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Documento BOE-A-2014-11089

Orden ECD/1979/2014, de 20 de octubre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por el sistema de promoción interna, al Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 30 de octubre de 2014, páginas 88320 a 88340 (21 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-11089

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 228/2014, de 4 de abril («Boletín Oficial del Estado» del 10), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2014, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso por el sistema de promoción interna al Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el I Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del estado y en sus Organismos Públicos, aprobado por Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011.

Esta convocatoria, a fin de facilitar el acceso a la información, figurará en la página web del portal del ciudadano www.060.es, en el Portal Funciona y en la página del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: http://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/cultura/empleo-publico.html, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284 del 27), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 30).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 20 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Código 0313, por el sistema de promoción interna, de las recogidas en el anexo VI del Real Decreto 228/2014, de 4 de abril, en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

1.2 La distribución por Secciones de las plazas convocadas es la siguiente:

Sección Archivos: Diez plazas.

Sección Bibliotecas: Tres plazas.

Sección Museos: Siete plazas.

Del número de plazas convocadas para la Sección de Archivos, se reservará una para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Los aspirantes que soliciten participar por el cupo de reserva para personas con discapacidad únicamente podrán presentarse por este cupo.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, este será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

Si la plaza reservada para personas con discapacidad quedase desierta se acumulará a las del turno general.

1.3 Los aspirantes solo podrán presentarse a una de las tres Secciones convocadas (Archivos, Bibliotecas ó Museos). Caso de solicitarse más de una Sección, se considerará exclusivamente la que figure registrada en primer lugar.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad competente.

3. Programa

Los programas que han de regir el proceso selectivo son los que figuran en el anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico ó Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

5. Requisitos

Los aspirantes, además del requisito de titulación y de los requisitos recogidos en las bases comunes, deberán cumplir también, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes:

Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.

6.2 Presentación de solicitudes.

La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.seap.minhap.gob.es o en el Portal del ciudadano www.060.es.

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, dicha documentación deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b. Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, sito en Plaza del Rey, n.º 1, 28004 Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de los dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.

6.3 Pago de la tasa de derechos de examen:

El ingreso del importe correspondiente a la tasa de derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado la tasa de derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-44-0200203771 (código IBAN: ES41) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria en el extranjero o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

6.4 En todo caso la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma, así como la falta de justificación del abono de la tasa por derechos de examen o de encontrarse exento en los términos establecidos en el apartado duodécimo punto 5 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, supondrá la exclusión del aspirante.

6.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Acceso de personas con discapacidad

7.1 Quienes opten a la plaza reservada para personas con discapacidad (Sección de Archivos) deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, mediante el certificado de discapacidad y habrán de expresarlo en el modelo de solicitud de participación en el proceso selectivo.

7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, debiendo realizar la petición en el modelo de solicitud de participación en la convocatoria. Igualmente deberán aportar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal calificador pueda valorar con objetividad la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

8. Tribunal

8.1 El Tribunal calificador del proceso selectivo de las tres Secciones convocadas es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

8.3 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

8.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Subdirección General de Personal, plaza del Rey, n.º 1, 28004 Madrid. Teléfono: 91 701 70 63. Dirección de correo electrónico: personal.funcionario@mecd.es

9. Desarrollo del proceso selectivo

9.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente, por el primero de la letra C, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas, de 5 de febrero de 2014 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de febrero).

9.2 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

10. Norma final

10.1 Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

10.2 Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

10.3 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 20 de octubre de 2014.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

Sección Archivos

1. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, sorteados por el Tribunal en presencia de los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura en el anexo II de esta convocatoria, debiendo corresponder dos temas al grupo de «Archivística» y un tema al grupo de «Historia de las Instituciones».

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Calificación: Se calificará de 0 a 15 puntos cada uno de los temas correspondientes al apartado de «Archivística», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 7,5 puntos por tema. Se calificará de 0 a 10 puntos el tema correspondiente al apartado de «Historia de las Instituciones», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos. La puntuación máxima será de 40 puntos, debiéndose obtener una mínima de 20 puntos para superar el ejercicio.

A aquellos aspirantes que obtengan en este ejercicio una calificación superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista, se les conservará para la convocatoria inmediata siguiente la calificación obtenida, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean idénticos.

Segundo ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de dos supuestos prácticos.

