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Documento BOE-A-2014-10328

Resolución de 6 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se conceden las ayudas del programa Hispanex para la promoción cultural en universidades extranjeras, correspondientes a 2014.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 10 de octubre de 2014, páginas 82840 a 82843 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2014-10328

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 1 de abril de 2014 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de abril), de la Secretaria de Estado de Cultura, por la que se convocan el programa Hispanex de ayudas para la promoción cultural en universidades extranjeras correspondientes al año 2014.

Finalizado el proceso selectivo, visto el Acta de 11 de septiembre de 2014 de la Comisión de Valoración prevista en la convocatoria, y la Propuesta de Resolución de fecha 12 de septiembre de 2014 del titular de la Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura, resuelvo:

Primero.

Conceder las ayudas del Ministerio de Educación Cultura y Deporte por la que se convoca el programa Hispanex de ayudas para la promoción cultural en universidades extranjeras correspondientes al año 2014 a los solicitantes que se relacionan en Anexo a la presente resolución.

Segundo.

Denegar el resto de solicitudes presentadas.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 6 de octubre de 2014.–El Secretario de Estado de Cultura, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), la Directora General de Política e Industrias Culturales y del Libro, Teresa Lizaranzu Perinat.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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