presentación de justificantes)

Empresa:

 

Fecha:

/ /

N.º

Descripción*

País

N.º Factura

Fecha Factura

Proveedor

CIF Proveedor

Importe en €

(Sin IVA)

1

 

 

 

 

 

 

 

2

 

 

 

 

 

 

 

3

 

 

 

 

 

 

 

4

 

 

 

 

 

 

 

5

 

 

 

 

 

 

 

6

 

 

 

 

 

 

 

Total

 

ANEXO 3
Bolsas de viaje (euros)

Se aplicará el 50% de ayuda económica sobre estos importes.

País

Importe máximo bolsa

ALBANIA

490

ANGOLA

1.380

ARABIA SAUDITA

980

ARGELIA

320

ARGENTINA

1.330

ARMENIA

820

AUSTRALIA

1.550

AZERBAIYÁN

980

BANGLADESH

1.220

BIELORRUSIA

590

BOLIVIA

1.280

BOSNIA-HERZEGOVINA

430

BOTSWANA

1.360

BRASIL

1.250

BRUNEI

1.550

CAMERÚN

850

CANADÁ (COSTA ESTE)

900

CANADÁ (COSTA OESTE)

1.140

CHAD

900

CHILE

1.440

CHINA

950

COLOMBIA

1.060

CONGO

1.380

COREA DEL SUR

980

COSTA DE MARFIL

1.060

COSTA RICA

1.060

CROACIA

490

CUBA

780

ECUADOR

1.060

EE.UU. (CENTRO)

910

EE.UU. (COSTA ESTE)

750

EE.UU. (COSTA OESTE)

1.170

EGIPTO

660

EL SALVADOR

1.060

EMIRATOS ÁRABES

810

ETIOPÍA

890

FILIPINAS

1.260

GABÓN

1.060

GEORGIA

860

GHANA

1.060

GUATEMALA

1.060

GUINEA BISSAU

780

GUINEA CONAKRY

820

GUINEA ECUATORIAL

900

HONDURAS

1.060

INDIA

1.250

INDONESIA

750

IRÁN

1.060

IRAQ

1.100

ISLANDIA

740

ISRAEL

660

JAMAICA

1.000

JAPÓN

1.660

JORDANIA

900

KAZAJSTÁN

990

KENIA

980

KIRGUIZISTAN

1.110

KUWAIT

1.040

LÍBANO

740

LIBERIA

820

LIBIA

660

MADAGASCAR

1.470

MALASIA

1.000

MALAWI

1.330

MALI

1.040

MAURITANIA

660

MÉXICO

910

MOLDAVIA

660

MONGOLIA

1.390

NAMIBIA

1.350

NEPAL

1.360

NICARAGUA

1.060

NIGERIA

660

NUEVA ZELANDA

1.630

OMÁN

980

PAKISTÁN

1.080

PANAMÁ

1.060

PARAGUAY

1.300

PERÚ

1.300

PUERTO RICO

820

QATAR

890

REP. CENTROAFRICANA

950

REP. DEMOCRÁTICA CONGO

1.180

REP. DOMINICANA

740

RUSIA

830

SENEGAL

740

SERBIA-MONTENEGRO

490

SINGAPUR

1.350

SIRIA

740

SOMALIA

980

SRI LANKA

1.150

SUDÁFRICA

1.010

TAILANDIA

1.180

TAIWÁN

1.250

TÚNEZ

350

TURKMENISTÁN

1.140

TURQUÍA

620

UCRANIA

480

URUGUAY

1.380

UZBEKISTÁN

960

VENEZUELA

1.060

VIETNAM

1.630

YEMEN

900

ZAMBIA

1.380

ZIMBABWE

1.370

MARRUECOS

290

NORUEGA

550

SUIZA

460

ALEMANIA

370

AUSTRIA

490

BÉLGICA

330

BULGARIA

740

CHIPRE

570

DINAMARCA

370

ESLOVAQUIA

450

ESLOVENIA

430

ESTONIA

500

FINLANDIA

430

FRANCIA

390

GRECIA

450

HUNGRÍA

570

IRLANDA

350

ITALIA

370

LETONIA

310

LITUANIA

430

LUXEMBURGO

390

MALTA

570

PAÍSES BAJOS

400

POLONIA

570

PORTUGAL

270

REINO UNIDO

350

REP. CHECA

570

RUMANÍA

300

SUECIA

490

ANEXO 4
Certificación de viaje

D./D.ª .............................................................................................................................,

(Nombre y dos apellidos)

representante legal de la entidad ........................................................................................,

(Nombre empresa española)

con N.I.F. ..............................................

Certifica que:

D./D.ª .............................................................................................................................,

(Nombre y dos apellidos)

personal de la empresa y con cargo en la citada empresa de .............................................

........................................... realizó durante el/los día/s ........................................................

un viaje con destino a ..........................................................................................................

(Trayecto completo ida y vuelta)

con motivo de ..............................................................................................................................................................................

Y para que así conste ante ICEX, firma y sella la presente declaración en .................., a ......................., de ...................................... de 201..................

Fdo.: ............................................................................

(Nombre del representante legal y cargo en la empresa)

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