El primer supuesto consistirá en la realización de una descripción normalizada de una unidad documental que, por sorteo realizado por el Tribunal en presencia de los opositores, versará o sobre un documento de los siglos XV al XVIII, o bien sobre un expediente de los siglos XIX o XX. La descripción deberá estar acompañada de un breve comentario del contexto de producción de la unidad documental.

El segundo consistirá en la realización de un supuesto práctico que versará sobre cuestiones relacionadas con el temario de «Archivística» del programa que figura en el anexo II de esta convocatoria, a partir de los datos proporcionados por el Tribunal: control, organización, descripción, difusión y accesibilidad de los documentos.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de cuatro horas.

El ejercicio desarrollado deberá ser leído posteriormente ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal podrá dialogar con el opositor durante un período máximo de quince minutos sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.

Calificación: Se calificará cada supuesto de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la traducción al castellano, con diccionario, de un texto de carácter profesional no inferior a 300 palabras en inglés o francés.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de una hora.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado 25 B) del modelo de solicitud para participar en la convocatoria.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

A los aspirantes por el cupo de reserva para personas con discapacidad se les conservará para la convocatoria inmediata siguiente la calificación obtenida en los ejercicios en los que hayan obtenido una calificación superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean idénticos.

La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 23 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»:

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgará la siguiente puntuación:

Un año: 1 punto.

Dos años: 1,5 puntos.

Tres años: 2 puntos.

Cuatro años: 2,5 puntos.

Cinco años o más: 3 puntos.

2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 hasta un máximo de 4 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta un máximo de 8.

Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Experiencia realizando, con carácter interino, funciones análogas a las propias del cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.

2.5 Cursos de formación: La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Archivos), acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a 10 horas y deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición.

La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.

3. Curso selectivo.

El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo convocado.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso selectivo será de hasta cuatro meses de duración y se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de documentos a que hace referencia el apartado decimosexto, punto 1, de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre de 2007). Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, o en organismos adscritos al Ministerio, como período de prácticas.

La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, designará una Comisión de Valoración, que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo incorporándose al que tuviese lugar con las pruebas selectivas de igual carácter inmediatamente posteriores, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

4. Calificación final.

Para los aspirantes que superen el curso selectivo, la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio, o en su caso, en los sucesivos.

No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

Sección Bibliotecas

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura en el anexo II de esta convocatoria, debiendo corresponder un tema al grupo de «Biblioteconomía», otro al grupo de «Bibliografía y Documentación» y otro al grupo de «Historia del Libro y las Bibliotecas».

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Calificación: Se calificará de 0 a 15 puntos cada uno de los temas correspondientes a los grupos de «Biblioteconomía» y «Bibliografía y Documentación», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 7,5 puntos por tema. Se calificará de 0 a 10 puntos el tema correspondiente al apartado de «Historia del Libro y las Bibliotecas», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos. La puntuación máxima será de 40 puntos, debiéndose obtener una mínima de 20 puntos para superar el ejercicio.

A aquellos aspirantes que obtengan en este ejercicio una calificación superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista, se les conservará para la convocatoria inmediata siguiente la calificación obtenida, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean idénticos.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la redacción del asiento bibliográfico en formato IBERMARC, con clasificación decimal universal y asignación de encabezamiento de materias, de cinco publicaciones (dos monografías, una publicación periódica, un vídeo y una grabación sonora) iguales para todos los opositores. La catalogación se hará de acuerdo con el esquema para un segundo nivel de detalles.

Se facilitarán a los opositores una plantilla base del formato así como las publicaciones oportunas o las correspondientes fotocopias de las mismas, necesarias para poder realizar este ejercicio.

Los opositores podrán utilizar las Reglas de catalogación, el Formato IBERMARC, la Clasificación Decimal Universal y la Lista de Encabezamientos de Materia para bibliotecas públicas vigentes.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de tres horas.

Calificación: Se calificará de 0 a 10 puntos por cada asiento bibliográfico completo, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos por asiento bibliográfico. La puntuación máxima será de 50 puntos, debiéndose obtener una mínima de 25 para superarlo.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la traducción al castellano, con diccionario, de un texto no inferior a 300 palabras, en inglés, francés, alemán o italiano, relativo a bibliotecas.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de una hora.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado 25 B) del modelo de solicitud para participar en la convocatoria.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 23 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»:

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgará la siguiente puntuación:

Un año: 1 punto.

