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Documento BOE-A-2014-10263

Resolución de 7 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 19 de septiembre de 2014, por el que se toma conocimiento del Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 9 de octubre de 2014, páginas 82200 a 82202 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-10263
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/10/07/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 19 de septiembre de 2014, acordó tomar conocimiento del Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado.

Para general conocimiento, se procede a la publicación del referido Acuerdo y del Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado, según el anexo de esta resolución.

Madrid, 7 de octubre 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

ANEXO
Acuerdo por el que se toma conocimiento del Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado

Por Acuerdo de Consejo de Ministros de 26 de octubre de 2012, quedó constituida, bajo la Presidencia del Subsecretario del Ministerio de la Presidencia, la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), encargada de realizar un estudio integral de la Administración española, que permitiera adoptar las mejoras que la doten del tamaño, eficiencia y flexibilidad que demandan los ciudadanos y la economía del país y para transformar su estructura, con el doble objetivo de posibilitar el crecimiento económico y la prestación efectiva de los servicios públicos y de eliminar aquellas disfuncionalidades y defectos que pudieran dificultar ambos.

De conformidad con el citado Acuerdo, se crearon cuatro Subcomisiones en el seno de la Comisión, cada una de las cuales habría de encargarse de la realización de una fase concreta de dicho estudio. Entre ellas, se creaba la Subcomisión de Simplificación Administrativa, con el objetivo de eliminar trabas burocráticas y simplificar procedimientos en beneficio de los ciudadanos y de las empresas. La segunda de las cuarenta y una medidas de actuación propuestas por esta Subcomisión se refiere a la elaboración de un Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado (AGE).

El Consejo de Ministros recibió, en fecha 21 de junio de 2013, el informe de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas, guía e instrumento al servicio de la AGE y al servicio de las restantes Administraciones Públicas, cuyas doscientas dieciocho medidas se enfocan hacia los siguientes objetivos: Reforzar la disciplina presupuestaria y la transparencia públicas, racionalizar el sector público, mejorar la eficacia y eficiencia de la Administración y cambiar la cultura administrativa por una cultura enfocada al administrado.

Simultáneamente, por Real Decreto 479/2013, de 21 de junio, se crea la Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración (OPERA), órgano que asume la ejecución coordinada de las medidas incluidas en el informe de la CORA, su seguimiento e impulso, pudiendo, en su caso, proponer nuevas medidas.

En este ámbito de mejora, y derivado de las propuestas concretas de la Comisión, se plantea la necesidad de homogeneizar criterios metodológicos relativos a la simplificación y a la reducción de cargas administrativas.

La Guía Metodológica para la Elaboración de la Memoria del Análisis de Impacto Normativo, aprobada por Acuerdo de Consejo de Ministros el 11 de diciembre de 2009, en desarrollo de la disposición adicional primera del Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, por el que se regula la memoria del análisis de impacto normativo, hace una descripción del método simplificado de medición de cargas administrativas y de su reducción. Sin embargo, quedaba pendiente elaborar una metodología de carácter general para el proceso de simplificación administrativa y de reducción de cargas.

Por ello, resulta conveniente la publicación del Manual que acompaña al texto del presente acuerdo, dirigido a establecer pautas y criterios metodológicos, sustentados en planes de acción anuales, con la pretensión de que se convierta en un instrumento decisivo, que contribuya positivamente a la dinamización de la economía y a la flexibilización de las relaciones de la AGE con los ciudadanos, empresas, emprendedores y organizaciones del tercer sector.

Se trata de un instrumento aplicable a la Administración General del Estado, con vocación de utilidad extensiva a las demás Administraciones Públicas españolas, que podrán adoptarlo cuando no dispongan de otra herramienta propia de similares características y contenido.

La adopción de las medidas derivadas de las directrices del Manual se llevará a cabo con los recursos humanos y materiales actualmente disponibles en los Departamentos y organismos, agencias y entidades de la Administración General del Estado, así como en las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, y no requerirá dotaciones económicas adicionales, ya que se sufragarán con cargo a los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado para los correspondientes ejercicios.

Por todo ello, a propuesta del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, el Consejo de Ministros, en su reunión de 19 de septiembre de 2014, acuerda:

Primero. Toma de conocimiento del Manual.

Se toma conocimiento del Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado, cuyo texto estará disponible en la dirección http://www.seap.minhap.gob.es y en el punto de acceso general http://www.060.es.

Segundo. Difusión.

El Manual se pondrá a disposición para su aplicación por parte de todos los departamentos de la Administración General del Estado y de los órganos, agencias y entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculados o dependientes de la misma, así como de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.

Tercero. Planes de simplificación administrativa y reducción de cargas.

Las Subsecretarías departamentales, en coordinación con los órganos, organismos, agencias y entidades de derecho público vinculados o dependientes de cada Ministerio, identificarán anualmente en un Plan de simplificación administrativa y de reducción de cargas, los procedimientos de su ámbito ministerial objeto de revisión en ese periodo, planificación que incluirá su análisis y, en cada caso, posterior propuesta de reducción de cargas, con las decisiones y propuestas normativas que correspondan, junto con los plazos temporales para su consecución.

Al finalizar enero de cada año, y con referencia al Plan anual inmediatamente anterior, las Subsecretarías remitirán a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos) información de las propuestas y decisiones adoptadas y de las ejecutadas en aquel periodo.

Cuarto. Seguimiento.

La Dirección General de Organización Administrativa y Procedimientos, dependiente de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, resolverá las consultas que pudieran formularse, recabará de los departamentos ministeriales la información a que se refiere el párrafo segundo del apartado anterior, en el modelo que al objeto les facilite, y velará por la aplicación del Manual, para lo que contará con el apoyo necesario de las Inspecciones Generales de Servicios departamentales.

Por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, a propuesta de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, se elevará al Consejo de Ministros, al finalizar el primer trimestre de cada año, un informe sobre los resultados de los planes ministeriales de reducción de cargas y simplificación administrativa durante el ejercicio anterior.

Disposición adicional única. Ausencia de aumento de los gastos de personal.

Cualquier nueva actuación que se proponga por parte de los órganos incluidos en el ámbito de aplicación del presente acuerdo no podrá suponer aumento neto de los gastos de personal al servicio de la Administración.

Disposición final primera. Primer Plan de simplificación administrativa y de reducción de cargas.

El primer Plan de simplificación administrativa y de reducción de cargas que se elabore a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo será el correspondiente a la anualidad de 2015.

Disposición final segunda. Publicación y entrada en vigor.

El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

ANEXO
Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado.

Disponible en la dirección http://www.seap.minhap.gob.es y en el punto de acceso general http://www.060.es.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/10/2014
  • Fecha de publicación: 09/10/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 10/10/2014
Materias
  • Administración General del Estado
  • Organización de la Administración del Estado
  • Subsecretarías ministeriales

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