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Documento BOE-A-2013-9047

Resolución de 1 de agosto de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prorrogar la ultraactividad del Convenio colectivo estatal para las industrias del curtido, correas y cueros industriales y curtición de pieles para peletería.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 2013, páginas 61117 a 61118 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2013-9047
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/08/01/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 4 de julio de 2013 donde se recoge el acuerdo de prorrogar la ultraactividad del Convenio colectivo estatal para las industrias del curtido, correas y cueros industriales y curtición de pieles para peletería (código de Convenio n.º 99001465011981) que ha sido suscrito de una parte por ACEXPIEL, Asociación Española del Curtido en representación de las empresas del sector, y de otra por FITEQA-CCOO y FITAG-UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de agosto de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE ACUERDO DE PROLONGACIÓN DE LA ULTRAACTIVIDAD DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS INDUSTRIAS DEL CURTIDO, CORREAS Y CUEROS INDUSTRIALES Y CURTICIÓN DE PIELES PARA PELETERÍA HASTA EL 31/10/2013

En Barcelona, siendo las 12:00 horas del día 4 de julio de 2013 se reúnen en la sede de UGT, sito en la Rambla del Born, las personas que se expresan más abajo para continuación mantener un reunión sobre la prolongación de la ultraactividad del Convenio Colectivo Estatal para las Industrias del Curtido, Correas y Cueros Industriales y Curtición de Pieles para Peletería.

ACEXPIEL, Asociación Española del Curtido:

Carles Riba.

Joan Bernadas.

Josep Ballbè.

Sindicato Comisiones Obreras (FITEQA-CCOO):

Carmen Expósito.

Carlos Chicano.

Francisco Cordellat.

Sindicato Unión General de Trabajadores (FITAG-UGT):

Paula Alves.

Isabel Alonso.

Pedro López.

Eugenio Mateos.

MANIFIESTAN

Primero.

Que el próximo 8 de julio de 2013, finaliza el plazo legal previsto de ultraactividad del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las industrias del curtido, correas y cueros industriales y curtición de pieles para peletería, publicado en el BOE de fecha 30 de septiembre de 2010, tras la denuncia del mismo.

Segundo.

Que siguiendo con las directrices recogidas en el II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2012, 2013, 2014 y ante de las dificultades existentes para concertar diversas reuniones entre las partes a los efectos de negociar el Convenio Colectivo, las partes firmantes del mismo, se comprometen a continuar con la negociación del Convenio, y todo ello de conformidad con el principio de buena fe negocial, para lo cual

ACUERDAN

Primero.

Prolongar hasta el próximo día 31 de octubre de 2013 la ultraactividad del Convenio Colectivo vencido, continuando con el proceso negociador, con el objetivo de impulsar y alcanzar la renovación del mismo, respetando de este modo la autonomía de la voluntad de las unidades de negociación y comprometiéndose a promover cuantas acciones resulten necesarias para alcanzar un acuerdo, todo ello dentro de la buena fe negocial de las partes.

Segundo.

Que durante la prolongación del periodo de ultraactividad, las partes se comprometen a mantener la vigencia y efectividad del Convenio Colectivo vencido manifestando su voluntad de lograr un acuerdo basado en el diálogo y negociación.

En Barcelona, a 4 de julio de 2013.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/08/2013
  • Fecha de publicación: 19/08/2013
Referencias anteriores
  • PRORROGA el Convenio publicado por Resolución de 20 de septiembre de 2010 (Ref. BOE-A-2010-14994).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • Art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria del cuero
  • Peletería

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