Dos años: 1,5 puntos.

Tres años: 2 puntos.

Cuatro años: 2,5 puntos.

Cinco años o más: 3 puntos.

2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 inclusive: 2,5 puntos

Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 hasta un máximo de 4 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta un máximo de 8.

Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Experiencia realizando, con carácter interino, funciones análogas a las propias del cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.

2.5 Cursos de formación: La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Bibliotecas), acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a 10 horas y deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición.

La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.

3. Curso selectivo.

El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo convocado.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso selectivo será de hasta cuatro meses de duración y se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de documentos a que hace referencia el apartado decimosexto, punto 1, de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre de 2007). Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, o en organismos adscritos al Ministerio, como período de prácticas.

La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, designará una Comisión de Valoración, que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo incorporándose al que tuviese lugar con las pruebas selectivas de igual carácter inmediatamente posteriores, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

4. Calificación final.

Para los aspirantes que superen el curso selectivo, la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio o, en su caso, en los sucesivos.

No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

Sección Museos

1. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas, sorteados por el Tribunal en presencia de los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura como anexo II de esta convocatoria, debiendo corresponder dos temas al grupo de «Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes» y un tema al grupo de «Museología».

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio será de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído posteriormente por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto. El Tribunal lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

Calificación: Se calificará de 0 a 15 puntos cada uno de los temas correspondientes al grupo de «Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes» siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 7,5 puntos por tema. Se calificará de 0 a 10 puntos el tema correspondiente al apartado de «Museología», siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos. La puntuación máxima será de 40 puntos, debiendo obtener una mínima de 20 puntos para superar el ejercicio.

A aquellos aspirantes que obtengan en este ejercicio una calificación superior al 60 por ciento de la calificación máxima prevista, se les conservará para la convocatoria inmediata siguiente la calificación obtenida, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de este ejercicio sean idénticos.

Segundo ejercicio: Constará de dos partes:

La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico que contendrá la cumplimentación exclusivamente de los datos de Registro e Inventario a partir del módulo de catalogación DOMUS correspondientes a cuatro piezas elegidas de un total de seis seleccionadas por el Tribunal entre las materias incluidas en el apartado 3 del temario (dos de Etnología, dos de Arqueología y dos de Bellas artes), teniendo el opositor que elegir, al menos, una de cada especialidad.

El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

La segunda parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico sobre las materias incluidas en los apartados 1 y 2 del temario (Museología y Legislación), al objeto de apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas con los contenidos de las mismas.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio será de dos horas.

Ambas partes del ejercicio deberán ser leídas posteriormente ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto.

Calificación: La primera parte se calificará de 0 a 15 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 7,5 puntos. La segunda parte se calificará de 0 a 15 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan una puntuación mínima de 7,5 puntos. La puntuación máxima del ejercicio será de 30 puntos, debiéndose obtener una mínima de 15 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio:

Consistirá en una prueba sobre idiomas extranjeros. El opositor deberá realizar por escrito un resumen en castellano de un texto de carácter profesional que propondrá el Tribunal en cualquiera de los idiomas oficiales de cualquiera de los países que integran la Unión Europea. Para la realización de este ejercicio el aspirante dispondrá de dos horas, pudiendo utilizar diccionario. Dicho ejercicio será leído posteriormente por el opositor ante el Tribunal en sesión pública convocada al efecto.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el apartado 25 B) del modelo de solicitud para participar en la convocatoria.

Calificación: El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán hasta un máximo de 23 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»:

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en cualquier Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado, en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos o Escalas del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo en la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, se otorgará la siguiente puntuación:

Un año: 1 punto.

Dos años: 1,5 puntos.

Tres años: 2 puntos.

Cuatro años: 2,5 puntos.

Cinco años ó más: 3 puntos.

2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 hasta un máximo de 4 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa el día de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta un máximo de 8.

Las valoraciones efectuadas en este apartado no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Experiencia realizando, con carácter interino, funciones análogas a las propias del cuerpo convocado. Se otorgará un punto por cada año completo realizando dichas funciones, hasta un máximo de 3 puntos.

2.5 Cursos de formación: La superación o impartición de cursos de formación relacionados con las funciones que se desempeñarán en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Museos), acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener por este apartado será de 5 puntos. Los cursos deberán tener una duración igual o superior a 10 horas y deberán acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición.

La certificación de los méritos del personal funcionario de carrera para la fase de concurso deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.

3. Curso selectivo.

El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo convocado.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

El curso selectivo será de hasta cuatro meses de duración y se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de documentos a que hace referencia el apartado Decimosexto punto 1 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 27 de noviembre de 2007). Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, o en organismos adscritos al Ministerio, como período de prácticas.

La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas, designará una Comisión de Valoración, que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por el órgano convocante, podrán efectuarlo incorporándose al que tuviese lugar con las pruebas selectivas de igual carácter inmediatamente posteriores, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

4. Calificación final.

Para los aspirantes que superen el curso selectivo, la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio; en caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y, de persistir este, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

No podrá declararse que ha superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

ANEXO II
Programa

Sección archivos

1. Historia de las Instituciones

1.1 La Administración Central en la Edad Media. Historia y fuentes.

1.2 La Administración Central en la Edad Moderna. Historia y fuentes.

1.3 La Administración Territorial y Local en las Edades Media y Moderna. Historia y fuentes.

1.4 La Administración de Justicia en el Antiguo Régimen y en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.

1.5 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en el Antiguo Régimen y en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.

1.6 La Administración Central en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.

1.7 La Administración Territorial y Local en el Antiguo Régimen y en la Edad Contemporánea. Historia y fuentes.

1.8 La Institución Notarial. Historia y fuentes.

1.9 La organización territorial y jerárquica de la Iglesia española. Historia y fuentes.

1.10 Los partidos políticos y las organizaciones sindicales en la España contemporánea. Historia y Fuentes.

1.11 Las relaciones exteriores de España en las Edades Moderna y Contemporánea. Historia y fuentes.

1.12 Los sectores económicos: primario, secundario y terciario. Historia y fuentes.

1.13 Los Ejércitos en España. Historia y fuentes.

1.14 La Educación en España. Historia y fuentes.

1.15 La Inquisición. Historia y fuentes.

1.16 Los archivos familiares y personales. Historia y fuentes.

2. Archivística

2.1 Recursos Archivísticos en la red (www): bibliográficos, informativos y profesionales.

2.2 Génesis y evolución histórica de la Archivística como disciplina científica.

2.3 Concepto de Archivística: definición. Ámbito y divisiones. Afinidades y diferencias con la Biblioteconomía y la Documentación.

2.4 Las ciencias auxiliares: Paleografía, Diplomática, Cronología, Historia, Derecho, Tecnologías de la Información y Lingüística.

2.5 El concepto de Archivo: definición. Funciones. Etapas. Tipologías.

2.6 Concepto de Documento: definición. Caracteres. Valores.

2.7 La gestión de documentos: modelos.

2.8 Los sistemas de ingreso de documentos en los archivos: transferencias e ingresos extraordinarios. Las agrupaciones documentales.

2.9 El régimen de acceso a los archivos, a los registros y a los documentos.

2.10 Las administraciones españolas de archivos. La Secretaría de Estado de Cultura, la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y de Archivos y Bibliotecas. Las Comunidades Autónomas y sus competencias en materia de archivos.

2.11 El Sistema Español de Archivos. Estructura, órganos y funciones.

2.12 El Sistema de Archivos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. Particularidades del Sistema Archivístico de la Defensa.

2.13 Los archivos de titularidad y gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

2.14 Los archivos de titularidad estatal y gestión autonómica. Tipología. Normativa reguladora. Los Archivos Históricos Provinciales. Orígenes, funciones y características.

2.15 Los archivos de la Administración Local: archivos de las Diputaciones y archivos municipales.

2.16 Los archivos eclesiásticos, familiares y económicos.

2.17 El Consejo Internacional de Archivos. Orígenes, estructura y funciones. La UNESCO y los Archivos.

2.18 Etapas del proceso de organización documental. Definiciones. Sistemas de clasificación, ordenación y operaciones de ordenación e instalación.

2.19 Importancia de la Clasificación. Elementos de clasificación. Sistemas de clasificación. Los cuadros de clasificación.

2.20 La descripción archivística: modelos y normas nacionales e internacionales. La Comisión de Normas Españolas de Descripción Archivística (CNEDA).

2.21 La descripción archivística multinivel: la Norma Internacional de Descripción Archivística: ISAD (G).

2.22 La Norma internacional sobre encabezamientos autorizados archivísticos para Entidades, Personas y Familias: ISAAR (CPF). Normalización de la terminología en la descripción archivística. Lenguajes controlados y tesauros.

2.23 Otras normas de descripción del Consejo Internacional de Archivos: la Norma Internacional para describir instituciones que custodian fondos de archivo (ISDIAH) y la Norma Internacional para la descripción de funciones (ISDF).

2.24 Reproducción de documentos. Técnicas y funciones archivísticas.

2.25 Los instrumentos de control y descripción archivística tradicionales y su relación con las agrupaciones documentales.

2.26 Análisis, identificación y valoración de series documentales. Selección de documentos. Procedimientos de eliminación. El calendario de conservación.

2.27 Tipología de los documentos administrativos: documentos administrativos de decisión. Documentos administrativos de transmisión y de juicio. Documentos administrativos de constancia. Documentos de los ciudadanos.

2.28 La función patrimonial y cultural de los archivos: archivos y cultura.

2.29 Los materiales, soportes y formatos de los documentos: tipología. Principales medidas y actuaciones de conservación y restauración.

2.30 La conservación del patrimonio documental: la conservación preventiva y la restauración de documentos. Actuaciones de emergencia en caso de desastres.

2.31 Las instalaciones y el edificio de archivo.

2.32 Estructura de la Información. Concepto de Base de Datos (BD). El Sistema de Gestión de Base de Datos (SGBD).

2.33 Sistemas normalizados de intercambio de documentos. Lenguajes de marcado de documentos, web semántica y web 2.0.

2.34 Derechos de los administrados en relación con los archivos y registros. Principales novedades de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos en materia de procedimiento administrativo y gestión documental.

2.35 La gestión de los documentos electrónicos. Principales retos en la gestión del documento electrónico. Los Esquemas Nacionales de Interoperabilidad y Seguridad.

2.36 La norma ISO 15489. Consideraciones generales. Características y estructura.

Sección Bibliotecas

1. Biblioteconomía

1.1 Concepto de biblioteca. Tipos de bibliotecas y su función. Perspectivas de futuro.

1.2 Las bibliotecas nacionales. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España. La Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales (CDNL). La Conferencia Europea de Directores de Bibliotecas Nacionales (CENL).

1.3 Las bibliotecas públicas. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España.

1.4 Las bibliotecas universitarias. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España. REBIUN.

1.5 Las bibliotecas especializadas. Conceptos, funciones y servicios. Situación en España.

1.6 Proceso técnico: selección y adquisición de libros y otros materiales. Criterios, fuentes y métodos para la constitución y el mantenimiento de la colección. Norma ISO 11799 para almacenamiento de la Colección Bibliográfica.

1.7 Gestión de la colección: Organización de los depósitos. Reconocimiento del estado de la colección. Medidas de prevención y corrección de agentes degradantes de la colección.

1.8 La catalogación. Elaboración, normalización y mantenimiento de catálogos. La catalogación cooperativa. La iniciativa ICABS.

1.9 Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.

1.10 Los lenguajes de marcado aplicados a los registros bibliográficos. XML MARC DTD; XML MARC Schema.

1.11 Análisis de la estructura de la información bibliográfica: las ISBD, las GARR y las FRBR. Las Reglas de Catalogación Españolas.

1.12 Principales tipos de clasificación bibliográfica. Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas. La clasificación decimal universal.

1.13 La biblioteca híbrida. Desarrollo y mantenimiento.

1.14 Los servicios virtuales de la biblioteca. Desarrollo y mantenimiento. Referencias internacionales. Situación en España.

1.15 La biblioteca digital. Desarrollo y mantenimiento. Situación en España. La Digital Library Federation. Los estándares de la Library of Congress. El comité de asuntos digitales (CDI) de la Conferencia de Directores de Bibliotecas Nacionales (CDNL). Situación en España.

1.16 Formación de usuarios. Servicios de extensión bibliotecaria.

1.17 Análisis de la estructura de la información de los fondos y localizaciones: Z39.83, ISO 10.324. El formato MARC 21 para Holdings y el formato UNIMARC.

1.18 Preservación y conservación de los materiales bibliográficos: encuadernación, restauración, microfilmación, digitalización, etc. Norma ISO 14416.

1.19 La cooperación bibliotecaria en España en la actualidad. Organismos, mecanismos, programas y proyectos.

1.20 La cooperación internacional. Proyectos internacionales y desarrollo de proyectos. Los Programas Marco de la Unión Europea: el programa IST.

1.21 La difusión. Apertura hacia los ciudadanos. Servicios educativos y culturales. Uso de la WWW y el correo electrónico. Portales bibliográficos.

1.22 Evaluación de los procesos y los servicios bibliotecarios. Norma ISO 11620.

1.23 Sistemas integrados de automatización de bibliotecas. Situación actual y tendencias de futuro.

1.24 Construcción y equipamiento de bibliotecas

1.25 Organizaciones internacionales al servicio de las bibliotecas: UNESCO, IFLA, ISO, etc.

2. Bibliografía y Documentación

2.1 Bibliometría. Concepto y función.

2.2 Definición y objetivos de la bibliografía. Teoría y técnica. Evolución histórica.

2.3 La normalización de la identificación bibliográfica. El ISBN, el ISSN y otros números internacionales. Identificadores permanentes: el DOI, el RDF.

2.4 Estado actual de la bibliografía en el mundo. Impacto de las tecnologías de la información y de la comunicación.

2.5 Bibliografía de bibliografías.

2.6 Bibliografías nacionales.

2.7 Bibliografías de publicaciones periódicas y oficiales

2.8 Bibliografía y fuentes de información sobre recursos electrónicos.

2.9 El libro infantil. Obras de referencia y bibliografías.

2.10 Análisis documental. Indización. Resúmenes. Indización automatizada.

2.11 Lenguajes documentales. Los tesauros: creación y mantenimiento. ISO 2788.

2.12 Búsqueda y recuperación normalizada de la información: Z 3950 y Z 3950 International Next Generation

2.13 Recursos sobre bibliotecas en la World Wide Web.

2.14 El diseño, desarrollo, mantenimiento y explotación de las bases de datos en España. Aspectos éticos, jurídicos y legales.

2.15 Los catálogos colectivos en España en la actualidad.

2.16 Las tecnologías de la información y su aplicación a los procesos bibliotecarios.

2.17 Internet y la WWW: estado actual y perspectivas de futuro.

2.18 La Ontología y la web semántica: recomendaciones del W3C.

2.19 El acceso a la información en la red: los Metadatos: la Dublin Core Metadata Initiative.

3. Historia del libro y las bibliotecas

3.1 El libro y las bibliotecas en la Antigüedad.

3.2 El libro y las bibliotecas en la Edad Media.

3.3 Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.

3.4 El libro y la imprenta en España durante el siglo XV.

3.5 El libro y las bibliotecas durante el siglo XVI.

3.6 El libro y Las bibliotecas durante el siglo XVII.

3.7 La imprenta industrial: avances tecnológicos a partir de los siglos XVIII y XIX.

3.8 Las bibliotecas en el siglo XX.

3.9 El libro y la edición en el siglo XX.

3.10 Perspectivas de la edición en el siglo XXI. Libros bajo demanda, eBooks, etc.

3.11 La edición electrónica.

3.12 La industria editorial y el comercio del libro en España en la actualidad.

3.13 El patrimonio bibliográfico español. Legislación.

3.14 La propiedad intelectual en España.

Sección Museos

1. Museología

1.1 El concepto de Museo.

1.2 Museología. Definición y evolución.

1.3 Historia de los museos en España.

1.4 Plan museológico. Criterios para su elaboración.

1.5 La organización interna del museo.

1.6 La investigación en el museo. Planteamientos actuales.

1.7 La conservación en el museo. Conservación preventiva y criterios para la restauración de bienes culturales.

1.8 El sistema de documentación en el museo.

1.9 La concepción espacial del museo. Sus áreas y características. Bases para el programa arquitectónico.

1.10 Concepción y desarrollo de la exposición permanente.

1.11 Acción cultural y educativa en los museos.

1.12 El público en el museo. Sistemas de evaluación.

1.13 Exposiciones temporales. Definición, gestión y organización.

1.14 La seguridad en el museo.

2. Legislación

2.1 Los contratos de las Administraciones Públicas. Principios Generales. Tipos de contratos y sus características.

2.2 Normativa estatal y autonómica en materia de museos. El Reglamento de Museos de titularidad estatal y el Sistema Español de Museos.

2.3 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico. Su régimen jurídico. Regímenes especiales de protección.

2.4 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional; importación, exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio de propiedad de los bienes culturales. La garantía del Estado.

2.5 Modos de adquisición de bienes culturales: oferta directa de venta; derechos de tanteo y retracto; subastas en el extranjero; oferta de venta irrevocable (exportación definitiva); exportación ilícita; decomiso; donaciones; legados y herencias; expropiación forzosa; dación en pago de impuestos; apremio sobre el patrimonio; hallazgos casuales; permuta; premios; usucapión; recolección; producción propia y cambio por adscripción.

2.6 Medidas de fomento. Infracciones y sanciones administrativas en la legislación sobre el Patrimonio Histórico. Los delitos penales sobre el Patrimonio Histórico. La labor de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en defensa del Patrimonio Histórico Español.

2.7 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión Europea. Acuerdos y Tratados internacionales sobre protección del Patrimonio Histórico suscritos por España.

3. Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes

3.1 Corrientes teóricas actuales en Antropología cultural.

3.2 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.

3.3 Los estudios de género en arqueología y en antropología.

3.4 Arquitectura popular en España.

3.5 El concepto de religiosidad popular y sus manifestaciones materiales.

3.6 La indumentaria y la joyería tradicional en España.

3.7 Instrumentos musicales populares en España.

3.8 Manufacturas textiles populares en España.

3.9 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.

3.10 Mobiliario y equipamiento doméstico preindustrial en España.

3.11 Alfarería popular en Andalucía.

3.12 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.

3.13 Metodología de la arqueología subacuática.

3.14 El Paleolítico Superior en el norte peninsular.

3.15 La presencia griega en la Península Ibérica.

3.16 La escultura ibérica.

3.17 Los vidrios romanos.

3.18 El retrato romano en España.

3.19 La orfebrería visigoda.

3.20 Motivos decorativos en el arte hispano musulmán.

3.21 Arqueología hispano judía.

3.22 Numismática como fuente de la historia.

3.23 Arte y cultura material Inca.

3.24 Iconografía religiosa azteca. Códices.

3.25 Iconografía en el arte medieval.

3.26 La pintura hispano flamenca.

3.27 El Greco.

3.28 La escultura española en el siglo XVI.

3.29 La pintura barroca en España.

3.30 La imaginería española en el siglo XVII.

3.31 Goya.

3.32 Neoclasicismo y Romanticismo en la pintura española del siglo XIX.

3.33 Joaquín Sorolla.

3.34 Pablo Picasso.

3.35 Dalí, Miró, Juan Gris.

3.36 Cerámica de Talavera y Puente del Arzobispo.

3.37 Cerámica de Manises y Alcora.

3.38 La platería civil en España.

3.39 Mobiliario español de los siglos XVI al XVIII.

3.40 La evolución de la indumentaria en España en los siglos XVI a XIX.

3.41 Alfombras y tapices.

3.42 Evolución técnica de la artillería española hasta 1936: iconografía de las bocas de fuego.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal Titular:

Presidente: Doña Cristina Díaz Martínez, del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Don Julio Sánchez Sánchez, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

Doña Mercedes Cabanillas García, del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Jesús Espinosa Romero, del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Doña Concepción Sánchez LLorente, del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Víctor Cageao Santacruz, del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Don Antonio León-Sotelo Amat, del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tribunal Suplente:

Presidente: Don Fernando Sáez Lara, del Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretario: Doña Ana Arancon Iglesias, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

Vocales: Doña María Bádenas Arias, del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Miguel Martínez Muñoz, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Doña Carolina Aguado Serrano, del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Doña Eva María Molleja López, del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Leopoldo Moreno Nazábal, del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o algunos de los trabajos.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos».

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura» se consignará «Archivos», «Bibliotecas» o «Museos», según proceda.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Educación, Cultura y Deporte».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Minusvalía», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea, de acuerdo con lo señalado en la base específica 4 de esta convocatoria.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección «Archivos», «Bibliotecas», o «Museos», por la que opte el aspirante. En el apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante de los indicados en el anexo I de cada sección para la realización del correspondiente ejercicio de la fase de oposición.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 11,10 euros

Miembros de familias numerosas: Conforme al apartado duodécimo, punto 5 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, los miembros de familias numerosas de la categoría especial tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa, y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general, por lo que el importe a abonar por estos últimos será de 5,55 euros.

La solicitud se dirigirá al Sr. Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

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